Medios Comunicación 2024 (IAGen) - CAE

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder subvenciones a medios de comunicación diarios para minimizar el impacto negativo de la inteligencia artificial generativa en la creación y publicación de información.

¿Quién puede solicitarlo?

Medios de comunicación privados diarios generalistas que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Requisitos principales

  • Ser un medio de comunicación privado diario generalista (prensa escrita, digital, radio o televisión).
  • Tener sede o delegación en la CAE.
  • Ofrecer contenidos informativos de interés general, con al menos un 15% de producción propia en la CAE.
  • Disponer de al menos 5 personas trabajadoras en plantilla a 31 de diciembre de 2023, manteniendo ese nivel durante el proyecto.

Duración del trámite

6 meses

Resumen

Esta convocatoria ofrece subvenciones para medios de comunicación diarios con el objetivo de mitigar los efectos negativos de la inteligencia artificial generativa en la producción y difusión de información.

A quién va dirigido

Medios de comunicación privados diarios generalistas que cumplan con los requisitos especificados.

Requisitos

  • Ser un medio de comunicación privado diario generalista (prensa escrita, medios nativos digitales, emisoras de radio o televisión).
  • Tener sede o delegación en la Comunidad Autónoma Vasca (CAE).
  • Ofrecer contenidos informativos de interés general, con al menos un 15% de producción propia en la CAE.
  • Disponer de al menos 5 personas trabajadoras en plantilla a 31 de diciembre de 2023, manteniendo ese nivel durante el proyecto.

Dotación presupuestaria

La dotación total es de 7.000.000 €, distribuida en dos líneas:

  • Línea 1: 6.000.000 € para medios de comunicación diarios generalistas del ámbito de la CAE.
  • Línea 2: 1.000.000 € para medios de comunicación diarios generalistas con contenidos de ámbito local o comarcal, dividida en dos sublíneas según la audiencia.

Cómo solicitar

  1. Asegúrese de tener un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda al formulario online y complete la solicitud.

Después de la solicitud

  • Plazo de resolución: 6 meses.
  • La concesión de la ayuda no es por concurrencia competitiva.
  • El silencio administrativo es desestimatorio.

Justificación

Las entidades beneficiarias deberán justificar la ejecución íntegra del proyecto subvencionado. Los documentos justificativos del proyecto ejecutado entre el 1 de enero de 2024 y 15 de diciembre de 2024 se podrán presentar hasta el 16 de diciembre de 2024.

Si la subvención otorgada ≥ 60.000 €, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Acreditación de haber mantenido, al menos, 5 personas trabajadoras en plantilla (Presentar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antiguo TC1) correspondiente al mes de noviembre de 2024).
  • Memoria de actuación justificativa con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Memoria económica justificativa
  • Relación clasificada de gastos (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • Presupuesto liquidado (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • Facturas y documentación acreditativa de pago
  • Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación clasificada de gastos
  • Los 3 presupuestos que deba de haber solicitado la entidad beneficiaria.
  • En el supuesto de remanentes no aplicados, carta de pago de reintegro (teniendo en cuenta los intereses generados)
  • Justificación de haber incluido la marca del Gobierno Vasco siguiendo los criterios del artículo 13.f) de las bases (desde que se da por aceptada la subvención hasta el 15 de diciembre de 2024).

Si la entidad beneficiaria cuenta con más de 50 personas trabajadoras deberá acreditar en este momento, salvo si ya lo hizo en la solicitud:

  • Acreditación de haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres.
  • Acreditación de que han cumplido con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o que han puesto en marcha medidas alternativas para su cumplimiento.

Si la subvención otorgada < 60.000 € , la justificación se realizará a través de la cuenta justificativa simplificada. En ese caso, la documentación a presentar será la siguiente:

  • Acreditación de haber mantenido, al menos, 5 personas trabajadoras en plantilla (Presentar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antiguo TC1) correspondiente al mes de noviembre de 2024).
  • Memoria de actuación justificativa con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Relación clasificada de gastos (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • Presupuesto liquidado (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • En el supuesto de remanentes no aplicados, carta de pago de reintegro (teniendo en cuenta los intereses generados)
  • Justificación de haber incluido la marca del Gobierno Vasco siguiendo los criterios del artículo 13.f) de las bases (desde que se da por aceptada la subvención hasta el 15 de diciembre de 2024).

En este caso el órgano concedente comprobará los justificantes que estime oportunos y podrá requerir a la entidad beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto seleccionados.

Recursos

Contra la resolución, se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes si el acto es expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

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