Descripción
El curso teórico y práctico de conocimientos básicos y otro sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, serán impartidos por una entidad reconocida.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Normativa
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Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
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Corrección de errores del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
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Resolución de 9 de abril de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se regulan los procedimientos para la obtención/convalidación del carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE-07), los requisitos de acreditación de las Entidades de Formación Autorizadas en Instalaciones Térmicas de Edificios, y sobre normas aclaratorias para las tramitaciones a realizar de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado mediante Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (RITE-07)
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Resolución de 23 enero de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la de 9 de abril de 2008, por la que se regulan los procedimientos para la obtención/convalidación del carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE-07), los requisitos de acreditación de las Entidades de Formación Autorizadas en Instalaciones Térmicas de Edificios, y sobre normas aclaratorias para las tramitaciones a realizar de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado mediante Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (RITE-07)
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Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la de 9 de abril de 2008, por la que se regulan, entre otros, los procedimientos para la obtención/convalidación del carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios. BOJA 242, de 14/12/09
Descripción
Procedimiento para que las entidades de formación para impartir cursos de operador de grúa torre y grúa móvil autopropulsada obtengan la acreditación.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Presentación electrónica general (acceso con certificado digital)
Normativa
Descripción
Acreditar a entidades especializadas como servicios de prevención de riesgos laborales.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud online
Normativa
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Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención
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Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas
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Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción
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Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencion de Riesgos Laborales
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Orden de 8 de marzo de 1999, de la Consejería de Trabajo e Industria por la que se crea el Registro Andaluz de Servicios de Prevencion y Personas o Entidades autorizadas para efectuar auditorias o evaluaciones de los sistemas de prevencion
Código:
7219
Consejería:
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Descripción:
Normas aplicables para determinar las entidades que podrán acceder a la condición de reconocidas por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural para que actuando por cuenta y nombre de los agricultores obtengan la autorización de estos para la presentación y tramitación de la solicitud única y solicitudes relativas a la gestión de derechos de pago básico.
Plazo de solicitud:
01/09/2019 - 30/09/2019 (A partir del año 2015 y en adelante, únicamente deberán presentar su solicitud en el mes de septiembre aquellas entidades que no tengan otorgada por la Administración la consideración de Entidad Reconocida.).
En el cómputo del plazo de solicitud solo se han tenido en cuenta los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Destinatarios:
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Serán objeto de inscripción en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, todas las Entidades, Servicios y Centros que reúnan los requisitos establecidos, en la normativa vigente que hayan obtenido las autorizaciones administrativas correspondientes.
Los Centros o Servicios de asistencia sanitaria al drogodependiente quedarán sometidos a la autorización administrativa establecida en la normativa sanitaria vigente, quedando excluidos del Régimen de Autorizaciones regulados en el Título II del presente Decreto y sin perjuicio de su sometimiento a las normas de registro y acreditación que en desarrollo de ésta se dicten.
La inscripción de Entidades de Servicios Sociales podrá hacerse de oficio o previa solicitud de la parte interesada, de acuerdo con el modelo normalizado que establecerá la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales.
Plazo de solicitud
- Una vez obtenida la correspondiente autorizacion
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud on-line
Documentación
Anexo I: Inscripción de entidades en el registro de entidades, centros y servicios de servicios sociales. Solicitud (pdf)
Anexo II: Inscripción de centros en el registro de entidades, servicios y centros de servicios sociales. Solicitud (pdf)
Ficha Técnica (pdf)
Normativa
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Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorizacion, registro y acreditacion de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucia, modificado por Decreto 102/2000, de 15 de marzo
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Corrección de errores al Decreto 87/1996, de 20 de febrero
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Decreto 102/2000, de 15 de marzo por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorizacion, registro y acreditacion de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucia, modificado por Decreto 102/2000, de 15 de marzo
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Decreto 153/2011, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los servicios sociales de Andalucía.
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Decreto Ley 1/2009, de 24 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo
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Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-Ley 8-09/DL-000001, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo
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Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantias procedimentales para los ciudadanos.
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Orden de 1 de marzo de 2011, de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía.
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Orden de 29 de febrero de 1996, de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se regula el registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales
Descripción
Inscripción en la bolsa del profesorado colaborador de la ESPA para cualquier persona interesada en impartir cursos para la ESPA
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud online
Normativa
Descripción
El Plan Anual de Formación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA) para el curso académico 2013 contempla acciones formativas concentradas (que se celebrarán en la ESPA), desconcentradas (de carácter comarcal y local), concertadas (de carácter comarcal y local) y Formación en Red (a través de Internet).
La información general sobre las acciones formativas se atenderá de lunes a viernes en los teléfonos:
- Ingreso/Capacitación: 955 078 222.
- Perfeccionamiento (Policía): 955 078 232/03.
- Perfeccionamiento (Bomberos, Emergencias y Protección Civil): 671 537 653.
- Red: 955 078 213/15/25.
