SIR Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Permite a los Sistemas Individuales de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIR) comunicar el inicio de sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco, detallando su funcionamiento y las medidas para cumplir con sus obligaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Sistemas individuales de Responsabilidad Ampliada del Productor (residuos específicos) con sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Requisitos principales
- Aportar la documentación requerida.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica admitido y preparar los documentos en formato digital antes de iniciar el trámite.
Resumen
Este trámite permite a los Sistemas Individuales de Responsabilidad Ampliada del Productor (residuos específicos) comunicar a la administración el inicio de sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Responsabilidad Ampliada del Productor es un enfoque que responsabiliza a los productores por el impacto ambiental de sus productos a lo largo de su ciclo de vida, fomentando la economía circular.
Lo que necesitas
Para realizar esta comunicación, necesitarás:
- Memoria: Con el contenido mínimo indicado en el anexo XII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, incluyendo:
- Datos de identificación del productor.
- Identificación de productos y estimación de residuos.
- Descripción de la organización del sistema de reutilización y gestión de residuos.
- Identificación de los gestores colaboradores.
- Forma de financiación de las actividades.
- Ámbito territorial de actuación.
- Procedimiento de recogida de datos.
- Documentación acreditativa del depósito de la garantía financiera (si procede).
- Copia de los contratos suscritos y acuerdos para la gestión de los residuos.
Cómo hacerlo
- Asegúrate de tener un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepara la documentación en formato digital.
- Accede al formulario online a través de INGURUNET y rellena los datos de la solicitud.
- Adjunta los documentos preparados.
- Firma y envía la comunicación.
Después de hacerlo
Una vez enviada la comunicación, podrás realizar el seguimiento de tu expediente a través de Mi carpeta.
Ayuda
- Contacto: ingurumena@euskadi.eus
- Guía: GUÍA
- Medios de identificación electrónica admitidos: Medios de identificación electrónica admitidos
Resolución y recursos
Recurso de alzada
Se puede interponer un recurso de alzada contra actos que no pongan fin a la vía administrativa o contra actos de trámite que decidan directa o indirectamente en el fondo del asunto. El plazo para interponerlo es de 1 mes si el acto es expreso y 3 meses si es presunto. La Administración tiene 3 meses para resolverlo. Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Recurso potestativo de reposición
Es un recurso administrativo para que un órgano revise un acto dictado por él mismo. Se interpone contra actos que ponen fin a la vía administrativa. El plazo es de 1 mes si el acto es expreso. La Administración tiene 1 mes para resolverlo. Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi
Se interpone contra resoluciones de reclamaciones económico-administrativas firmes en casos de error de hecho, aparición de documentos esenciales, falsedad de documentos o testimonios, o prevaricación. El plazo varía según la causa. Si en el plazo establecido no se notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
Otros trámites
A través de Mi carpeta, puede realizar los siguientes trámites:
- Desistimiento
- Requerimiento
- Renuncia
- Subsanación de la documentación
- Ampliar información
- Aportación de documentación
- Alegaciones