Prima compensatoria de forestación de tierras agrícolas (2017)
Tramitación electrónica
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Ayudas:
Fecha de publicación:
3 de abril de 2017
BDNS (Identificador):
340341
Objeto:
Convocar las primas compensatorias correspondientes a la anualidad de 2017 para los Expedientes de Forestación de Tierras Agrícolas concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante los periodos de programación 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013.
¿Quién lo puede solicitar?:
Aquéllos que previamente lo hayan sido de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Será necesario solicitar el pago de la prima compensatoria, formalizada en el modelo normalizado, en los siguientes supuestos:
a) La primera vez que se solicite.
b) Anualmente, cuando se desee hacer valer la condición de agricultor o de agricultor a título principal.c) Cuando, formando parte de una agrupación de titulares se desee recibir la prima compensatoria de forma individual.
d) En el caso de cambio de titular, de variación de los datos del titular, o de los terrenos objeto de ayuda que conlleve una modificación en el importe de la subvención, con respecto al concedido en primas anteriores, o en la tramitación de los pagos que correspondan.e) Cuando se desee recuperar la condición de beneficiario de la prima compensatoria en caso de suspensión del pago.
Cuantía:
Los importes de la prima compensatoria para los expedientes de forestación figuran en el Anexo VII de la orden MAM/39/2009.
ANEXO VII de la orden MAM/39/2009 (237 kbytes)
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud, en el modelo normalizado, «Solicitud de prima compensatoria», que se acompañará de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
a) ?Relación de parcelas y recintos para la prima compensatoria?
b) Cuando se presente para hacer valer la condición de agricultor o agricultor a título principal se deberá presentar:
- 1º Periodo (1993-1999)
Recibos que justifiquen estar afiliado al Régimen Especial Agrario o al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por su actividad agraria.
Copia de la Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio fiscal de 2015.
Declaración responsable de la procedencia de los rendimientos del trabajo del IRPF?.
- 2º (2000-2006) y 3º (2007-2013) Periodo
Copia de la Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio fiscal de 2015.
?Declaración responsable de la procedencia de los rendimientos del trabajo del IRPF?
Declaración responsable condición agricultor profesional?
No será necesario aportar los documentos ni las declaraciones responsables mencionadas si se aporta un certificado de la Consejería de Agricultura y Ganadería por el que se acredite la condición de Explotación Prioritaria.
c) En el supuesto de solicitud por cambio de titular, copia del documento nacional de identidad o del N.I.E. del nuevo solicitante y de la acreditación de la propiedad de las parcelas, cuando conste oposición expresa a que la Administración de la Comunidad de Castilla y León obtenga directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal y de la acreditación de la propiedad.
d) Cualquier otro documento que modifique a los incorporados en el expediente, cuando se haya producido alguna variación en los datos del beneficiario o de las características de la forestación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de ABRIL de 2017, inclusive.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León. de la provincia donde radiquen los terrenos objeto de forestación.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Por Internet desde esta misma página.
- Se admite presentación por TELEFAX.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Servicio de Restauración y Gestión Forestal
Que resuelve:
Dirección General del Medio Natural
Plazo de resolución:
El plazo para resolver, será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes de pago de la prima de mantenimiento (antes del 28 de junio de 2017, inclusive). Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, el solicitante podrá entender DESESTIMADA por silencio administrativo, su solicitud.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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