Premios Elkarlan de proyectos de cogeneración de valor público. Convocatoria 2024

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder premios a proyectos innovadores que generen valor público compartido y promuevan el empoderamiento ciudadano,formalizando la transferencia de buenas prácticas a otros agentes.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente de la CAPV.

Requisitos principales

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones/Fundaciones/Cooperativas de la CAPV.
  • Tener suficiente poder de representación.
  • Tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Duración del trámite

El plazo para resolver y publicar la resolución será con anterioridad al 16 de diciembre de 2024.

Descripción

Objeto

Conceder cuatro premios a sendos proyectos que,incidiendo en los ámbitos de actuación:salud; medio ambiente; desarrollo económico; aprendizaje-cultura; cohesión social; y gobernanza-cultura democrática-participación en las decisiones públicas,promuevan de forma innovadora la generación de valor público compartido para la satisfacción de necesidades y retos sociales,siempre que sean capaces de activar procesos de empoderamiento de personas y colectivos en sus fases de diseño e implementación de los mismos.

Así mismo el objeto de los premios lo constituye la formalización de un proceso de transferencia de las buenas prácticas desarrolladas en su proyecto,en cuanto a los modos de activación del empoderamiento de personas y colectivos para participar y generar valor público compartido,a otros agentes. Estas buenas prácticas de participación ciudadana deber ser susceptibles de ser aplicadas a otros ámbitos o espacios territoriales.

Dotación presupuestaria

36.000 (euro)

Prestación económica

Se concederá un premio de 6.000 euros brutos a cada uno de los cuatro proyectos mejor valorados,más 3.000 euros para su aplicación al proceso de transferencia de las buenas prácticas.

Prestación en forma de servicios

Además de la prestación económica,los cuatro proyectos mejor valorados se beneficiarán de:

  • Asesoramiento externo durante el proceso de transferencia a otros agentes para su aplicación en otros ámbitos o espacios territoriales.
  • Difusión del proyecto premiado en los medios de información y comunicación.

A quién va dirigido

Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Información detallada
  • No estar sancionada,administrativa o penalmente,con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas,ni incursas en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello. Información detallada
  • No hallarse sancionada penal ni administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres. Información detallada
  • Tener un plan de igualdad vigente,en el caso de empresas obligadas a tenerlo según la normativa del Estado. Información detallada
  • Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado,en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras. Información detallada
  • No podrán obtener la condición de beneficiaria del premio aquellas personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones,así como en el artículo 13 de la Ley 20/2023,de 21 de diciembre,Reguladora del Régimen de Subvenciones. Información detallada

Normativa

Organismos

Organismo que convoca

  • Gobernanza,Administración Digital y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales

Organismo que resuelve

  • Gobernanza,Administración Digital y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales

Información de contacto

Zuzenean:Servicio de atención a la ciudadanía

Solicitud y aportación de documentación

Las entidades candidatas a los premios,podrán presentar cuantos proyectos consideren oportunos en solicitudes diferenciadas,no obstante lo cual optarán a un único premio.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Solicitud

Documentación específica:Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Información detallada
  • No estar sancionada,administrativa o penalmente,con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas,ni incursas en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello. Información detallada
  • No hallarse sancionada penal ni administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres. Información detallada
  • Tener un plan de igualdad vigente,en el caso de empresas obligadas a tenerlo según la normativa del Estado. Información detallada
  • Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado,en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras. Información detallada
  • No podrán obtener la condición de beneficiaria del premio aquellas personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones,así como en el artículo 13 de la Ley 20/2023,de 21 de diciembre,Reguladora del Régimen de Subvenciones. Información detallada

Requisitos específicos:Entidades sin ánimo de lucro

Más información

Para solicitar la ayuda,deberá:

  • disponer de un medio de identificación electrónica
  • preparar toda la documentación necesaria,escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
  • rellenar los formularios,si los hubiera,y guardarlos en el ordenador
  • acceder a la aplicación de tramitación electrónica en la que podrá:
  • cumplimentar el formulario de la solicitud
  • adjuntar los documentos y formularios preparados
  • firmar la solicitud
  • enviar la solicitud y la documentación aportada.

Cuando se ha realizado el envío,se muestra una pantalla con el acuse de recibo.

Medios de identificación electrónica admitidos

Resolución y recursos

Plazo de resolución

El plazo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será con anterioridad al 16 de diciembre de 2024. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución,se entenderá que la convocatoria ha sido declarada desierta.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Recurso de alzada

Mi carpeta

Más información

El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.

Título V. Capítulo II. Recursos administrativos,de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Aceptación del premio

Si está conforme con la ayuda concedida,puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

Las organizaciones premiadas deberán manifestar por escrito y expresamente la aceptación del mismo en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación de la resolución de concesión.

Tramitación electrónica

Mi carpeta

Más información

Para aceptar el premio utilizando el canal electrónico,rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.

Medios de identificación electrónica admitidos

Otros trámites

Desistimiento

Mi carpeta

Más información

Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.

Artículo 94 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Renuncia

Mi carpeta

Más información

¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?

Artículo 94 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Requerimiento

Mi carpeta

Más información

Para aportar documentación,rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.

Aportación de documentación

Mi carpeta

Más información

Para aportar documentación,acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):

Medios de identificación electrónica admitidos

Modificación de los datos de notificación y comunicación

Mi carpeta

Más información

Subsanación de la documentación

Mi carpeta

Más información

Artículo 68 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas


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