Subvenciones para desarrollar programas de Formación Profesional Dual en Régimen Intensivo en centros privados concertados de la CAPV que imparten ciclos formativos de Formación Profesional (2024-2025

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de subvenciones a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan ciclos formativos de Formación Profesional, para el desarrollo de proyectos del programa de formación profesional dual en régimen intensivo durante el curso 2024-2025.

¿Quién puede solicitarlo?

Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan ciclos formativos de Formación Profesional.

Requisitos principales

  • Tener concertado algún ciclo formativo de formación profesional de grado básico, de grado medio o superior durante el curso 2024-2025.
  • Tener aprobado y autorizado el programa de formación profesional dual en régimen intensivo de alternancia, elaborado conjuntamente entre el centro de formación profesional y la empresa participante, para el curso 2024-2025.
  • Estar legalmente constituido y autorizado.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
  • No hallarse sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en el Decreto legislativo 1/2023, de 16 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias descritas en el artículo 13, de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, reguladora del régimen de subvenciones.

Plazos

El plazo de presentación de la documentación justificativa finaliza el 18 de julio de 2025.

Duración del trámite

Seis meses desde la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Información adicional

El abono de las subvenciones se realizará fraccionadamente en dos pagos: el primero por el 70,698% de la cantidad concedida y el segundo con la cantidad restante en 2025, una vez presentada la documentación acreditativa de la realización de las actuaciones subvencionadas y de su coste.

Resumen

Este trámite permite a los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco solicitar subvenciones para desarrollar programas de Formación Profesional Dual en régimen intensivo durante el curso 2024-2025.

Quién puede usar este servicio

Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan ciclos formativos de Formación Profesional.

Antes de empezar

Es importante tener autorizados los proyectos del programa de formación profesional dual antes de solicitar la subvención.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

Requisitos previos

  • Tener concertado algún ciclo formativo de formación profesional.
  • Tener aprobado y autorizado el programa de formación profesional dual en régimen intensivo.
  • Estar legalmente constituido y autorizado.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Costes y plazos

  • Coste: No especificado.
  • Plazo de resolución: Seis meses desde la publicación de la orden en el BOPV.
  • Plazo de justificación: Hasta el 18 de julio de 2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Rellene los formularios solicitados.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón proporcionado.
  4. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Información sobre cada etapa

La tramitación se realiza de forma electrónica.

Tiempos de espera

El plazo de resolución es de seis meses desde la publicación de la orden en el BOPV.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, se realizará el seguimiento del expediente a través de Mi carpeta.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver es de seis meses.

Siguiente pasos

En caso de concesión, se deberá justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos antes del 18 de julio de 2025.

Ayuda

Contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.

Normativa

Otros trámites

  • Renuncia: Posibilidad de renunciar al procedimiento en cualquier momento.
  • Ampliación de plazo: Posibilidad de solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar documentación.
  • Subsanación de la documentación: Posibilidad de subsanar la solicitud en caso de requerimiento.
  • Modificación de los datos de notificación y comunicación: Posibilidad de modificar los datos de contacto a través de Mi carpeta.
  • Desistimiento: Derecho a desistir de la solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.

Preguntas frecuentes


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