Subvenciones a la creación cultural: guiones cinematográficos (2025) - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Esta ayuda tiene como objetivo impulsar la creación cultural, específicamente apoyando a guionistas en la realización de guiones cinematográficos.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas mayores de 18 años, nacidas o empadronadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco con al menos un año de antigüedad.
Requisitos principales
- Ser mayor de 18 años y haber nacido o residir en la Comunidad Autónoma del País Vasco con al menos un año de antigüedad.
- No estar sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Presentar una única solicitud a una de las modalidades de creación cultural.
- No haber obtenido subvención en la convocatoria de 2024 para la misma línea subvencional.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar la descripción técnica del proyecto.
Plazos
No especificado en el texto proporcionado.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Se concederá una única subvención por solicitante. Las subvenciones son incompatibles con otras que tengan el mismo fin.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para la creación de guiones cinematográficos. El objetivo es apoyar a guionistas en la realización de sus proyectos.
Quién puede usar este servicio:
Personas físicas mayores de 18 años, nacidas o residentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco con al menos un año de antigüedad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Acreditación de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
- Volante de empadronamiento (si no ha nacido en la CAPV).
- Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias.
- Trayectoria laboral como guionista.
- Acreditación de registro de al menos un guion cinematográfico finalizado.
- Declaración jurada (para guionistas jóvenes) sobre su participación en largometrajes.
- Autorización del propietario de los derechos (si es un guion adaptado).
- Alta de terceros (si no está registrado o desea modificar datos bancarios).
- Sinopsis argumental del proyecto de guion (máximo 1 página).
- Tratamiento secuenciado del proyecto de guion (20-30 páginas).
- Una secuencia dialogada.
- Memoria explicativa del proyecto (1-3 páginas).
- Escaleta secuenciada (10-20 páginas, para documentales).
- Relación de fuentes de investigación y personas a entrevistar (para documentales).
Requisitos previos:
- Ser mayor de 18 años y haber nacido o residir en la Comunidad Autónoma del País Vasco con al menos un año de antigüedad.
- No estar sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Presentar una única solicitud a una de las modalidades de creación cultural.
- No haber obtenido subvención en la convocatoria de 2024 para la misma línea subvencional.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar la descripción técnica del proyecto.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- El plazo máximo de resolución es de seis meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Rellene los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica o presencial.
- Presente la solicitud y la documentación.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud puede presentarse de forma electrónica o presencial.
- Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica para la tramitación online.
- La documentación debe presentarse en los formatos requeridos.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se evaluará el proyecto. Se notificará la resolución al solicitante.
Plazos de resolución:
El plazo máximo de resolución es de seis meses.
Siguientes pasos:
En caso de obtener la subvención, se deberá justificar el proyecto en un plazo máximo de nueve meses desde la recepción de la resolución de adjudicación.
Ayuda
Contacto:
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía (https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/)
Recursos adicionales:
- ORDEN de 3 de diciembre de 2024, de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca el régimen de concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2025, a la creación cultural.
- Registro telemático de terceros
Otros trámites
- Subsanación de la documentación: Si la solicitud no cumple con los requisitos, se requerirá al solicitante para que la subsane en un plazo de 10 días.
- Modificación de los datos de notificación y comunicación: Se puede modificar los datos de contacto a través de Mi carpeta.
- Ampliación de plazo: Se puede solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida.
- Desistimiento: Se puede desistir de la solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
- Renuncia: Se puede renunciar a la continuación del procedimiento en cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.