Licencia de pesca marítima recreativa individual (únicamente válida desde tierra)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Es el documento administrativo nominal, individual e intransferible, obligatorio, a partir de los 14 años, para la práctica de la pesca recreativa desde tierra (aguas interiores y exteriores) o desde artefactos flotantes como piraguas, kayaks, patines de pedales y similares (solo en aguas interiores). Las licencias tienen validez durante 3 años.

Personas destinatarias

Mayores de 14 años que deseen practicar la pesca marítima recreativa desde la costa (aguas interiores y exteriores) o desde artefactos flotantes como piraguas, kayaks, patines de pedales y similares (solo en aguas interiores).

Plazo máximo para la resolución y notificación

No procede

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Observaciones

Las licencias telemáticas se han de imprimir al finalizar la tramitación. LA LICENCIA NO SE REMITE POR CORREO ELECTRÓNICO.

Normativa del procedimiento

  • Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Pesca y Medio Marino

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de licencia de pesca marítima recreativa individual (inmediata)

Requisitos

Mayor de 14 años

Menos de 65 años o disponer de la pensión de jubilación

Pagar la tasa correspondiente

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Según normativa

Forma de presentación

Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Pesca y Medio Marino

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Recursos Marinos

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176804


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