Subvenciones a proyectos de innovación cultural y social (BITARTEZ 2025) - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Subvenciones para proyectos de innovación cultural y social que fomenten la colaboración, la tecnología, nuevas formas de relación con el público y estrategias de innovación cultural y social.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar estas subvenciones personas físicas y personas jurídicas privadas que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos principales

  • No estar sancionado administrativa o penalmente.
  • No incurrir en prohibiciones legales para recibir subvenciones.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea.
  • Comunicar la solicitud y obtención de otras ayudas para la misma finalidad.

Plazos

Los proyectos deben iniciarse en 2025 y podrán realizarse como máximo hasta el 30 de diciembre de 2025. La justificación de la subvención debe presentarse antes del 30 de marzo de 2026.

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Información adicional

El presupuesto del proyecto debe incluir al menos un 20% de autofinanciación (ingresos no procedentes de fuentes públicas).

Resumen

Este procedimiento regula y convoca subvenciones para proyectos de innovación cultural y social que se centren en la investigación, la innovación y las expresiones contemporáneas del ámbito cultural. Los proyectos deben valerse de la mediación y favorecer la co-creación, la hibridación, la utilización de plataformas tecnológicas y la generación de nuevas vías de relación con participantes y públicos diversos.

Quién puede usar este servicio

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas privadas

Antes de empezar

Es importante tener en cuenta que las personas jurídicas, empresarios individuales y autónomos están obligados a realizar cualquier trámite de este procedimiento por medios electrónicos, para lo cual deben disponer de un medio de identificación electrónica. Las personas físicas pueden optar por presentar sus solicitudes de forma presencial o electrónica.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Memoria explicativa del proyecto.
  • Presupuesto desglosado y detallado del proyecto.
  • Calendario de trabajo.
  • Alta de terceros (si es necesario).
  • Documentación específica según el tipo de solicitante (persona física o jurídica).

Requisitos previos

  • Los proyectos deben estar encuadrados en algún sector cultural o creativo (Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Artes escénicas, Literatura, Música y Bertsolarismo).
  • Los proyectos deben iniciarse en 2025 y podrán realizarse como máximo hasta el 30 de diciembre de 2025.
  • El presupuesto debe contemplar un porcentaje de autofinanciación de al menos el 20%.

Costes y plazos

  • El importe máximo concedido a cada proyecto no podrá ser superior a 35.000 euros, ni, en ningún caso, al 70 % del presupuesto de gastos.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Rellenar los formularios solicitados.
  2. Preparar la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud.

Información sobre cada etapa

  • Solicitud: Se realiza a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco.
  • Documentación: Se debe adjuntar la documentación requerida en formato digital.

Tiempos de espera

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto a las personas interesadas será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden de convocatoria.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez resuelto el procedimiento, se notifica la resolución a los interesados.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de seis meses.

Siguiente pasos

En caso de concesión de la subvención, se deberá justificar la realización del proyecto en los plazos establecidos.

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