Ayudas de Extrema Necesidad 2024 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Concesión de ayudas económicas a Centros Vascos para cubrir necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero durante el año 2024.
¿Quién puede solicitarlo?
Centros Vascos que atiendan a personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero.
Requisitos principales
- Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de otras fuentes de financiación para la misma finalidad.
- No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores relacionados con ayudas o subvenciones de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- No hallarse sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Es un derecho de la ciudadanía no presentar documentos no exigidos o que ya estén en poder de la Administración. El seguimiento del expediente se puede realizar a través de <a href="https://www.euskadi.eus/micarpeta">Mi carpeta</a>.
Resumen
Este trámite permite solicitar prestaciones económicas para Centros Vascos, destinadas a cubrir necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero durante el año 2024.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Modelo de solicitud (incluido en la Resolución de convocatoria).
- Declaración de otras fuentes de financiación (si procede).
- Declaración de las ayudas que se han recibido, sujetas a régimen de minimis (si procede).
Requisitos previos
- Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad.
- No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
- No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas.
Costes y plazos
- Este trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Rellene e imprima los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Información sobre cada etapa
- La solicitud se puede presentar de forma presencial.
- Para cumplimentar el formulario, siga las instrucciones proporcionadas según actúe en nombre propio o en representación de una persona o entidad.
Después de hacerlo
Qué sucede después
- La resolución será notificada en un plazo máximo de 6 meses.
- El tipo de concesión de la ayuda es concursal.
- Si no recibe respuesta en 6 meses, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
Siguientes pasos
- En caso de disconformidad con la resolución, puede interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto
- Organismo que convoca y resuelve: Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global.
Recursos adicionales
- DECRETO 222/2003, de 30 de septiembre, por el que se regula el régimen de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero.
- RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2024, del Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se convocan prestaciones económicas a centros vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las colectividades vascas en el extranjero, para el año 2024.
- Delegaciones de Euskadi en el exterior
- Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.