Ayudas a Municipios para proyectos en materia de Convivencia y Derechos Humanos para el año 2024
Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Objetivo
Financiar proyectos de municipios y entidades locales del País Vasco que promuevan la convivencia y los derechos humanos.
¿Quién puede solicitarlo?
Municipios y entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Requisitos principales
- Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
- No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
- Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
Duración del trámite
Máximo 6 meses para la resolución desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Resumen
Esta convocatoria ofrece ayudas económicas a municipios y otras entidades locales del País Vasco para financiar proyectos que fomenten la convivencia, el respeto a los derechos humanos, la empatía y la solidaridad en la sociedad. Los proyectos deben desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y el 1 de septiembre de 2025.
A quién va dirigido
Ayuntamientos y otras entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Lo que necesitas
- Requisitos:
- Comunicar cualquier otra ayuda o subvención recibida para el mismo fin.
- No estar incurso en un procedimiento de reintegro o sancionador relacionado con ayudas similares.
- Documentación:
- Si se dispone de otras fuentes de financiación, se debe aportar el formulario "Otras fuentes de financiación".
- Certificación del secretario del ayuntamiento que acredite la representación de la persona firmante (si se identifica con certificado de persona física).
Cómo hacerlo
- Preparación:
- Rellenar los formularios necesarios.
- Preparar la documentación requerida en formato digital.
- Disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Solicitud:
- Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
- Cumplimentar la solicitud.
- Adjuntar los documentos y formularios preparados.
- Firmar y enviar la solicitud.
Después de hacerlo
- La resolución se notificará en un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- El abono de la subvención se realizará en dos pagos: un primer pago de hasta el 50% trascurrido el plazo del artículo 14.2, y el resto una vez justificado el cumplimiento de la finalidad.
Ayuda
- Contacto:
- Nora Unzueta 945 019 085
- Rosa Valbuena 945 016 624
- Laura Pérez 945 016 622
- Verónica Domingo 945 019 089
- Zuzenean: <a href="https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/"">Servicio de atención a la ciudadanía
Normativa
- Normativa reguladora: <a href="https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2018/05/1802397a.pdf"">Decreto 57/2018, de 24 de abril
- Normativa de la convocatoria: <a href="https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2024/05/2402405a.pdf"">RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2024