Premios Elkarlan de proyectos de cogeneración de valor público. Convocatoria 2024 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder premios a proyectos innovadores que generen valor público compartido en áreas como salud, medio ambiente, desarrollo económico, aprendizaje-cultura, cohesión social y gobernanza-cultura democrática-participación en las decisiones públicas. Además, se busca formalizar la transferencia de buenas prácticas a otros agentes.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente de la CAPV, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos principales

  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No estar sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas, ni incursa en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello.
  • No hallarse sancionada penal ni administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres.
  • Tener un plan de igualdad vigente, en el caso de empresas obligadas a tenerlo según la normativa del Estado.
  • Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado, en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras.
  • No incurrir en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes se indica en la convocatoria. Las organizaciones premiadas deberán manifestar por escrito y expresamente la aceptación del mismo en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación de la resolución de concesión.

Duración del trámite

El plazo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será con anterioridad al 16 de diciembre de 2024.

Información adicional

Las entidades candidatas pueden presentar varios proyectos, pero solo optarán a un único premio.

Resumen

Este trámite permite optar a los premios "Elkarlan" del Gobierno Vasco, que reconocen proyectos innovadores de cogeneración de valor público. Los premios están dirigidos a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en áreas como salud, medio ambiente, desarrollo económico, aprendizaje-cultura, cohesión social y gobernanza.

Quién puede usar este servicio

Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente de la CAPV, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Lo que necesitas

Requisitos principales:

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones / Fundaciones / Cooperativas / ... de la CAPV.
  • Tener suficiente poder de representación.
  • Tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No estar sancionada, administrativa o penalmente, con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas, ni incursas en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello.
  • No hallarse sancionada penal ni administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres.
  • Tener un plan de igualdad vigente, en el caso de empresas obligadas a tenerlo según la normativa del Estado.
  • Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado, en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras.
  • No podrán obtener la condición de beneficiaria del premio aquellas personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

Documentos requeridos:

Costes:

El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco.
  2. Cumplimentar el formulario de solicitud.
  3. Adjuntar la documentación requerida.
  4. Firmar y enviar la solicitud.

Información sobre cada etapa:

  • La tramitación se realiza de forma electrónica y se requiere un medio de identificación electrónica.
  • Es posible guardar el formulario y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se publicará la resolución de la convocatoria antes del 16 de diciembre de 2024.
  • Las organizaciones premiadas deberán manifestar por escrito y expresamente la aceptación del mismo en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación de la resolución de concesión.

Plazos de resolución:

El plazo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será con anterioridad al 16 de diciembre de 2024.

Siguientes pasos:

  • Si la solicitud es aprobada, se deberá aceptar el premio en el plazo indicado.
  • Se realizará el proceso de transferencia de buenas prácticas con el asesoramiento externo proporcionado.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Otros trámites

Se pueden realizar otros trámites relacionados con la solicitud, como:

  • Desistimiento: Derecho a desistir de la solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
  • Renuncia: Renunciar a la continuación de un procedimiento una vez que se haya dictado la resolución.
  • Requerimiento: Aportar documentación adicional si es requerida por la Administración.
  • Aportación de documentación: Aportar documentos que se consideren necesarios, aunque no hayan sido solicitados.
  • Modificación de los datos de notificación y comunicación: Modificar los datos de contacto en Mi carpeta.
  • Subsanación de la documentación: Subsanar la documentación si la solicitud no reúne los requisitos establecidos.

Normativa


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