Certificar el precio máximo al cual está sometida una vivienda de protección oficial (HPO, VPO), en caso de venta y/o alquiler.
Cualquier administrado que quiera información sobre el precio máximo de viviendas protegidas para venta y/o alquiler.
3 meses, Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de les Administraciones Públicas.
Negativo
Instancia de parte
No
NORMAS DE REGULACIÓN:
El precio depende del Decreto al que está acogido cada expediente de vivienda protegida y del municipio al que pertenece.
Las viviendas tasadas, las existentes, las usadas y las procedentes de rehabilitación interior también están sometidas a precio máximo de venta o alquiler.
Departamento de Vivienda
X
Solicitud, DNI, fotocopia escritura compra-venta o nota simple del registro, número de expediente de VPO de edificio, tasa.
Tasas
709 . - Telemàticament
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
No hay.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Departamento de Vivienda
Contacto
Dirección General de Vivienda
Passeig del Born, 17. Tel.: 971177300 - Fax: 971176962
Emitir un certificado que acredite que un determinado establecimiento comercial reune las características para ser considerado una tienda de conveniencia
Establecimientos comerciales
3 meses para resolver i notificar
Positivo
Instancia de parte
No
Dirección General de Comercio
X
Para solicitar la certificación de la condición de tienda de conveniencia hay que tener en cuenta los siguientes requisitos:
- Cumplir con el número de horas de apertura exigidas en la legislación vigente (mínimo de 18 horas diarias)
- El local debe disponer de una superficie útil de venta no superior a 500 metros cuadrados
- Distribución de la oferta de forma similar entre los siguientes productos: libros, prensa y revistas, productos de alimentación, discos, juguetes, regalos y productos diversos.
Documentación a presentar
Plazo máximo
6 mesos
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Comercio
Contacto
Servicio de Comercio
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900 - Fax: 971786826
Mediante este servicio todos los Centros de Salud de Atención Primaria de las Islas Baleares dan cita previa con su médico del Centro de Salud, su pediatra, su enfermera, el odontólogo y las citas por analíticas a través de un número único, el 902 079 079, que atiende a los ciudadanos entre las 7.00 y las 21.00 horas de lunes a sábado. Además permite que los usuarios no tengan que esperar para obtener cita y en momentos de gran demanda asistencial facilitar a los ciudadanos que obtenguin cita en el Centro de Salud con gran comodidad y desde su domicilio.
Ciudadanos
No procede
Según normativa aplicable
Instancia de parte
No
Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut)
X
--
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
No procede
A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.
También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.
Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:
[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]
Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut)
Contacto
Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut)
C/ de la Reina Esclarmunda, 9. Tel.: 971175600 - Fax: 971724660
Comunicación previa de inicio de las actividades de distribución y venta de productos sanitarios
No aplica
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Las oficinas de farmacia quedan exeptuades de realizar esta comunicación previa de inicio de actividad -arte. 27.1d-
Los establecimientos que realicen venta en el public de productos sanitarios que requieren una adaptación individualizada -ortopedias, ópticas y audioprótesis- tienen que obtener la autorización de funcionamiento y, por lo tanto, no les resulta de aplicación el régimen de comunicación previa -arte. 27.3 Real Decreto 1591/2009-
Servicio de Ordenación Farmacéutica
X
--
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
No hay plazo máximo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Observaciones
Comunicació funcionament establiment de distribució i venda de productes santiaris
## Resumen Este servicio permite a cualquier persona (física o jurídica) informar sobre posibles incumplimientos de los requisitos de accesibilidad en sitios web y aplicaciones móviles del sector público. También se pueden enviar sugerencias para mejorar la accesibilidad de estos medios. ## Quién puede usar este servicio Personas físicas y jurídicas. ## Normativa aplicable * Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público. * Decreto 1/2023 de 23 de enero de regulación de la accesibilidad universal en los espacios de uso público de las Islas Baleares. ## Órgano responsable Oficina de Administración Digital. ## Contacto Oficina de Administración Digital C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears). Tel.: 971177140 (oae@caib.es) ## Simplificación documental En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.
Comunicar variaciones sobre la declaración anual de personal de oficina de Farmàcia. Para más información consultad aquí.
