Premios Euskadi al Turismo Vasco 2024 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Reconocer públicamente la contribución a la innovación y sostenibilidad en el turismo de Euskadi, así como la trayectoria profesional de los agentes del sector.
¿Quién puede solicitarlo?
Microempresas, PYMEs, entidades locales, asociaciones y personas con trayectoria profesional en el sector turístico de Euskadi.
Requisitos principales
- Microempresas y PYMEs que presten servicios turísticos en Euskadi.
- Ayuntamientos, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública.
- Cuadrillas y mancomunidades, agencias de desarrollo, asociaciones de desarrollo rural, consorcios turísticos, fundaciones, otras entidades y asociaciones.
- Personas con amplia trayectoria profesional y con una reconocida contribución al desarrollo turístico de Euskadi.
Plazos
El plazo de presentación de candidaturas finaliza el 25 de octubre de 2024.
Duración del trámite
Un mes máximo desde la propuesta del jurado.
Información adicional
La candidatura puede ser presentada por el propio aspirante, el Departamento de Turismo, las Diputaciones Forales, entidades locales de las capitales vascas, asociaciones del sector turístico y Cámaras de Comercio Vascas.
Resumen
Los Premios Euskadi de Turismo buscan reconocer a quienes contribuyen a la innovación y sostenibilidad en el sector turístico vasco, así como la trayectoria de los profesionales del área.
Quién puede participar:
- Microempresas y PYMEs de servicios turísticos en Euskadi.
- Ayuntamientos y entidades públicas locales.
- Cuadrillas, mancomunidades, agencias de desarrollo rural, consorcios turísticos, fundaciones y otras asociaciones.
- Personas con una larga trayectoria y contribución al turismo en Euskadi.
Categorías de los Premios
- Premio Euskadi a la Innovación Turística: Para empresas que destacan por la innovación en su gestión y comercialización.
- Para empresas de hasta 10 trabajadores.
- Para empresas de más de 10 trabajadores.
- Premio Euskadi al Destino Responsable y Sostenible: Para entidades que promueven iniciativas responsables en lo social, medioambiental y económico, impulsando la accesibilidad y la inclusión.
- Premio Euskadi a la Trayectoria Profesional: Para personas que han contribuido al posicionamiento de Euskadi como destino turístico de calidad.
Cómo Presentar la Candidatura
- Rellene los formularios necesarios.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón de solicitud, asegurándose de tener un medio de identificación electrónica admitido.
Más información antes de empezar:
- Necesitará un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos en formato digital (PDF u otros formatos admitidos).
Pasos a seguir en el servicio electrónico:
- Rellene el formulario de solicitud.
- Adjunte los documentos preparados.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
Recibirá una confirmación del envío.
Puede seguir el estado de su expediente en Mi carpeta.
Documentación Necesaria
La candidatura debe incluir:
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Memoria explicativa con los méritos del candidato.
- Material gráfico promocional (videos en formato mp4 y/o imágenes libres de derechos en alta resolución) y otros documentos que acrediten los méritos.
Si falta documentación, se le requerirá que la subsane en un plazo de 10 días hábiles.
Plazo de Presentación
El plazo para presentar las candidaturas finaliza el 25 de octubre de 2024.
Resolución y Recursos
El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo resolverá en un plazo máximo de un mes desde la propuesta del jurado. La resolución se publicará en el BOPV.
Efectos del silencio administrativo: Desestimatorios.
- ORDEN de 22 de noviembre de 2024, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se resuelven los Premios Euskadi al Turismo, Comercio y Consumo Vascos, para el año 2024. (pdf , 134.17 KB) [22/11/2024]
Recurso de alzada
- Tramitación electrónica
El recurso de alzada permite pedir a un órgano administrativo que revise un acto dictado por otro órgano jerárquicamente inferior.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no ponen fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que influyen en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto o su superior jerárquico.
Plazos:
- 1 mes si el acto es expreso.
- 3 meses si el acto es presunto.
Plazo de resolución: 3 meses.
Efectos del silencio administrativo:
- Estimado si el acto recurrido es presunto.
- Desestimado si el acto recurrido es expreso.
Recursos posteriores:
- Recurso contencioso-administrativo (vía judicial).
- Recurso extraordinario de revisión (excepcionalmente).
Otros trámites
Requerimiento
- Tramitación electrónica
Para aportar documentación, rellene el formulario en la aplicación de tramitación electrónica.
Si se necesita más información, se le requerirá que la aporte en 10 días. De lo contrario, la Administración continuará con el trámite.
Puede aportar:
- Documentos requeridos por la Administración.
- Documentos que considere necesarios.
Modificación de los datos de notificación y comunicación
- Tramitación electrónica
Modifique sus datos de contacto en la sección "Mi perfil" de Mi carpeta.
Desistimiento
- Tramitación electrónica
Puede desistir de su solicitud antes de la resolución, conservando sus derechos para otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Renuncia
- Tramitación electrónica
http://www.euskadi.eus/micarpeta
Puede renunciar a la continuación del procedimiento una vez dictada la resolución, perdiendo los derechos que le amparan.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Subsanación de la documentación
- Tramitación electrónica
Si la solicitud no cumple los requisitos, se le requerirá que la subsane en 10 días. De lo contrario, se considerará que ha desistido.
Puede aportar:
- Documentos requeridos por la Administración.
- Documentos que considere necesarios.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ampliar información
- Tramitación electrónica
Para aportar documentación, rellene el formulario en la aplicación de tramitación electrónica.
Si se necesita más información, se le requerirá que la aporte en 15 días. De lo contrario, la Administración continuará con el trámite.
Puede aportar:
-
Documentos requeridos por la Administración.
-
Documentos que considere necesarios.
Aportación de documentación
- Tramitación electrónica
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (necesita un medio de identificación electrónica).
Puede aportar los documentos que considere necesarios.
Contacto
Departamento de Turismo, Comercio y Consumo
Dirección de Turismo y Hostelería
E-mail: turismoeuskadi@euskadi.eus
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
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Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa
Fundación Basque Team Fundazioa.
Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco
Delegación Territorial de Bizkaia
En esta página
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- Categorías de los Premios
- Cómo Presentar la Candidatura
- Documentación Necesaria
- Plazo de Presentación
- Resolución y Recursos
- Recurso de alzada
- Otros trámites
- Requerimiento
- Modificación de los datos de notificación y comunicación
- Desistimiento
- Renuncia
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