Declaración responsable de inicio de la actividad de alojamiento en habitaciones de viviendas particulares para uso turístico.
Declaración responsable de inicio de la actividad de alojamiento en habitaciones de viviendas particulares para uso turístico.
Departamento / Organismo Autónomo
Turismo, Comercio y Consumo
Órgano gestor
Dirección de Turismo y Hostelería
Objeto
Cumplir con la obligación de informar a la Administración Turística del inicio de la actividad de alojamiento turístico en habitaciones de viviendas particulares para uso turístico.
Mediante este acto, la persona titular de la actividad declara responsablemente:
- Que conoce y cumple las condiciones que sea exigibles para el ejercicio de la actividad.
- que dispone de documentación que acredita el cumplimiento de dichas oblicaciones
- que pondrá dicha documentación a disposición de esta Administración cuando le sea requerida
- que se compromete a mantener el cumplimiento de las citadas obligaciones mientras desarrolle la actividad
La presentación de dicha declaración responsable de inicio de la actividad, completa, tiene como efecto inmediato la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi, registro que se regula en el artículo 24 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo y habilita desde el momento de la presentación, excepto en los casos en que se requiera normativamente una autorización administrativa específica previa, para el desarrollo de la actividad de que se trate, con una duración indefinida, sin perjuicio del cumplimiento de las otras obligaciones exigidas en otras normas que sean aplicables y de las facultades de comprobación que tengan atribuidas las administraciones competentes.
Destinatarios/as
DEBERÁN PRESENTAR ESTA DECLARACIÓN RESPONSABLE , las personas titulares de las empresas de alojamiento (o sus representantes), que pretendan ofrecer alojamiento en habitaciones de viviendas particulares para uso turístico situadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco y DEBERÁN PRESENTARLA ANTES DEL INICIO DE DICHA ACTIVIDAD.
Normativa reguladora
- Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo
- Decreto 199/2003, de 2 de septiembre, por el que se crea el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco. (Texto consolidado)
- Ley 2/1998 de 20 de febrero de la Potestad Sancionadora de las Administraciones Púiblicas del País Vasco
- Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Personas de contacto
Técnicos de Gestión Turística en las Oficinas Territoriales
OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE ÁLAVA
Samaniego 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tef.: 945 01 70 55
E-mail: turismo-araba@euskadi.eus
OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE BIZKAIA
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tef.: 944 03 14 78
E-mail: turismo-bizkaia@euskadi.eus
OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE GIPUZKOA
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastian
Tef.: 943 02 25 64
E-mail: turismo-gipuzkoa@euskadi.eus
· Declaración responsable.
· Fotocopia del DNI de la persona que firma la declaración
· Plano a escala, elaborado por personal técnico competente, indicando destino y superficie útil (excluídas las terrazas, balcones o tendederos), distribución y número máximo de plazas.
· Fotos de la fachada e interior
· Además de disponer de la siguiente documentación para ser aportada en caso de requerimiento:
- Si la declaración se ha presentado mediante representante, documento que acredite dicha representación.
- Documento que acredite el derecho de uso y disfrute o gestión sobre la vivienda (escrituras de propiedad, contrato de arrendamiento, encargo de gestión de la actividad documento de constitución de la comunidad de bienes u otros documentos análogos.
- En el suspuesto de que sea varias las personas que ostenten el derecho de uso y disfrute sobre la vivienda (cotitularidad, comunidad de bienes, arrendamiento o usufructo a favor de más de una persona, etc) documento firmado por todas ellas en el que designen a la persona titular de la actividad alojativa.
- Cuando la persona titular de la actividad no sea propietaria de la vivienda, acreditación de haber comunicado a la persona o personas propietarias el ejercicio de la actividad turística en la vivienda.
- Certificado de empadronamiento de todas las personas empadronadas en la vivienda en la que se ejerza la actividad, durante todo el tiempo de ejercicio de la misma.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil y último recibo de pago.
Tasas a aplicar
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Plazo de presentacionDurante todo el año.
Lugar presentación solicitudes
Organismos autorizados.
Oficina Territorial de Turismo y Comercio correspondiente.
Sede electrónica del Gobierno Vasco:www.euskadi.eus
Descripción de los trámites
- Presentación de la declaración responsable ( y de la documentación respectiva señalada en el apartado "documentación a aportar");a continuación, la persona titular puede iniciar la actividad turística.
- Inscripción en el registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi y comunicación del número de registro (signatura)
- La Oficina Territorial solicita al respectivo ayuntamiento informe de cumplimiento de normativa (en caso de no haberlo pedido anteriormente).
- El/la Técnico/a analiza la documentación, realiza una visita al establecimiento y elabora un informe de adecuación del proyecto a la normativa turística.
- En el caso de que el informe técnico sea favorable, comunicación de la Directora de Turismo y Hostelería, del fin de la tramitación al titular de la actividad, informándole de los datos registrados y también del número de registro (signatura).
- En el caso de que el informe técnico sea desfavorable,
- Si se constata la existencia de alguna "inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial" en los datos que aparecen en los siguientes subapartados (ver art.21.4 Ley 13/2016, y art. 9.4 del decreto regulador) o la disponibilidad de su respectiva documentación acreditativa, o el incumplimiento de los requisitos exigibles, se iniciaría el procedimiento de petición de alegaciones al titular de la actividad, previo a la resolución de baja y cncelación de la inscripción e iniciación de expediente sancionador (procedimiento señalado en los art. 21.2. y 21.3 de la Ley 13/2016):
- Los datos que afecten a la acreditación de la personalidad de la persona titular del la actividad turística.
- Los que pudieran implicar riesgo para la seguridad de las personas y, en especial, en materia de prevención y protección contra incendios.
- Los relativos a los seguros exigibles de conformidad con el respectivo decreto regulador.
- La capacidad de la vivienda.
- Si se constata la existencia de alguna "inexactitud, falsedad u omisión de carácter NO esencial" (ver art.21.5. Ley 13/2016 y el art. 9.4 del decreto regulador considerándose no esenciales los excluidos en dichos artículos), se le requerirá su subsanación, tras la cual,
- Si no subsana el defecto, se podrá iniciar un procedimiento de modificación de Registro o de cese de actividad.
- Si subsana la deficiencia identificada, y acredita la conformidad de la actividad, se notificará la titular de la actividad el fin de la tramitación informándole de los datos registrados y también del número de registro (signatura).
Órgano que resuelve
La Dirección de Turismo y Hostelería.
Plazo de resolución
No existe plazo para la notificación de fin de tramitación
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Solicitud de ampliación de plazo para aportar la documentación requerida (DOT, 193 KB).
Otros documentos
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Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
11/06/2018
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto
Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao
Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional
Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria
Artatzu Goiko Irale Irakastegia
Camino Artazu 5, 48003, Bilbao
Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria
Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi
Centro Territorial de Gipuzkoa
Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián
Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos
Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao
Delegacion Territorial de Araba-Educacion
Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz
Cip Samaniego IPI
Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz
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Calle Asturias 9, 48015, Bilbao
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Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo
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Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Bizkaia
Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao