Consultas Previas sobre apartamentos turísticos
Consultas Previas sobre apartamentos turísticos
Departamento / Organismo Autónomo
Turismo, Comercio y Consumo
Órgano gestor
Dirección de Turismo
Objeto
Ofrecer una indicación orientativa de la posible clasificación del establecimiento, es decir sobre el posible tipo de alojamiento y en su caso, sobre su grupo, modalidad, categoría, y especialidad; y aportar información sobre normativa turística, para cumplir con los deberes de información y orientación consignados en el artículo 35.g) de la Ley 30/1992
Destinatarios/as
PODRÁN PRESENTAR ESTA CONSULTA SOBRE SU POSIBLE CLASIFICACIÓN, previamente a la presentación de la declaración responsable de dedicación a la actividad alojativa, todos los establecimientos que pretendan ofrecer alojamiento, mediante precio, de forma habitual y profesional, con o sin otros servicios complementarios, en establecimientos de apartamentos turísticos situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco
Tambien podrán presentar una consulta previa de LOS PROYECTOS DE MODIFICACIONES SUSTANCIALES, aquellos establecimientos turísticos de alojamiento en apartamentos turísticos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que pretendan modificar sus instalaciones de infraestructura o características que fueron originalmente declaradas a la Administración turística por medio de la declaración responsable de inicio de la actividad de alojamiento. Estas modificaciones, para ser objeto de esta comunicación, han de considerarse ?modificaciones sustanciales?, es decir, han de afectar a su superficie, capacidad o a su propia clasificación como tal (p.e., cambio de modalidad de bloque a conjunto, cambio de categoría, etc.), excluyéndose el resto de modificaciones, tales como el cambio de titular, el cambio de denominación de la empresa, etc.
Normativa reguladora
- Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo
- DECRETO 6/2015, de 27 de enero, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros, y de tercera modificación del Decreto por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Empresas Turísticas del País Vasco.
- DECRETO 198/2013, de 16 de abril, por el que se regulan los apartamentos turísticos
- Decreto 199/2003, de 2 de septiembre, por el que se crea el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco.
- Decreto 178/2006, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 199/2003.
- Decreto de modificación de las disposiciones reguladoras de las empresas y establecimientos turísticos en la CAPV.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Personas de contacto
Técnicos de Gestión Turística en las Delegaciones Territoriales
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y COMPETITIVIDAD DE ÁLAVA
Samaniego 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tef.: 945 01 70 55
E-mail: gema-etxenike@euskadi.eus
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y COMPETITIVIDAD DE BIZKAIA
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tef.: 944 03 14 78
E-mail: a-lekue@euskadi.eus
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y COMPETITIVIDAD DE GIPUZKOA
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastian
Tef.: 943 02 25 64
E-mail: m-etxebeste@euskadi.eus
- Solicitud de consulta previa.
- Memoria.
- Plano/s del alojamiento a escala 1:100, indicando el destino, superficie de cada dependencia, instalaciones y servicios generales.
Tasas a aplicar
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Plazo de presentacionDurante todo el año.
Lugar presentación solicitudes
Organismos autorizados.
Delegación Territorial correspondiente.
Documentación que debe presentar
Descripción de los trámites
- Presentación de la documentación en la Delegación Territorial.
- Análisis de la documentación por parte del Técnico/a; si la documentación es incompleta, se requiere aporte de documentación complementaria.
- El Técnico/a elabora un informe de adecuación del proyecto a la normativa turística y la propuesta de respuesta.
- Elaboración de la respuesta y aprobación de la misma por parte de la Dirección Territorial.
- Comunicación a la persona solicitante.
Órgano que resuelve
Delegado/a Territorial.
Plazo de resolución
Tres meses tras efectuar la consulta.
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Solicitud de ampliación de plazo para aportar la documentación requerida
Documentación que debe presentar
Otros documentos
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Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
01/02/2017
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto
Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao
Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional
Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria
Artatzu Goiko Irale Irakastegia
Camino Artazu 5, 48003, Bilbao
Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria
Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi
Centro Territorial de Gipuzkoa
Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián
Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos
Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao
Delegacion Territorial de Araba-Educacion
Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz
Cip Samaniego IPI
Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz
Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa
Calle Asturias 9, 48015, Bilbao
Fundación Basque Team Fundazioa.
Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo
Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco
Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Bizkaia
Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao