Premios Euskadi al Turismo Vasco 2024 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Reconocer públicamente la contribución a la innovación y sostenibilidad en el turismo de Euskadi, así como la trayectoria profesional de los agentes del sector.

¿Quién puede solicitarlo?

Microempresas, PYMEs, entidades locales, asociaciones y personas con trayectoria profesional en el sector turístico de Euskadi.

Requisitos principales

  • Microempresas y PYMEs que presten servicios turísticos en Euskadi.
  • Ayuntamientos, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública.
  • Cuadrillas y mancomunidades, agencias de desarrollo, asociaciones de desarrollo rural, consorcios turísticos, fundaciones, otras entidades y asociaciones.
  • Personas con amplia trayectoria profesional y con una reconocida contribución al desarrollo turístico de Euskadi.

Plazos

El plazo de presentación de candidaturas finaliza el 25 de octubre de 2024.

Duración del trámite

Un mes máximo desde la propuesta del jurado.

Información adicional

La candidatura puede ser presentada por el propio aspirante, el Departamento de Turismo, las Diputaciones Forales, entidades locales de las capitales vascas, asociaciones del sector turístico y Cámaras de Comercio Vascas.

Resumen

Los Premios Euskadi de Turismo buscan reconocer a quienes contribuyen a la innovación y sostenibilidad en el sector turístico vasco, así como la trayectoria de los profesionales del área.

Quién puede participar:

  • Microempresas y PYMEs de servicios turísticos en Euskadi.
  • Ayuntamientos y entidades públicas locales.
  • Cuadrillas, mancomunidades, agencias de desarrollo rural, consorcios turísticos, fundaciones y otras asociaciones.
  • Personas con una larga trayectoria y contribución al turismo en Euskadi.

Categorías de los Premios

  • Premio Euskadi a la Innovación Turística: Para empresas que destacan por la innovación en su gestión y comercialización.
    • Para empresas de hasta 10 trabajadores.
    • Para empresas de más de 10 trabajadores.
  • Premio Euskadi al Destino Responsable y Sostenible: Para entidades que promueven iniciativas responsables en lo social, medioambiental y económico, impulsando la accesibilidad y la inclusión.
  • Premio Euskadi a la Trayectoria Profesional: Para personas que han contribuido al posicionamiento de Euskadi como destino turístico de calidad.

Cómo Presentar la Candidatura

  1. Rellene los formularios necesarios.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón de solicitud, asegurándose de tener un medio de identificación electrónica admitido.

Solicitud

Más información antes de empezar:

Pasos a seguir en el servicio electrónico:

  1. Rellene el formulario de solicitud.
  2. Adjunte los documentos preparados.
  3. Firme la solicitud.
  4. Envíe la solicitud y los documentos.

Recibirá una confirmación del envío.

Puede seguir el estado de su expediente en Mi carpeta.

Documentación Necesaria

La candidatura debe incluir:

  • Formulario de solicitud cumplimentado.
  • Memoria explicativa con los méritos del candidato.
  • Material gráfico promocional (videos en formato mp4 y/o imágenes libres de derechos en alta resolución) y otros documentos que acrediten los méritos.

Si falta documentación, se le requerirá que la subsane en un plazo de 10 días hábiles.

Plazo de Presentación

El plazo para presentar las candidaturas finaliza el 25 de octubre de 2024.

Resolución y Recursos

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo resolverá en un plazo máximo de un mes desde la propuesta del jurado. La resolución se publicará en el BOPV.

Efectos del silencio administrativo: Desestimatorios.

Recurso de alzada

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

El recurso de alzada permite pedir a un órgano administrativo que revise un acto dictado por otro órgano jerárquicamente inferior.

¿Contra qué actos se interpone?

  • Actos que no ponen fin a la vía administrativa.
  • Actos de trámite que influyen en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

¿Ante qué órgano se interpone?

  • Ante el mismo órgano que dictó el acto o su superior jerárquico.

Plazos:

  • 1 mes si el acto es expreso.
  • 3 meses si el acto es presunto.

Plazo de resolución: 3 meses.

Efectos del silencio administrativo:

  • Estimado si el acto recurrido es presunto.
  • Desestimado si el acto recurrido es expreso.

Recursos posteriores:

  • Recurso contencioso-administrativo (vía judicial).
  • Recurso extraordinario de revisión (excepcionalmente).

Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Otros trámites

Requerimiento

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

Para aportar documentación, rellene el formulario en la aplicación de tramitación electrónica.

Si se necesita más información, se le requerirá que la aporte en 10 días. De lo contrario, la Administración continuará con el trámite.

Puede aportar:

  • Documentos requeridos por la Administración.
  • Documentos que considere necesarios.

Modificación de los datos de notificación y comunicación

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

Modifique sus datos de contacto en la sección "Mi perfil" de Mi carpeta.

Desistimiento

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

Puede desistir de su solicitud antes de la resolución, conservando sus derechos para otro procedimiento.

Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Renuncia

  • Tramitación electrónica

http://www.euskadi.eus/micarpeta

Puede renunciar a la continuación del procedimiento una vez dictada la resolución, perdiendo los derechos que le amparan.

Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Subsanación de la documentación

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

Si la solicitud no cumple los requisitos, se le requerirá que la subsane en 10 días. De lo contrario, se considerará que ha desistido.

Puede aportar:

  • Documentos requeridos por la Administración.
  • Documentos que considere necesarios.

Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Ampliar información

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

Para aportar documentación, rellene el formulario en la aplicación de tramitación electrónica.

Si se necesita más información, se le requerirá que la aporte en 15 días. De lo contrario, la Administración continuará con el trámite.

Puede aportar:

Aportación de documentación

  • Tramitación electrónica

Mi carpeta

Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (necesita un medio de identificación electrónica).

Puede aportar los documentos que considere necesarios.

Contacto

Departamento de Turismo, Comercio y Consumo

Dirección de Turismo y Hostelería

E-mail: turismoeuskadi@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía


Preguntas frecuentes


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