Ayudas económicas a las mujeres víctimas de la violencia de género 2025 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Esta ayuda económica está destinada a mujeres que han sufrido violencia de género por parte de su pareja o expareja. Su objetivo es facilitar su independencia económica y promover su inclusión social, ayudándolas a superar la situación de maltrato.

¿Quién puede solicitarlo?

Mujeres víctimas de violencia de género ejercida por su pareja o expareja.

Requisitos principales

  • Haber finalizado la relación de pareja con el agresor.
  • Poseer una credencial como víctima de violencia de género vigente.
  • Estar empadronada y residir en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante al menos 6 meses ininterrumpidos.
  • Estar desempleada y no tener contrato de trabajo.
  • No tener deudas con la hacienda foral ni con la Seguridad Social.
  • No superar un tope económico de ingresos, equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La ayuda se paga en un único plazo tras la resolución de concesión. El importe varía según el número de personas a cargo y si tienen discapacidad.

Resumen

Esta ayuda económica está destinada a mujeres que han sufrido violencia de género por parte de su pareja o expareja. El objetivo es facilitar su independencia económica y promover su inclusión social, ayudándolas a superar la situación de maltrato.

Quién puede usar este servicio:

  • Mujeres víctimas de violencia de género.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Haber finalizado definitivamente la relación de pareja con el agresor o presunto agresor.
  • Poseer una credencial como víctima de violencia de género que esté en vigor en el momento de la solicitud.
  • Estar empadronada y con residencia efectiva en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con una antigüedad de al menos 6 meses ininterrumpidamente.
  • Estar desempleada, no tener contrato de trabajo.
  • Esta ayuda es incompatible con la percepción de la Renta Activa de Inserción para víctimas de violencia de género y el subsidio por desempleo para víctimas de violencia de género.
  • No tener deudas ni con la hacienda foral correspondiente ni con la Seguridad Social.
  • No superar un tope económico de ingresos, equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que esté vigente, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación: Reúne la documentación necesaria y asegúrate de cumplir los requisitos.
  2. Solicitud: Puedes realizar la solicitud de forma electrónica o presencial.
    • Tramitación electrónica:
      1. Rellena los formularios solicitados.
      2. Prepara la documentación requerida en formato digital.
      3. Accede a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud.
    • Tramitación presencial:
      1. Rellena los formularios solicitados.
      2. Prepara la documentación requerida.
      3. Accede a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud.
      4. Imprime el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.
  3. Presentación: Presenta la solicitud y la documentación en el lugar correspondiente.

Información sobre cada etapa:

Tiempos de espera:

  • El plazo de resolución es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se valorará si cumples con los requisitos.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Siguiente pasos:

  • Si la resolución es favorable, recibirás el pago de la ayuda en un único plazo.
  • Si la resolución es desfavorable, podrás interponer un recurso de alzada.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Otros trámites

  • Subsanación de la documentación: Si la solicitud no reúne los requisitos, se te requerirá que la subsanes en el plazo de 10 días. Mi carpeta
  • Renuncia: Puedes renunciar a la continuación del procedimiento en cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución. Mi carpeta
  • Modificación de los datos de notificación y comunicación: Puedes modificar tus datos de contacto en Mi carpeta.
  • Desistimiento: Puedes desistir de tu solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. Mi carpeta
  • Ampliación de plazo: Puedes solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida. Mi carpeta

Resolución y recursos

  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Tipo de concesión de la ayuda: No concursal
  • Efectos del silencio: Desestimatorios
  • Recurso de alzada: Puedes interponer un recurso de alzada contra los actos que no pongan fin a la vía administrativa. Mi carpeta

Preguntas frecuentes


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