- Comarcales y Concertados: 955 078 244.
- Certificaciones e incidencias: 955 078 222.
- Telefax de registro: 955 078 228.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud online
Normativa
Descripción
El Decreto 112/2001, de 8 de mayo, tiene por objeto, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la regulación de la autorización y régimen de funcionamiento de las escuelas taurinas de Andalucía, así como de las condiciones que deben reunir las instalaciones y elementos materiales utilizados por sus alumnos en el aprendizaje taurino.
Se entiende por escuela taurina aquella institución que, reuniendo los requisitos y condiciones exigidas en la presente norma, tenga por finalidad específica el aprendizaje de los futuros profesionales taurinos, así como el perfeccionamiento técnico y artístico de éstos.
A los mismos efectos, se entenderá por escuela taurina asociada aquella institución que, no disponiendo de algunos de los medios materiales y humanos exigidos en el presente Reglamento para las escuelas taurinas, convenie con una escuela taurina autorizada la cobertura, prestación o cesión de los servicios y, en su caso, de las instalaciones reglamentarias de las que carezca la escuela y así lo acredite fehacientemente ante la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas en el procedimiento de autorización previsto.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud on-line
Documentación
Anexo: Solicitud (pdf)
Normativa
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Decreto 112/2001, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía
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Resolución de 27 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por la que se normalizan impresos administrativos en materia de escuelas taurinas y plazas de toros portátiles
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Decreto 278/2011, de 20 de septiembre, por el que se modifican el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía aprobado por el Decreto 112/2001, de 8 de mayo, el Decreto 143/2001, de 19 de junio, por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, el Reglamento de Festejos Taurinos Populares aprobado por el Decreto 62/2003, de 11 de marzo, y el Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por el Decreto 68/2006, de 21 de marzo
Descripción
Los Artículos 17 y 18 del DECRETO 112/2001 de 8 de mayo, regulan la comunicación de celebración de clases con reses de lidia en escuelas taurinas de Andalucía.
Según el Artículo 17, las escuelas taurinas que organicen las clases prácticas con reses deberán comunicarlo por escrito con, al menos, cinco días hábiles de antelación a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía correspondiente, especificando la asistencia o no de público al desarrollo de las mismas, el número de reses a lidiar, edad de éstas, ganadería a la que pertenecen e identificación de los alumnos participantes.
Con la comunicación escrita de celebración de la clase práctica, por el titular o Director de la escuela taurina se acompañará declaración responsable expresiva del cumplimiento y observancia de todos y cada uno de los requisitos y condiciones previstas en el número 2 del artículo anterior.
Según el Artículo 18, como complemento de la actividad de aprendizaje de las escuelas taurinas, éstas podrán organizar, mediante comunicación escrita a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia y con una antelación mínima de cinco días hábiles, clases magistrales taurinas en la que únicamente podrán intervenir matadores de toros, aun cuando no se encuentren en activo, novilleros con picadores o los propios profesores de las escuelas, pudiéndose lidiar reses machos de acuerdo con la categoría profesional de los interviniente
A las clases magistrales con reses les será de aplicación el régimen y control administrativo establecido en el presente Reglamento para las clases prácticas con reses.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Documentación
Solicitud (pdf)
Normativa
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Decreto 112/2001, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía
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Resolución de 27 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por la que se normalizan impresos administrativos en materia de escuelas taurinas y plazas de toros portátiles
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Decreto 278/2011, de 20 de septiembre, por el que se modifican el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía aprobado por el Decreto 112/2001, de 8 de mayo, el Decreto 143/2001, de 19 de junio, por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, el Reglamento de Festejos Taurinos Populares aprobado por el Decreto 62/2003, de 11 de marzo, y el Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por el Decreto 68/2006, de 21 de marzo
Descripción
Concesión de autorización para celebración de Corridas de Toros en plazas fijas y móviles, Becerradas, Toreo Cómico, Festivales Taurinos y otros Espectáculos Públicos.
Requiriéndose la previa autorización de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia donde se vaya a celebrar.
Plazo de solicitud
- Con una antelación mínima de 10 dias al previsto para su celebración
Estado
Abierto plazo de solicitud
Normativa
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Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía
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Decreto 62/2003, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares y se regulan determinados aspectos de los espectáculos taurinos
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Decreto 99/2003, de 8 de abril, de corrección de errores del Decreto 62/2003, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares y se regulan determinados aspectos de los espectáculos taurinos (BOJA núm. 50, de 14.3.2003)
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Decreto 68/2006, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucía
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Decreto 278/2011, de 20 de septiembre, por el que se modifican el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía aprobado por el Decreto 112/2001, de 8 de mayo, el Decreto 143/2001, de 19 de junio, por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, el Reglamento de Festejos Taurinos Populares aprobado por el Decreto 62/2003, de 11 de marzo, y el Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por el Decreto 68/2006, de 21 de marzo