Nuevas ayudas mensuales a familias con hijas o hijos - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer apoyo económico a familias con hijos e hijas a su cargo, ya sea por nacimiento, adopción, tutela o delegación de guarda.
¿Quién puede solicitarlo?
Padres, madres, tutores/as o personas acogedoras de menores que cumplan los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Ser padre, madre, tutor/a o persona acogedora del menor.
- Cumplir con los requisitos específicos de cada tipo de ayuda (edad del menor, número de hijos, reconocimiento de discapacidad/dependencia).
- En caso de guarda y custodia compartida, presentar acuerdo entre los progenitores.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud es de 3 meses para poder cobrar la ayuda completa.
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver es de 6 meses. Si no se recibe respuesta en este tiempo, se considera que la solicitud ha sido denegada.
Información adicional
Las ayudas se dividen en diferentes tipos según la edad del hijo/a (0-3 años, 3-7 años) y la situación familiar (discapacidad, parto múltiple, adopción internacional). Los importes varían según el tipo de ayuda y la renta familiar estandarizada.
Resumen
Este trámite ofrece ayudas económicas a familias con hijas e hijos a su cargo en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las ayudas varían según la edad del menor (0-3 años y 3-7 años) y la situación familiar (nacimiento, adopción, tutela, acogimiento preadoptivo, discapacidad o dependencia).
Quién puede usar este servicio:
- Padres, madres, tutores o acogedores familiares de menores.
Antes de empezar:
- Asegúrese de cumplir los requisitos específicos de cada tipo de ayuda.
- Reúna la documentación necesaria en formato digital.
- Si opta por la tramitación electrónica, obtenga un medio de identificación electrónica admitido.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud correspondiente al tipo de ayuda (0-3 años, 3-7 años, discapacidad/dependencia).
- Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y del menor.
- En caso de representación, documentación acreditativa de la representación.
- En caso de discapacidad o dependencia, certificado de reconocimiento.
- En caso de guarda y custodia compartida, acuerdo entre los progenitores.
- Cualquier otra documentación específica que se requiera según el tipo de ayuda.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo para presentar la solicitud es de 3 meses para poder cobrar la ayuda completa.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación: Prepare todos los documentos necesarios en formato digital.
- Elija la forma de tramitación: Puede realizar el trámite de forma electrónica o presencial.
- Presente la solicitud:
- Electrónicamente: Acceda al formulario online a través de la sede electrónica de Euskadi, identifíquese con un medio de identificación electrónica admitido, complete el formulario y adjunte la documentación.
- Presencialmente: Imprima el formulario de solicitud, complételo y preséntelo en una oficina de Zuzenean o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará su solicitud y la documentación adjunta.
- Si la solicitud es correcta, se emitirá una resolución aprobando o denegando la ayuda.
- Si la solicitud es aprobada, recibirá el pago de la ayuda en la cuenta bancaria que haya indicado.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses. Si no se recibe respuesta en este tiempo, se considera que la solicitud ha sido denegada.
Siguientes pasos:
- Puede realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
- Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes si la resolución es expresa, o de tres meses si la resolución es presunta.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 012 / 945 01 80 00
- E-mail: umeak@euskadi.eus
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales:
Normativa
- DECRETO 154/2012, de 24 de julio, sobre el sistema de estandarización de la renta familiar en el marco de las políticas de familia.
- DECRETO 32/2015, de 17 de marzo, de modificación del Decreto sobre el sistema de estandarización de la renta familiar en el marco de las políticas de familia.
- DECRETO 27/2023, de 21 de febrero, de ayudas a las familias con hijas o hijos.
- ORDEN de 26 de julio de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueban la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso a las ayudas previstas en el Decreto 27/2023, de 21 de febrero, de ayudas a las familias con hijas o hijos, y las instancias normalizadas de solicitud de las citadas ayudas.