Ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de Centros Docentes de enseñanza no universitaria (2024). - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Concesión de ayudas económicas a cooperativas de enseñanza no universitaria para cubrir gastos relacionados con actividades que mejoren la salud emocional del alumnado, la convivencia, el uso del euskera, la competencia digital y la motivación escolar.
¿Quién puede solicitarlo?
Cooperativas de enseñanza de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan los niveles educativos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Formación Profesional y Bachillerato, constituidas conforme a derecho, cuyos fines se adecuen a la vigente normativa y que estén incluidas en el Registro correspondiente de cooperativas y calificadas como de enseñanza.
Requisitos principales
- No estar incurso en las prohibiciones para recibir subvenciones según la Ley 20/2023.
- No estar sancionado por discriminación de sexo.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Estar al corriente de pago por reintegro de subvenciones.
- Cumplir con la Ley 4/2023 para la igualdad de las personas trans y LGTBI.
- No estar recibiendo otra ayuda para la misma finalidad.
- Estar inscrito en el Registro de Cooperativas de Enseñanza.
- Impartir los niveles educativos requeridos (Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria, ESO, Formación Profesional y Bachillerato).
- Estar constituido conforme a derecho.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Para que la Administración pueda realizar el pago de las subvenciones, la entidad beneficiaria deberá constar en el Registro de terceros del Gobierno Vasco. Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado deberá dirigirse al Registro electrónico de terceros proporcionado por el Gobierno Vasco, en la siguiente dirección <a href="https://www.euskadi.eus/altaterceros/">https://www.euskadi.eus/altaterceros</a>.
Resumen
Este trámite permite a las cooperativas de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco solicitar ayudas económicas para cubrir gastos relacionados con actividades que mejoren la salud emocional del alumnado, la convivencia, el uso del euskera, la competencia digital y la motivación escolar.
Quién puede usar este servicio
Cooperativas de enseñanza de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan los niveles educativos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Formación Profesional y Bachillerato, constituidas conforme a derecho, cuyos fines se adecuen a la vigente normativa y que estén incluidas en el Registro correspondiente de cooperativas y calificadas como de enseñanza.
Antes de empezar
Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Memoria de la actividad.
- Anexo II: Memoria económica.
- Anexo III: Relación de facturas.
- Facturas y justificantes de pago.
- Otorgamiento de representación (si aplica).
Requisitos previos
- Estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Enseñanza.
- Impartir los niveles educativos requeridos (Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria, ESO, Formación Profesional y Bachillerato).
- Estar constituidas conforme a derecho.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Costes y plazos
El trámite es gratuito. El plazo de resolución es de 6 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Rellenar los formularios solicitados.
- Preparar la documentación requerida en formato digital.
- Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón, asegurándose de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Información sobre cada etapa
La solicitud se realiza de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco.
Tiempos de espera
El plazo de resolución es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución a los interesados.
Plazos de resolución
El plazo de resolución es de 6 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden.
Siguiente pasos
En caso de concesión, se realizará el pago de la subvención. En caso de denegación, se podrá interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales
Preguntas frecuentes
Ver sección de preguntas frecuentes.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto
Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional
Artatzu Goiko Irale Irakastegia
Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria
Centro Territorial de Gipuzkoa
Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos
Delegacion Territorial de Araba-Educacion
Cip Samaniego IPI
Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa
Fundación Basque Team Fundazioa.
Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco
Delegación Territorial de Bizkaia
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración