Programa de movilidad del personal investigador doctor (2025). - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para estancias en centros de investigación, con el fin de impulsar la movilidad geográfica del profesorado universitario y personal investigador, y mejorar sus capacidades y la competitividad de los grupos de investigación.

¿Quién puede solicitarlo?

Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación

Requisitos principales

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Tener suficiente poder de representación
  • Estar inscrito en el Registro de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
  • Estar legalmente constituido/a y autorizado/a
  • No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
  • En ningún caso podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas en la presente Orden las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
  • El disfrute de estas ayudas es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda para el mismo fin.
  • No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • No hallarse la persona candidata incursa en alguna de las restantes prohibiciones que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Duración del trámite

Seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOPV.

Resumen

Este trámite ofrece ayudas para que profesores universitarios e investigadores puedan realizar estancias en centros de investigación. El objetivo es que se muevan a otros lugares, mejoren sus habilidades y hagan más competitivos a sus grupos de investigación.

Quién puede usar este servicio

Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Antes de empezar

Es importante que el personal investigador desarrolle un proyecto que encaje con el trabajo del equipo que lo recibe o que sirva para crear relaciones científicas importantes.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Poder de Representación.
  • Certificado del cumplimiento de sus obligaciones tributarias para entidades de fuera del Estado Español.
  • Certificado del cumplimiento de obligaciones tributarias.
  • Certificado del Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • Memoria del proyecto de investigación a realizar durante la estancia.
  • Curriculum vitae del candidato o candidata.
  • Hoja de servicios prestados.
  • Certificado de estar en servicio activo en la entidad solicitante.
  • Documentación acreditativa que justifique la condición de interrupción temporal de la actividad investigadora.
  • Historial científico y académico del grupo receptor.
  • Compromiso del responsable del equipo investigador receptor de aceptación del candidato o candidata.
  • Concesión o compromiso de concesión de licencia al candidato o candidata.
  • Resumen actualizado de indicadores de calidad de la actividad investigadora del candidato.
  • Resumen actualizado de indicadores de calidad de la actividad investigadora del responsable del equipo investigador receptor.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Requisitos previos

  • Estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Tener suficiente poder de representación.
  • Estar inscrito en el Registro de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Estar al corriente con las obligaciones tributarias.
  • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas.
  • Estar legalmente constituido y autorizado.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para recibir subvenciones.

Costes y plazos

Este trámite no tiene costes asociados.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Rellena los formularios necesarios.
  2. Prepara los documentos en formato digital.
  3. Accede a la aplicación electrónica a través del botón proporcionado.
  4. Asegúrate de tener un medio de identificación electrónica válido.

Información sobre cada etapa

La solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Departamento de Educación. Es necesario disponer de un certificado electrónico. Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos, se debe firmar electrónicamente para registrarla.

Tiempos de espera

El plazo de resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez finalizada la estancia, la entidad beneficiaria debe justificar la realización de la actividad.

Plazos de resolución

El plazo para resolver es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Siguiente pasos

La entidad beneficiaria debe justificar la realización de la acción ante la Dirección de Investigación dentro del mes siguiente al término de la misma.

Ayuda

Contacto

Para cualquier duda o consulta, puedes contactar con Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía.

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Cómo se realiza el pago de la ayuda? El pago se realiza a la entidad beneficiaria en dos partes: 80% tras presentar el certificado de incorporación al centro receptor y el resto en 2025 tras presentar la documentación final.
  • ¿Cuál es el objeto de esta convocatoria? Impulsar la movilidad de investigadores y mejorar la competitividad de los grupos de investigación.
  • ¿A través de qué modalidades se desarrolla el programa de movilidad? Modalidad A para personal permanente y modalidad B para personal no permanente.
  • ¿Qué ocurre si no es posible presentar la hoja de servicios prestados? Se puede sustituir por un certificado de la entidad solicitante.
  • ¿Cuándo deben las entidades beneficiarias justificar la realización de la acción? Dentro del mes siguiente al término de la estancia.
  • ¿Cuál es el plazo de resolución? Seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV.

Preguntas frecuentes


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