Becas y Ayudas para trabajadores desempleados que participen en formación de oferta (2017)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Fecha de publicación:

11 de enero de 2017

BDNS (Identificador):

328392

Objeto:

Convocar, en régimen de concesión directa, becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en la Formación Profesional para el Empleo, en su modalidad de formación de oferta y en acciones del Plan Regional de Empleo, o en acciones de los Planes de Trabajo de los Centros de Referencia Nacional en Castilla y León, gestionadas por la Comunidad de Castilla y León, o de aquéllas que pudieran ser aprobadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, con el mismo objeto, a lo largo del año 2017.

Las líneas son:

  • Becas dirigidas a personas con discapacidad.
  • Ayudas de Transporte.
  • Ayuda de Manutención.
  • Ayuda de Alojamiento y manutención.
  • Ayuda a la Conciliación: tiene por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 6 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.

¿Quién lo puede solicitar?:

  • Trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta y en acciones del Plan Regional de Empleo, gestionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León o al amparo del Plan Regional de Empleo.
  • Trabajadores desempleados que participen en acciones formativas incluidas en los Planes de Trabajo de los Centros de Referencia Nacional de titularidad del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
  • Podrán percibir las BECAS, las personas desempleadas que tengan reconocida oficialmente una discapacidad de al menos el 33%.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

Para ser beneficiario de las ayudas y becas convocadas, los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas citadas, deberán tener en alta su demanda de empleo el día de su incorporación a la acción formativa, independientemente de que se incorporen el primer día del curso o con posterioridad.

Cuantía:

Las ayudas para suplir gastos de transporte, manutención y alojamiento no se computarán como renta a efectos de lo indicado en el artículo 215.3.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

CUANTÍA y TIPOS DE AYUDAS (139 kbytes)

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en modelo normalizado, junto con la documentación relativa a la justificación de cada una de las becas y ayudas (Billete de transporte, Ticket o factura, Contrato de arrendamiento, factura de hospedaje o cualquier otro medio documental acreditativo), y el certificado de laentidad que imparta la acción formativa relativo a los días que ha participado o asistido el alumno en la acción formativa, según el modelo normalizado.
En la «AYUDA A LA CONCILIACIÓN», el trabajador desempleado deberá presentar la siguiente documentación acreditativa:
a) Copia del libro de familia o documento que acredite el parentesco con la persona menor o dependiente.
b) Declaración de no haber rechazado oferta de trabajo o a participar enactividades de formación, promoción o reconversión profesional en el plazo de un mes desde que se agotase el subsidio por desempleo o la prestación contributiva, según el modelo normalizado disponible.
c) Declaración responsable de composición de la unidad familiar, suscrita por todos los integrantes de la misma, o sus representantes legales, y autorización para su comprobación por la Administración, en los términos del modelo normalizado disponible.
d) Certificado del IMSERSO o de cualquier otro organismo competente de las Comunidades Autónomas que acredite situación de dependencia. En su defecto, podrá acreditarse mediante cualquier documento que será valorado discrecionalmente por la Administración.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

1 MES computado desde el día siguiente al de la finalización de la acción o grupo formativo o la baja justificada del alumno en la misma; en el caso de acciones formativas en las que las prácticas no laborales se desarrollen en fechas distintas para cada alumno, se considerará finalizada la acción formativa cuando finalice las prácticas el último de los alumnos programados.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Gerencias Provinciales ECYL

Que resuelve:

Gerencias Provinciales ECYL

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido el mismo sin haberse notificado resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA la solicitud presentada.

Notificaciones:

  • Tablón de anuncios del órgano competente para dictarla, sito en la sede del mismo y durante un mes, salvo en el caso de concesión de becas, que se notificará al interesado.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

Régimen de compatibilidad

  • Estas becas y ayudas son incompatibles con otras becas o ayudas concedidas para la misma finalidad, por cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, o cualquier otra Administración nacional o comunitaria.
  • A estos efectos, el solicitante deberá cumplimentar la declaración responsable establecida en este sentido en el modelo normalizado.

Pérdida del derecho

  • Constituirá causa de pérdida del derecho a percibir las ayudas y becas incurrir en más de tres faltas de asistencia no justificadas al mes en cada acción formativa, el abandono injustificado de la acción formativa por parte del alumno, así como la exclusión del alumno de la acción formativa. En todo caso, no tendrá derecho a percibir las ayudas de transporte y de manutención que correspondan a los días en los que no se asista a la acción formativa.

Justificación

  • El beneficiario deberá presentar la documentación relativa a la justificación de cada una de las becas y ayudas, conjuntamente con la solicitud.

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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

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