Ayudas al servicio de asesoramiento específico para las explotaciones acuícolas 2025 - Gobierno Vasco

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Esta ayuda busca mejorar el rendimiento y la competitividad de las explotaciones acuícolas, así como reducir su impacto ambiental negativo, mediante la creación de servicios de gestión y la obtención de asesoramiento técnico, científico, jurídico, medioambiental o económico.

¿Quién puede solicitarlo?

Explotaciones acuícolas que busquen mejorar su rendimiento y competitividad, y reducir su impacto ambiental.

Requisitos principales

  • Dirigido a explotaciones acuícolas.
  • Cumplir con los requisitos específicos establecidos en la normativa reguladora.

Plazos

Los plazos para la presentación de la solicitud se establecerán en la convocatoria correspondiente.

Duración del trámite

La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.

Información adicional

Para realizar el pago de las ayudas, es necesario estar dado de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco. Se puede realizar el alta o modificación de datos de forma electrónica o presencial.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas para mejorar el rendimiento y la competitividad de las explotaciones acuícolas, así como reducir su impacto ambiental. Las ayudas están dirigidas a la creación de servicios de gestión y la obtención de asesoramiento técnico, científico, jurídico, medioambiental o económico.

Lo que necesitas

  • Documentación requerida: La documentación específica dependerá del tipo de trámite que se realice (solicitud, recurso, etc.). Se indicará en el formulario correspondiente.
  • Requisitos:
    • Dirigido a explotaciones acuícolas.
    • Cumplir con los requisitos específicos establecidos en la normativa reguladora.
  • Costes: Este trámite no tiene coste.

Cómo hacerlo

  1. Solicitud: La solicitud puede realizarse de forma electrónica o presencial.
    • Tramitación electrónica: Se requiere un medio de identificación electrónica. Se puede acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud".
    • Tramitación presencial: Se puede acceder al formulario de solicitud a través del botón "Solicitud" y presentarlo en los lugares indicados.
  2. Aportación de documentación: Se puede aportar documentación adicional a través de Mi carpeta o de forma presencial.
  3. Subsanación: Si la solicitud no cumple con los requisitos, se requerirá su subsanación en un plazo de 10 días.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
  • Recursos: Se puede presentar un recurso de alzada contra la resolución en el plazo de un mes si el acto es expreso, y de tres meses si es presunto.

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