Medios de comunicación 2024 (IAGen)- Local Comarcal (CIES inf. 4.000/GOOGLE)
Información Rápida
Objetivo
Conceder subvenciones a medios de comunicación diarios para minimizar el impacto negativo de la inteligencia artificial generativa en la creación y publicación de información.
¿Quién puede solicitarlo?
Medios de comunicación privados diarios generalistas con sede o delegación en la CAE.
Requisitos principales
- Ser un medio de comunicación privado diario generalista.
- Tener sede o delegación territorial en la CAE.
- Ofrecer contenidos informativos de interés general sobre la actualidad diaria para la población de la CAE.
- Tener al menos un 15% de contenido de producción propia en la CAE.
- Disponer de al menos 5 personas trabajadoras en plantilla a 31 de diciembre de 2023.
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Esta convocatoria de subvenciones busca ayudar a los medios de comunicación diarios a mitigar los efectos negativos de la inteligencia artificial generativa en la creación y difusión de información.
Quién puede solicitarlo
Personas jurídicas privadas que sean medios de comunicación diarios generalistas con sede o delegación en la CAE.
Requisitos:
- Ser un medio de comunicación privado diario generalista (prensa escrita, medios nativos digitales, emisoras de radio o televisión).
- Tener sede o delegación territorial en la CAE.
- Ofrecer contenidos informativos de interés general sobre la actualidad diaria para la población de la CAE, o contenidos locales o comarcales de interés general para su ámbito.
- Tener al menos un 15% de contenido de producción propia en la CAE (en el caso de radio y televisión, un 15% de la programación de lunes a viernes de 7:00 a 24:00).
- Disponer de al menos 5 personas trabajadoras en plantilla a 31 de diciembre de 2023 y mantener ese nivel durante el proyecto.
Dotación presupuestaria
El importe total de las ayudas es de 7.000.000 €.
- Línea 1 (medios de ámbito de la CAE): 6.000.000 €
- Línea 2 (medios de ámbito local o comarcal): 1.000.000 €
- Sublínea 2.1 (audiencia CIES ≥ 4.000): 700.000 €
- Sublínea 2.2 (audiencia CIES < 4.000 o informe de Google Analytics): 300.000 €
Cómo solicitarlo
La solicitud se realiza de forma electrónica.
- Asegúrate de tener un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepara la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
- Accede al formulario online.
Después de la solicitud
- Resolución: El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
- Justificación: Las entidades beneficiarias deben justificar la ejecución del proyecto subvencionado antes del 16 de diciembre de 2024.
Justificación de la subvención
Las entidades beneficiarias deberán justificar la ejecución íntegra del proyecto subvencionado. Los documentos justificativos del proyecto ejecutado entre el 1 de enero de 2024 y 15 de diciembre de 2024 se podrán presentar hasta el 16 de diciembre de 2024.
Si la subvención otorgada ≥ 60.000 €, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Acreditación de haber mantenido, al menos, 5 personas trabajadoras en plantilla (Presentar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antiguo TC1) correspondiente al mes de noviembre de 2024).
- Memoria de actuación justificativa con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
- Memoria económica justificativa
- Relación clasificada de gastos (utilizar plantilla de Excel publicada)
- Presupuesto liquidado (utilizar plantilla de Excel publicada)
- Facturas y documentación acreditativa de pago
- Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación clasificada de gastos
- Los 3 presupuestos que deba de haber solicitado la entidad beneficiaria.
- En el supuesto de remanentes no aplicados, carta de pago de reintegro (teniendo en cuenta los intereses generados)
- Justificación de haber incluido la marca del Gobierno Vasco siguiendo los criterios del artículo 13.f) de las bases (desde que se da por aceptada la subvención hasta el 15 de diciembre de 2024).
Si la entidad beneficiaria cuenta con más de 50 personas trabajadoras deberá acreditar en este momento, salvo si ya lo hizo en la solicitud:
- Acreditación de haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres.
- Acreditación de que han cumplido con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o que han puesto en marcha medidas alternativas para su cumplimiento.
Si la subvención otorgada < 60.000 €, la justificación se realizará a través de la cuenta justificativa simplificada. En ese caso, la documentación a presentar será la siguiente:
- Acreditación de haber mantenido, al menos, 5 personas trabajadoras en plantilla (Presentar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antiguo TC1) correspondiente al mes de noviembre de 2024).
- Memoria de actuación justificativa con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
- Relación clasificada de gastos (utilizar plantilla de Excel publicada)
- Presupuesto liquidado (utilizar plantilla de Excel publicada)
- En el supuesto de remanentes no aplicados, carta de pago de reintegro (teniendo en cuenta los intereses generados)
- Justificación de haber incluido la marca del Gobierno Vasco siguiendo los criterios del artículo 13.f) de las bases (desde que se da por aceptada la subvención hasta el 15 de diciembre de 2024).
En este caso el órgano concedente comprobará los justificantes que estime oportunos y podrá requerir a la entidad beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto seleccionados.
Ayuda
- Contacto: No se proporciona un contacto específico, pero se puede acceder a más información a través de los enlaces detallados en cada sección.
- Normativa: