Prima de mantenimiento de forestación de tierras agrícolas (2017)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Ayudas:

Fecha de publicación:

3 de abril de 2017

BDNS (Identificador):

340341

Objeto:

Convocar las primas de mantenimiento correspondientes a la anualidad de 2017 para los Expedientes de Forestación de Tierras Agrícolas concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante los periodos de programación 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013.

¿Quién lo puede solicitar?:

Aquéllos que previamente lo hayan sido de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

El Servicio Territorial de Medio Ambiente, podrá indicar al beneficiario los trabajos de mantenimiento que se consideren necesarios.
Dichos trabajos serán de obligada ejecución para el beneficiario.
Las primas de mantenimiento deberán ser solicitadas en años consecutivos.
Para que una superficie se haga acreedora de esta ayuda, será preciso que la totalidad de la superficie certificada como forestada se encuentre en estado vegetativo idóneo y con la densidad requerida, habiendo realizado adecuadamente los trabajos de mantenimiento necesarios para conseguirlo.
Los titulares de repoblaciones que, por causas no imputables a ellos, hayan sufrido un número de marras excesivamente elevado podrán comunicar la acumulación, en un solo ejercicio, de la primera y segunda anualidad de la prima de mantenimiento en el segundo año a contar desde la certificación definitiva de la forestación, y de la tercera y cuarta anualidad de la prima de mantenimiento en el tercer año.
En los años cuarto y quinto a contar desde la certificación definitiva de la forestación no se subvencionarán trabajos de reposición de marras.

Cuantía:

  • Los importes unitarios a aplicar en el cálculo de la ayuda serán los que figuran en el Anexo VIII de la orden MAM/39/2009.
  • En cualquier caso, la ayuda no podrá superar los costes máximos por hectárea forestada que se relacionan en el Anexo VII de la orden MAM/39/2009.

¿Qué documentos necesito?:

COMUNICACIÓN. Será necesaria la presentación de una comunicación de acumulación de varias primas de mantenimiento cuando por causas no imputables a ellos, hayan sufrido un número de marras excesivamente elevado. Se utilizará el modelo normalizado «Comunicación de acumulación de primas de mantenimiento».
Una vez finalizados los trabajos de mantenimiento se deberá SOLICITAR EL PAGO por los trabajos efectivamente realizados, mediante la presentación del formulario «Solicitud de pago de la prima de mantenimiento», acompañado de la siguiente documentación:
a) «Relación de los trabajos de mantenimiento».
b) «Relación de parcelas y recintos de la prima de mantenimiento», en el que se detallará la superficie donde se han realizado los trabajos de mantenimiento notificados.
c) Si las parcelas o recintos SIGPAC donde se han realizado los trabajos de mantenimiento no son completos, salida gráfica del SIGPAC, en el que se detallará la superficie afectada por dichos trabajos.
d) En el caso de haber realizado trabajos de reposición de marras, los documentos que acrediten la procedencia y características de las plantas o partes de plantas utilizadas, de acuerdo con la normativa en vigor en esta materia.
e) En supuestos de cambio de beneficiario, copia del DNI del nuevo solicitante y acreditación de la propiedad de las parcelas, salvo autorización a la Administración para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal o de la acreditación de la propiedad.
f) Cualquier otro documento que modifique a los incorporados en el expediente, cuando se haya producido alguna variación en los datos del beneficiario o de las características de la forestación.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

- COMUNICACIÓN de acumulación de primas de mantenimiento: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de ABRIL de 2017, inclusive.
- MODIFICACIÓN de la prima de mantenimiento: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de ABRIL de 2017, inclusive.
- SOLICITUD DE PAGO: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de JUNIO de 2017, inclusive.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Servicio de Restauración y Gestión Forestal

Que resuelve:

Dirección General del Medio Natural

Plazo de resolución:

El plazo para resolver, será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes de pago de los trabajos de mantenimiento (antes del 28 de junio de 2017, inclusive). Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, el solicitante podrá entender DESESTIMADA por silencio administrativo, su solicitud.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

PLAZOS DE EJECUCIÓN

  • Los trabajos objeto de la prima de mantenimiento deberán finalizar antes del 28 de junio de 2017, inclusive.
  • Los beneficiarios deberán comunicar al S.T. de Medio Ambiente de la provincia en la que radican las parcelas la fecha exacta de finalización de cada uno de los trabajos objeto de posterior solicitud de pago, detallando pormenorizadamente los trabajos efectivamente realizados y sus fechas de ejecución en el plazo máximo de quince días al siguiente a su finalización, de forma presencial en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano o mediante TELEFAX.

MODIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN SUBVENCIONADA

  • La Dirección General del Medio Natural podrá autorizar la modificación de la actuación subvencionada con prima de mantenimiento, en los casos y condiciones previstos.
  • La solicitud de modificación de la Prima de Mantenimiento, se presentará en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano o mediante TELEFAX.
  • El formulario de «Solicitud de modificación de la prima de mantenimiento», se podrá presentar hasta dos meses antes de la finalización del plazo de ejecución de los trabajos de mantenimiento.

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