Subvenciones a los centros docentes de la red concertada y a las asociaciones y federaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados de enseñanza no universitaria

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ayudar a financiar proyectos que desarrollen el pensamiento computacional, la programación y la robótica en centros educativos concertados y asociaciones/federaciones relacionadas, dentro del programa “Eskola Adimentsua”.

¿Quién puede solicitarlo?

Centros privados concertados de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Euskadi que no sean miembros de asociaciones o federaciones, así como asociaciones y federaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados de enseñanza no universitaria.

Requisitos principales

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • No encontrarse en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • No hallarse sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Tener un plan de igualdad vigente según la normativa del Estado.
  • Cumplir con el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Plazos

La convocatoria estará abierta hasta que se agote el presupuesto disponible.

Duración del trámite

La resolución definitiva se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco en un plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Información adicional

El abono de las subvenciones se realizará en dos pagos: el 43% tras la notificación de la resolución y el 57% restante tras la justificación de la subvención.

Resumen

Este trámite ofrece ayudas para financiar proyectos que impulsen el pensamiento computacional, la programación y la robótica en centros educativos y asociaciones relacionadas.

Quién puede usar este servicio

  • Centros privados concertados de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Asociaciones y federaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados de enseñanza no universitaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

Requisitos previos

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • No encontrarse en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • No hallarse sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Tener un plan de igualdad vigente según la normativa del Estado.
  • Cumplir con el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene coste.
  • La resolución definitiva se publicará en el BOPV en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Asegúrate de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepara la documentación en formato digital.
  3. Accede al formulario online mediante el siguiente botón y rellena los datos de la solicitud.

Solicitud

Después de hacerlo

Qué sucede después

El abono de las subvenciones se realizará en dos pagos:

  • El primero, por el 43% de la subvención concedida, que se abonará tras la notificación de la resolución de adjudicación.
  • Un segundo libramiento, por el 57% de la subvención concedida, tras la justificación de la subvención concedida.

Plazos de resolución

La resolución definitiva se publicará en el BOPV en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Siguiente pasos

Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

1.– Con fecha límite de 31 de diciembre de 2024, las entidades beneficiarias deberán presentar en https://www.euskadi.eus/micarpeta un primer informe sobre el desarrollo, la ejecución y el grado de consecución de los objetivos propuestos, las actividades realizadas y evaluación del proyecto hasta ese momento, así como la cuenta justificativa simplificada sobre al menos el 50% de los gastos correspondientes al primer libramiento. La justificación de las ayudas estará a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

2.– Con fecha límite de 15 de septiembre de 2025, las entidades beneficiarias deberán presentar en https://www.euskadi.eus/micarpeta un segundo informe sobre el desarrollo, la ejecución y el grado de consecución de los objetivos propuestos, las actividades realizadas y evaluación del proyecto, así como la cuenta justificativa simplificada sobre el 100% de la subvención. La justificación de las ayudas estará a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

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