Descripción
Serán objeto de inscripción en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, todas las Entidades, Servicios y Centros que reúnan los requisitos establecidos, en la normativa vigente que hayan obtenido las autorizaciones administrativas correspondientes.
Los Centros o Servicios de asistencia sanitaria al drogodependiente quedarán sometidos a la autorización administrativa establecida en la normativa sanitaria vigente, quedando excluidos del Régimen de Autorizaciones regulados en el Título II del presente Decreto y sin perjuicio de su sometimiento a las normas de registro y acreditación que en desarrollo de ésta se dicten.
La inscripción de Entidades de Servicios Sociales podrá hacerse de oficio o previa solicitud de la parte interesada, de acuerdo con el modelo normalizado que establecerá la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales.
Plazo de solicitud
- Una vez obtenida la correspondiente autorizacion
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud on-line
Documentación
Anexo I: Inscripción de entidades en el registro de entidades, centros y servicios de servicios sociales. Solicitud (pdf)
Anexo II: Inscripción de centros en el registro de entidades, servicios y centros de servicios sociales. Solicitud (pdf)
Ficha Técnica (pdf)
Normativa
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Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorizacion, registro y acreditacion de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucia, modificado por Decreto 102/2000, de 15 de marzo
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Corrección de errores al Decreto 87/1996, de 20 de febrero
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Decreto 102/2000, de 15 de marzo por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorizacion, registro y acreditacion de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucia, modificado por Decreto 102/2000, de 15 de marzo
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Decreto 153/2011, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los servicios sociales de Andalucía.
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Decreto Ley 1/2009, de 24 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo
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Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-Ley 8-09/DL-000001, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo
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Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantias procedimentales para los ciudadanos.
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Orden de 1 de marzo de 2011, de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía.
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Orden de 29 de febrero de 1996, de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se regula el registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales