Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Subvención a entidades colaboradoras. Lehen Aukera 2025. - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder ayudas a empresas vascas para la contratación de jóvenes desempleados con poca experiencia, en empleos relacionados con su titulación, mejorando así su empleabilidad e inserción laboral.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades colaboradoras de Lanbide para la captación, registro y gestión de ofertas de empleo y para las actuaciones de gestión y seguimiento del proceso de transición.

Requisitos principales

  • No haber sido condenado por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
  • No haber sido condenado o sancionado con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, ni haber sido declarado insolvente.
  • No estar incurso en incompatibilidades según la Ley 53/1984 y la Ley 1/2014.
  • No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener obligaciones de reintegro pendientes de pago en materia de subvenciones.
  • No haber sido sancionado por discriminación por razón de sexo o incumplimiento de la normativa en materia de igualdad.
  • No estar incurso en causa legalmente establecida que impida el acceso a ayudas o subvenciones.
  • No haber sido sancionado por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022 o en la Ley 10/2021.
  • Cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad o adoptar medidas alternativas.
  • No ser una asociación incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002.
  • No ser una asociación respecto de la que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal.
  • Comprometerse a no incurrir en deslocalización empresarial.

Plazos

El plazo para solicitar la subvención es del 1 al 17 de noviembre de 2025. Las entidades que no tengan la condición de entidad colaboradora deberán solicitar el reconocimiento previo entre el 28 de diciembre de 2024 y el 31 de julio de 2025.

Duración del trámite

6 meses desde la presentación de la solicitud

Información adicional

Las solicitudes se estudiarán por orden de presentación y se resolverán ordenadamente en función del momento en el que el expediente esté completo hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.

Resumen

Este trámite regula las ayudas para la contratación de jóvenes desempleados por empresas vascas. El objetivo es mejorar la empleabilidad de los jóvenes a través de la adquisición de experiencia profesional.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades colaboradoras de Lanbide.

Antes de empezar:

  • Las entidades que no sean colaboradoras de Lanbide deben solicitar el reconocimiento previo entre el 28 de diciembre de 2024 y el 31 de julio de 2025.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Si ha gestionado ofertas de empleo: Relación de las ofertas de empleo registradas y/o gestionadas, con las personas contratadas en cada una de ellas al amparo de la presente convocatoria.
  • Si ha realizado la gestión y seguimiento del proceso de transición: Relación con las personas contratadas y las empresas contratantes al amparo de la presente convocatoria.
  • Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante no sea una entidad de derecho público y tenga ánimo de lucro: Certificación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada o documentación alternativa según la normativa contable.

Requisitos previos:

  • Cumplir con los requisitos legales y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para recibir ayudas públicas.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar el reconocimiento como entidad colaboradora (si es necesario).
  2. Presentar la solicitud de ayuda a través de la sede electrónica de Euskadi entre el 1 y el 17 de noviembre de 2025.
  3. Aportar la documentación requerida.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se realiza online a través de la sede electrónica.
  • Es necesario disponer de certificado electrónico.

Tiempos de espera:

  • El plazo de resolución es de 6 meses desde la presentación de la solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se notifica la resolución de la ayuda.
  • Se realiza el pago de la subvención en un único pago tras la resolución.

Plazos de resolución:

  • 6 meses desde la presentación de la solicitud.

Siguientes pasos:

  • En caso de disconformidad con la resolución, se puede interponer recurso de alzada.

Ayuda

Contacto:

  • Información general: 945160601
  • Correo electrónico: lehenaukera@lanbide.eus
  • Servicio Fomento de Empleo: 945 181327 / 945 181338

Recursos adicionales:

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