Certificado de deudas
Certificar el estado de la tramitación del expediente de subvención del beneficiario.
Personas destinatarias
Personas físicas con una subvención en la vivienda de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda pendiente de pago.
Plazo máximo para la resolución y notificación
3 meses (art. 42.2 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Silencio administrativo
Según normativa aplicable
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Observaciones
.
Normativa del procedimiento
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Número
0
Página
40300
Fecha de publicación
26/11/1992
Organismo competente
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Documento
Órgano competente para resolver
Departamento de Vivienda
Simplificación documental
Trámites
Sol·licitud
Telemàtica
Documentación a presentar
Lugar
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Órgano competente para la tramitación
Departamento de Vivienda
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General Arquitectura y Vivienda
Passeig del Born, 17. Tel.: 971177300
(mespinosa@dgarquit.caib.es)
Observaciones
Telemàtica