Programa Complementario de Escolarización durante el curso 2024-2025. - Gobierno Vasco

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar la documentación necesaria para participar en el Programa Complementario de Escolarización durante el curso escolar 2024/2025.

¿Quién puede solicitarlo?

Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Requisitos principales

  • No estar en situación de concurso o insolvencia.
  • No haber incumplido contratos con la Administración por causas de culpabilidad.
  • No incurrir en incompatibilidades según la legislación vigente.
  • No tener residencia fiscal en paraíso fiscal.
  • Realizar la descripción técnica del proyecto.

Duración del trámite

Variable, consultar enlace proporcionado

Información adicional

Para solicitar la ayuda, es necesario disponer de un medio de identificación electrónica, preparar la documentación en formato PDF y rellenar los formularios. El seguimiento del expediente se realiza a través de <a href="https://www.euskadi.eus/micarpeta">Mi carpeta</a>.

Resumen

Este trámite permite a los centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi solicitar la documentación necesaria para el desarrollo del Programa Complementario de Escolarización durante el curso escolar 2024/2025.

A quién va dirigido

Este procedimiento está dirigido a centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Requisitos

Los centros solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
  • No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • Realizar la descripción técnica del proyecto.

Cómo hacerlo

Para solicitar la documentación, siga estos pasos:

  1. Rellene los formularios solicitados.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón: Aportar documentación. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Documentación necesaria

  • Proyecto del programa: El Programa de Escolarización Complementaria deberá contener, al menos, lo siguiente:
    1. Presupuestos pedagógicos: objetivos generales, metodología y procedimientos de evaluación.
    2. Esquema del plan de formación.
    3. Calendario ajustado al indicado por el Departamento de Educación para la Educación Secundaria Obligatoria.
    4. Horario semanal de atención al alumnado.
    5. Horario de coordinación con el centro docente en el que se encuentra matriculado el alumno o alumna.
    6. Plan de coordinación y seguimiento del alumno o alumna, establecido entre el centro docente de Educación Secundaria Obligatoria en el que está matriculado y el centro en el que realiza el programa, en el caso de que sea distinto, con determinación de las personas de referencia de cada centro.
    7. Plan de orientación.
    8. Infraestructura y recursos humanos y materiales disponibles.
    9. Presupuesto.
    10. Alumnado propuesto para el Programa, sin perjuicio del que sea asignado por Administración educativa en el caso de que el programa sea subvencionado.

Después de hacerlo

Plazo de resolución

Información sobre Conciertos Educativos disponible en: www.euskadi.eus/servicios/0168808

Efectos del silencio

Desestimatorios.

Justificación

La justificación se entregará a partir del 30 de junio de 2025 y hasta el 31 de agosto, inclusive.

Para justificar, siga estos pasos:

  1. Rellene los formularios solicitados.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través de este enlace: Mi carpeta. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Documentación necesaria para la justificación

  • Memoria Resumen del desarrollo de programa: Debe contener los siguientes puntos:
    • Breve resumen y modificaciones introducidas sobre la base del proyecto del Programa realizado para la solicitud de la subvención.
    • Objetivos conseguidos por el grupo y por cada alumno y alumna, para lo que se tomará como referencia los objetivos previstos en el proyecto del Programa.
    • Análisis de resultados, en orden a determinar la adecuación del proyecto y modificaciones necesarias en el mismo.
  • Indicadores de evaluación.

Requisitos para la justificación

  • Comunicar la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

Otros trámites

Modificación de los datos de notificación y comunicación

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.

Subsanación de la documentación

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
  3. Acceda a Mi carpeta.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.

Puede aportar:

  • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
  • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas


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