Subvenciones para la realización de trabajos de investigación orientados al ámbito de la protección del Patrimonio Cultural Vasco en el período 2024-2025 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Fomentar la investigación sobre el patrimonio cultural vasco (tanto mueble como inmueble) para generar conocimiento que ayude a los poderes públicos a valorar y proteger estos bienes.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar estas ayudas personas físicas, personas jurídicas privadas y agrupaciones de personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos principales

  • Cumplir los requisitos generales establecidos en la Ley de Subvenciones.
  • Presentar una memoria detallada del proyecto de investigación.
  • Presentar un presupuesto desglosado del proyecto.
  • Obtener un informe de aval de un experto en la materia.
  • Acreditar la trayectoria académica y profesional del equipo.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar dado de alta en el Registro de Terceros.

Plazos

Fecha límite para finalizar el trabajo: 25 de octubre de 2025. Fecha límite para presentar la justificación: 17 de noviembre de 2025.

Duración del trámite

5 meses

Información adicional

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden. Todos los trámites se realizarán electrónicamente.

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar la investigación sobre el patrimonio cultural vasco, tanto en bienes muebles como inmuebles. El objetivo es generar conocimiento que ayude a las autoridades a proteger y valorar mejor estos bienes. No se incluyen investigaciones sobre el patrimonio inmaterial.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas con titulación adecuada.
  • Personas jurídicas privadas con actividades relacionadas con el patrimonio cultural.
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Memoria del proyecto de investigación.
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos.
  • Informe de aval de un experto.
  • Currículum vitae del equipo investigador.
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Alta en el Registro de Terceros.

Requisitos previos:

  • Cumplir con los requisitos de la Ley de Subvenciones.
  • Tener la capacidad legal para obrar.
  • En el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas y tener actividades relacionadas con el patrimonio cultural.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • El plazo para presentar las solicitudes es de un mes desde la publicación de la convocatoria.
  • La fecha límite para finalizar el trabajo es el 25 de octubre de 2025.
  • La fecha límite para presentar la justificación es el 17 de noviembre de 2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Acceder a la sede electrónica del Gobierno Vasco.
  3. Cumplimentar el formulario de solicitud.
  4. Adjuntar la documentación.
  5. Firmar y enviar la solicitud electrónicamente.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se presenta de forma electrónica.
  • Es importante adjuntar todos los documentos requeridos en formato PDF.
  • Se puede guardar el formulario y continuar en sesiones sucesivas.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver la solicitud es de 5 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se notifica la resolución de la concesión de la ayuda.
  • Si se concede, se debe aceptar la ayuda en un plazo de 10 días.
  • Se realiza el pago de la ayuda en dos fases.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver es de 5 meses.

Siguientes pasos:

  • Realizar el proyecto de investigación.
  • Justificar los gastos realizados.
  • Presentar la documentación justificativa antes del 17 de noviembre de 2025.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • ¿Cuál es el objeto de estas ayudas? Estas ayudas están destinadas a fomentar la investigación sobre el patrimonio cultural vasco, tanto mueble como inmueble, excluyendo las manifestaciones inmateriales.
  • ¿Qué tipo de gastos se consideran subvencionables? Se consideran gastos subvencionables aquellos que estén directamente relacionados con la ejecución del trabajo y se hayan pagado antes de finalizar el plazo de justificación. Esto incluye gastos de personal, adquisición de consumibles, alquiler de vehículos, gastos de administración específicos y gastos de viaje y manutención.
  • ¿Cómo se realiza el pago de la subvención? El pago de la subvención se realiza en dos fases: un primer pago del 50% tras la concesión y aceptación de la ayuda, y un segundo pago del 50% restante en 2025, tras la justificación del gasto.
  • ¿Qué ocurre si la persona que dirige el proyecto no tiene la titulación requerida? Si la persona que dirige el proyecto no posee una titulación de grado o licenciatura centrada en las áreas de conocimiento especificadas, debe acreditar que posee un título superior oficial de posgrado (máster, DEA o doctorado) para cuya obtención haya realizado un trabajo de investigación en relación directa con esas áreas.
  • ¿Cómo se acredita el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social? La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se verifica automáticamente por el órgano gestor, a menos que el solicitante se oponga expresamente. En este caso, deberá aportar los certificados correspondientes.
  • ¿Cómo se acepta la ayuda? Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla a través del canal electrónico. Si en el plazo de diez días tras la fecha de recepción de la comunicación por la que se notifica la Resolución de concesión de la subvención, las personas o entidades beneficiarias no renuncian expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada.
  • ¿Cuál es la fecha límite para presentar la justificación de la subvención? La fecha límite de presentación de la documentación de justificación es el 17 de noviembre de 2025, incluido éste.

Preguntas frecuentes


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