Presolicitud Programa Indartu 2025: Programa de ayudas a empresas que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de la zona margen izquierda am
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer ayudas a fondo perdido a empresas (grandes y pymes) que realicen inversiones en activos y estén ubicadas en la Zona Margen Izquierda Ampliada y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
¿Quién puede solicitarlo?
Grandes Empresas y Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios técnicos avanzados anexas a las anteriores, así como empresas de servicios logísticos (excluido el transporte) que realicen inversiones en la Zona Margen Izquierda Ampliada y otros municipios con alta tasa de desempleo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Requisitos principales
- Ser una Gran Empresa o PYME industrial extractiva, transformadora, productiva o de servicios técnicos avanzados anexos a las anteriores, o empresa de servicios logísticos (excluido el transporte).
- Las inversiones deben localizarse en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- No estar en crisis según la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis.
- No pertenecer a los sectores excluidos por el artículo 13 del Reglamento general de exención nº 651/2014.
- No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar en el Espacio Económico Europeo (EEE) durante los dos años anteriores a la solicitud, ni tener planes concretos para hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de la inversión.
- No ser una entidad que constituya la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma.
- Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente en virtud de una decisión previa de la Comisión por la que se haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Plazos
El plazo de presentación de presolicitudes se iniciará el 2 de enero de 2025 y finalizará el día de la publicación de la Orden en el BOPV.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Las presolicitudes se tramitarán electrónicamente.
Resumen
Este trámite ofrece ayudas a fondo perdido a empresas (grandes y pymes) que realicen inversiones en activos y estén ubicadas en la Zona Margen Izquierda Ampliada y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Quién puede usar este servicio:
- Grandes Empresas
- Pequeñas y Medianas Empresas (PYME)
Antes de empezar:
- Es importante tener en cuenta que la inversión no podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.
- La inversión deberá realizarse durante el año en que se presenta la solicitud, desde la fecha de su presentación, y durante los dos años naturales siguientes, en función de sus características y de sus planes empresariales.
- Las Grandes Empresas deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 1.500.000 de euros y mantenimiento de empleo; las PYMES deberán realizar una inversión admitida mínima de 200.000 € y mantenimiento de empleo. También se considerarán las inversiones de las empresas que no alcancen los mínimos de inversión admitida indicada con anterioridad, siempre que generen un mínimo de 25 empleos netos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 5 empleos netos, en el caso de Pymes.
- Los recursos propios de la empresa, excluidas las subvenciones, deben alcanzar al menos el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.
- Tanto las inversiones como la creación de empleo a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica.
Lo que necesitas
Requisitos
- Ser una Gran Empresa o PYME industrial extractiva, transformadora, productiva o de servicios técnicos avanzados anexas a las anteriores, o empresa de servicios logísticos (excluido el transporte).
- Las inversiones deben localizarse en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco identificadas en la Decisión de la Comisión (29.04.2021) sobre Ayuda Estatal nº SA 100859 (2021/N) que aprueba el Mapa de Subvenciones Regionales 2022-2027 para España.
- No estar en crisis según la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01, de 31.07.2014).
- No pertenecer a los sectores excluidos por el artículo 13 del Reglamento general de exención nº 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26.06.2014).
- No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar en el Espacio Económico Europeo (EEE) durante los dos años anteriores a la solicitud, ni tener planes concretos para hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de la inversión.
- No ser una entidad que constituya la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma.
- Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente en virtud de una decisión previa de la Comisión por la que se haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Costes y plazos
- Ayudas a fondo perdido. Para grandes empresas, el 10% de la inversión susceptible de apoyo. Para pymes, el 15% de la inversión susceptible de apoyo. El límite máximo es de 3.000.000,00 euros por empresa o grupo empresarial.
- El plazo de presentación de presolicitudes se iniciará el 2 de enero de 2025 y finalizará el día de la publicación de la Orden en el BOPV.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Acceso al servicio electrónico
Información Adicional
Para solicitar la ayuda, deberá:
- Disponer de un medio de identificación electrónica
- Preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- Rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- Acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- Cumplimentar la Solicitud
- Adjuntar los documentos y formularios preparados
- Firmar la solicitud
- Enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.
Después de hacerlo
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Ayuda
Contacto
GOBIERNO VASCO - Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
Dirección de Desarrollo y Administración Industrial
c/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: 945 01 82 63 - 945 01 82 35 – 945 01 82 46 – 945 01 98 16 – 945 01 82 14
e-mail: d-industria@euskadi.eus; c-amezaga@euskadi.eus; jorge-garcialopez@euskadi.eus; j-echezortu@euskadi.eus.