Titulares de Oficinas de Farmacia. Adjunts/es de Oficina de Farmacia
-
Negativo
Instancia de parte
No
Dirección General de Prestaciones y Farmacia
X
--
Documentación a presentar
Plazo máximo
No procedeix
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Contacto
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971177383 - Fax: 971176394
Comunicación de los datos relativos a la apertura de un centro de trabajo, o de reanudación de actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice.
En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del RD1627/1997, de 24 de octubre, por el que se estyablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas.
No hi ha resolució. Si no es comuniquen defectes, la comunicació s'ha d'entendre realitzada en el moment del seu registre
Positivo
Instancia de parte
No
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
X
La comunicación de apertura o de reanudación de actividad, se cumplimentará telemáticamente por el empresario, previamente, o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva.
En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del RD 1627/1997, la comunicación de apertura del centro de trabajo deberá ser previa al comienzo de los trabajos.
documentación a aportar:
En las obras de construcción, junto al modelo oficial se deberá adjuntar el Plan de seguridad y salud cuando el mismo sea exigible conforme al RD 1627/1997, de 24 de octubre, acompañado de su correspondiente aprobación, conforme al artículo 7 de dicho Real Decreto. Si no fuera exigible el plan de seguridad y salud, se acompaña de la correspondiente evaluación de riesgos (Art. 2.2 Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril).
Si se trata de actividades con incidencia ambiental, se deberá adjuntar el Proyecto técnico y memoria descriptiva de las características de esta actividad.
Documentación a presentar
A les obres de construcció, s'haurà d'adjuntar al model oficial el pla de seguretat i salut quan aquest sigui exigible d'acord amb el RD 1627/1997, de 24 d'octubre, acompanyat de la seva corresponent aprovació, s'acord amb l'article 7 de l'esmentat Reial decret. Si el pla de seguretat i salut no fora exigible, s'adjuntarà la corresponent avaluació de riscs (Art. 2.2 Ordre TIN/1071/2010, de 27 d'abril).
Si es tracta d'activitats amb incidència ambiental, s'haurà d'adjuntar el projecte tècnic i memòria descriptiva de les característiques d'aquesta activitat.
Plazo máximo
Esta comunicación puede hacerse telemáticamente, de acuerdo con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los sevicios públicos. Para acceder al trámite clique en "iniciar nuevo trámite".
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Ordenación laboral
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900 - Fax: 971177229
(ordenaciolaboral@caib.es)
X
Documentación a presentar
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Ordenación laboral
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900 - Fax: 971177229
(ordenaciolaboral@caib.es)
Comunicar variaciones sobre la declaración anual de personal de oficina de farmàcia. Para más información consulte <a href="http://ordenaciofarmaceutica.caib.es/sacmicrofront/contenido.do;jsessionid=3CDA625F6B2BAFEC29D03986386F865A?idsite=2565&cont=37618&lang=ca&campa=yes" target="_blank">aquí</a>.
Titulares y adjuntos de oficina de farmacia
No procede
Negativo
Instancia de parte
No
Dirección General de Prestaciones y Farmacia
X
--
Documentación a presentar
Plazo máximo
No procedeix
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Contacto
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971177383 - Fax: 971176394
(ordenaciofarmaceutica@dgfarmacia.caib.es)
Antes de realizar un trámite telemático de modificación de la inscripción, se tiene que consultar primero cuál es el número de inscripción del establecimiento en el siguiente enlace Censo de establecimientos
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3 meses. Art. 50.1 Ley 3/2003, de 26 de marzo. Artículo 4.4. Decreto 99/2012, de 7 de diciembre.
Positivo
Instancia de parte
No
Dirección General de Salud Pública y Participación
X
--
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
No procede
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Salud Pública y Participación
Contacto
Servicio de Seguridad Alimentaria
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971 17 73 83 - Fax: 971 17 73 02
(mfeliu@dgsanita.caib.es)
Para saber la cuantía de las tasas por los diversos trámites relativos a la comunicación previa de otros establecimientos minoristas de alimentos.
3 meses. Art. 50.1 Ley 3/2003, de 26 de marzo.
Artículo 4.4. Decreto 99/2012, de 7 de diciembre.
Positivo
Instancia de parte
No
Dirección General de Salud Pública y Participación
X
--
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
--
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local.
Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Salud Pública y Participación