Ayudas a Municipios para proyectos en materia de Convivencia y Derechos Humanos para el año 2025 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Financiar proyectos de municipios y entidades locales del País Vasco que promuevan la convivencia, el respeto a los derechos humanos, la empatía y la solidaridad.
¿Quién puede solicitarlo?
Municipios y demás Entidades Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Requisitos principales
- Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
- No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
- Tener suficiente poder de representación.
Plazos
La justificación de la subvención deberá presentarse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la ejecución de la actividad, y siempre antes del 1 de octubre de 2025.
Duración del trámite
6 meses máximo
Información adicional
El abono de las subvenciones se realizará en dos pagos: el primero, de hasta un 50% de la cantidad adjudicada, se realizará de forma inmediata una vez transcurrido el plazo expresado en el artículo 14.2, sin mediar renuncia de la persona interesada, siendo abonado el porcentaje restante una vez justificado el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos, del modo establecido en el artículo 13 del Decreto.
Resumen
Este trámite permite a los ayuntamientos y entidades locales del País Vasco solicitar ayudas para financiar proyectos que fomenten la convivencia, el respeto a los derechos humanos, la empatía y la solidaridad.
Quién puede usar este servicio:
- Municipios y entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Antes de empezar:
- Asegúrese de disponer de un certificado electrónico.
- Prepare la documentación necesaria en formato digital.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud.
- Anexo-II-Memoria-del-proyecto.pdf.
- Poder de representación (si se identifica con certificado de persona física).
- Formulario "Otras fuentes de financiación" (si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado).
Requisitos previos:
- Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
- No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador relacionado con ayudas o subvenciones de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Tener suficiente poder de representación.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
- La justificación de la subvención debe presentarse en un plazo máximo de un mes desde la ejecución de la actividad, y siempre antes del 1 de octubre de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Rellene los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Información sobre cada etapa:
- Para acreditar suficiente poder de representación, si se identifica con un certificado de persona física, deberá aportar una certificación expedida por el secretario o la secretaria del ayuntamiento o Entidad Local que acredite la representación de la persona firmante de la solicitud.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La resolución será notificada a las entidades interesadas en un plazo máximo de 6 meses.
- La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Siguientes pasos:
- Una vez recibida la resolución, en caso de concesión de la ayuda, deberá justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos.
Ayuda
Contacto:
- Nora Unzueta 945 019 085
- Rosa Valbuena 945 016 624
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales:
Otros trámites
- Subsanación de la documentación: Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se le requerirá que la subsane en un plazo de 10 días. Acceda a Mi carpeta para realizar la subsanación.
- Modificación de los datos de notificación y comunicación: Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.