EVE - PROGRAMA MOVES III: Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGeneration

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Impulsar la movilidad eléctrica y el despliegue de infraestructuras de recarga en la Comunidad Autónoma Vasca, contribuyendo a la descarbonización del sector transporte y al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar estas ayudas personas físicas (autónomos o particulares), comunidades de propietarios, personas jurídicas (empresas, entidades de conservación, etc.) y entidades locales.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos específicos para cada programa de incentivos (adquisición de vehículos eléctricos o instalación de infraestructuras de recarga).
  • Realizar las actuaciones subvencionables dentro de los plazos establecidos.
  • Justificar adecuadamente las inversiones realizadas.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 28 de septiembre de 2021 hasta el 31 de julio de 2024.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

Las solicitudes se tramitarán por concurrencia sucesiva, es decir, se resolverán por orden de presentación hasta agotar el crédito presupuestario. Se permite la presentación de solicitudes en lista de reserva provisional en caso de agotamiento del presupuesto.

Resumen

Este programa ofrece ayudas para impulsar la movilidad eléctrica en la Comunidad Autónoma Vasca. Se subvenciona tanto la adquisición de vehículos eléctricos como la instalación de infraestructuras de recarga.

Quién puede usar este servicio

  • Personas físicas (autónomos o particulares)
  • Comunidades de propietarios
  • Personas jurídicas (empresas, entidades de conservación, etc.)
  • Entidades locales

Antes de empezar

Es importante revisar las bases reguladoras del programa para conocer los requisitos específicos y la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud
  • Copia del DNI o documento equivalente
  • Documentación acreditativa de la representación (si aplica)
  • Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (si es autónomo)
  • Declaración responsable de la condición de PYME (si es empresa)
  • Documentación que acredite estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
  • Declaración de otras ayudas solicitadas o percibidas
  • Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer (para el Programa de Incentivos 2)
  • Presupuesto desglosado
  • Documentos específicos según el tipo de solicitante y actuación

Requisitos previos

  • Cumplir con los requisitos específicos para cada programa de incentivos (adquisición de vehículos eléctricos o instalación de infraestructuras de recarga).
  • Realizar las actuaciones subvencionables dentro de los plazos establecidos.
  • Justificar adecuadamente las inversiones realizadas.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

Costes y plazos

  • El plazo de presentación de solicitudes es desde el 28 de septiembre de 2021 hasta el 31 de julio de 2024.
  • El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial.
  3. Realiza la actuación subvencionable.
  4. Justifica la inversión realizada.
  5. Recibe la ayuda.

Información sobre cada etapa

  • Solicitud: Se puede presentar de forma electrónica a través de la sede electrónica de Euskadi o de forma presencial en las oficinas de Correos o en los registros del Gobierno Vasco.
  • Justificación: Se debe presentar la documentación justificativa de la inversión realizada en los plazos establecidos.

Tiempos de espera

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución al interesado. Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda.

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Siguiente pasos

En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes si la resolución es expresa, o en cualquier momento si es presunta.

Ayuda

Contacto

Ente Vasco de la Energía (EVE)

Teléfono: 946 620 600

e-mail: gestionayudas@eve.eus

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

Ver sección de preguntas frecuentes.


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