Subvenciones a la creación gráfica: albumes ilustrados 2025 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Esta ayuda económica busca impulsar la creación de ilustraciones para obras editoriales, específicamente álbumes ilustrados, fomentando así la producción cultural y creativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas mayores de 18 años, nacidas o residentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco con al menos un año de antigüedad.
Requisitos principales
- Ser un proyecto original y no desarrollado previamente.
- Incompatibilidad con otras subvenciones que tengan el mismo fin.
- No estar sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas.
- No estar incurso en prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
- Máximo dos solicitudes por persona, solo a una de las modalidades de la convocatoria.
- Ser mayor de 18 años.
- Haber nacido en la Comunidad Autónoma del País Vasco o residir en ella con al menos un año de antigüedad.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No haber obtenido subvención en la convocatoria del año anterior.
Plazos
No especificado en el texto proporcionado.
Duración del trámite
Seis meses desde la publicación de la orden.
Información adicional
Se priorizará una ayuda para personas menores de 30 años.
Resumen
Este trámite permite solicitar una subvención para la creación de ilustraciones destinadas a la publicación de un álbum ilustrado. El objetivo es apoyar a los artistas en el desarrollo de proyectos editoriales gráficos.
Quién puede usar este servicio:
Personas físicas mayores de 18 años, nacidas en la Comunidad Autónoma del País Vasco o que residan en ella con al menos un año de antigüedad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Guion literario completo del álbum ilustrado.
- Muestra de ilustraciones (mínimo 6 páginas).
- Contrato entre el autor del texto y el ilustrador (si aplica).
- Contrato de edición o carta de compromiso de una editorial.
- Alta de terceros (si no estás registrado).
Requisitos previos:
- Ser mayor de 18 años.
- Residir en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- El proyecto debe ser original y no haber sido desarrollado previamente.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios en formato digital.
- Acceder a la solicitud: Puedes realizar la solicitud de forma electrónica o presencial.
- Electrónica: Accede a la sede electrónica de Euskadi y completa el formulario de solicitud.
- Presencial: Descarga el formulario de solicitud, rellénalo y preséntalo en las oficinas de Zuzenean o en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro.
- Presentar la solicitud: Envía la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica o preséntala en las oficinas correspondientes.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se evaluará el proyecto. Se te notificará la resolución en un plazo máximo de seis meses.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver la solicitud es de seis meses desde la fecha de la convocatoria.
Siguientes pasos:
- Si la solicitud es aprobada, recibirás el primer pago de la subvención.
- Una vez finalizado el proyecto, deberás presentar la obra finalizada y la acreditación de su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.
- Recibirás el segundo pago de la subvención.
Ayuda
Contacto:
- Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas
- Marta Merino
- 945-016937
- marta-merino@euskadi.eus
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales:
- Medios de identificación electrónica admitidos
- Registro de Terceros del Dpto. de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco
Otros trámites
- Subsanación de la documentación: Si falta documentación o es incorrecta, se te requerirá que la subsanes en un plazo de 10 días.
- Modificación de los datos de notificación y comunicación: Puedes modificar tus datos de contacto a través de Mi carpeta o presentando el formulario correspondiente.
- Ampliación de plazo: Puedes solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar documentación.
- Desistimiento: Puedes desistir de la solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
- Renuncia: Puedes renunciar a la subvención una vez que se haya dictado la resolución.
- Recurso de alzada: Puedes presentar un recurso de alzada contra la resolución.
- Alta o modificación de datos de tercero: Para que la Administración pueda realizar el pago, debes estar registrado en la base de datos de la Oficina de Control Económico.
- Justificación: Debes justificar el proyecto subvencionado presentando la creación definitiva y la inscripción del texto en el Registro de la Propiedad Intelectual.