Ayudas al valor añadido, economía circular y seguridad alimentaria 2024 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Fomentar la competitividad de las empresas pesqueras de la CAPV, impulsando el valor añadido o la calidad de los productos pesqueros a través de inversiones que incrementen el valor de los productos de la pesca o inversiones innovadoras a bordo que mejoren la calidad de los productos de la pesca.

¿Quién puede solicitarlo?

Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes, que realicen inversiones para incrementar el valor de los productos de la pesca o inversiones innovadoras a bordo que mejoren la calidad de los productos.

Requisitos principales

  • Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • En el caso de personas físicas, tener vecindad administrativa en la CAPV en el año anterior a la solicitud.
  • En el caso de personas jurídicas, tener la sede social en la CAPV.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujeto a intervención judicial o no haber sido inhabilitado conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

Plazos

Los plazos de presentación de solicitudes se establecen en la convocatoria anual.

Duración del trámite

La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.

Información adicional

Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas para fomentar la competitividad de las empresas pesqueras en la CAPV, impulsando el valor añadido o la calidad de los productos pesqueros. Las ayudas se dirigen a inversiones que incrementen el valor de los productos de la pesca o inversiones innovadoras a bordo que mejoren la calidad de los productos.

Quién puede usar este servicio

Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes, que realicen inversiones para incrementar el valor de los productos de la pesca o inversiones innovadoras a bordo que mejoren la calidad de los productos.

Antes de empezar

Es importante revisar los requisitos específicos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud.
  • Documentación adicional que se especifique en la convocatoria.

Requisitos previos

  • Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • En el caso de personas físicas, tener vecindad administrativa en la CAPV en el año anterior a la solicitud.
  • En el caso de personas jurídicas, tener la sede social en la CAPV.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujeto a intervención judicial o no haber sido inhabilitado conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • Los plazos de presentación de solicitudes se establecen en la convocatoria anual.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios según la convocatoria.
  2. Presentación de la solicitud: Puedes realizar la solicitud de forma electrónica o presencial.
    • Electrónica: Accede a la sede electrónica de Euskadi y sigue las instrucciones.
    • Presencial: Presenta la documentación en las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura o en las oficinas de Zuzenean.

Información sobre cada etapa

  • Tramitación electrónica: Para realizar la tramitación electrónica, es necesario disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  • Tramitación presencial: Para realizar la tramitación presencial, puedes acudir a las oficinas indicadas en el apartado de solicitud y aportación de documentación.

Tiempos de espera

La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se dictará una resolución. La resolución se notificará a la persona interesada.

Plazos de resolución

La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.

Siguiente pasos

En caso de que la resolución sea favorable, se procederá al pago de la ayuda. En caso de que la resolución sea desfavorable, se podrá interponer un recurso de alzada.

Ayuda

Contacto

Dirección de Pesca y Acuicultura Iñaki Zubiete Teléfono: 944 03 14 62 Email: i-zubiete@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas? Las ayudas están destinadas a pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes.
  • ¿Dónde deben realizarse las inversiones subvencionables? Las inversiones deben realizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques con puerto base en la misma.
  • ¿Cuál es el plazo de resolución del procedimiento? El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la presentación completa de la solicitud.
  • ¿Qué ocurre si no se notifica la resolución en el plazo establecido? Si transcurre el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, la solicitud se entenderá estimada.
  • ¿Qué tipo de recurso se puede interponer contra la resolución? Se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
  • ¿Cuál es el plazo para interponer un recurso de alzada? El plazo para interponer el recurso de alzada es de 1 mes si el acto es expreso y de 3 meses si es presunto.
  • ¿Qué ocurre si la Administración no resuelve el recurso de alzada en el plazo establecido? El recurso de alzada se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto y desestimado si es expreso, en caso de no notificarse la resolución en el plazo de 3 meses.
  • ¿Es necesario realizar algún trámite adicional para recibir el pago de la ayuda? Es necesario estar dado de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco para poder recibir el pago de la ayuda.

Preguntas frecuentes


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