Ayudas a los proyectos de desarrollo, validación y demostración de la iniciativa Medtech de la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias, BIOEF

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Establecer las bases de las ayudas correspondientes al año 2024 de la iniciativa Medtech a proyectos de desarrollo,validación y demostración de tecnologías sanitarias,con actividades entre los TRL 6 y 9. Contribuir al desarrollo,validación y/o demostración de productos/tecnologías/servicios desarrollados por empresas en colaboración con agentes de la Red Vasca de Ciencia y Tecnología.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que lleven a cabo una actividad empresarial en Euskadi,que cumplan los requisitos para las microempresas,pequeñas y medianas empresas y grandes empresas.

Requisitos principales

  • Llevar a cabo una actividad empresarial en Euskadi.
  • Cumplir los requisitos para ser considerada microempresa,pequeña,mediana o gran empresa.

Duración del trámite

6 meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Objeto

El objeto de esta convocatoria es establecer las bases de las ayudas correspondientes al año 2024 de la iniciativa Medtech a proyectos de desarrollo,validación y demostración de tecnologías sanitarias,con actividades entre los TRL 6 y 9.

Para la definición de TRL se estará a lo indicado por la Comisión Europea en lo relativo al programa europeo Horizonte Europa.

Las actuaciones contempladas en esta convocatoria tienen como finalidad última contribuir al desarrollo,validación y/o demostración de productos/tecnologías/servicios desarrollados por empresas en colaboración con agentes de la Red Vasca de Ciencia y Tecnología en la categoría de centros de investigación sanitarios.

Las ayudas que se concedan al amparo de estas bases tendrán la consideración de ayudas de minimis y cumplirán con lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831.

Dotación presupuestaria

750.000 €

Prestación económica

Las ayudas que se concedan al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con la obtención de cualquier otro tipo de ayuda o subvención que se pudiera obtener para el mismo fin,siempre que de ello no se derive sobrefinanciación.

Serán elegibles los gastos realizados en el año natural de la publicación de esta convocatoria,es decir,desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

Serán gastos financiables los relativos a la contratación de los servicios de validación clínica en proyectos en fases de desarrollo TRL6 a TRL9.

Forma de pago:

BIOEF es el órgano gestor de la ayuda.

El abono de la ayuda se realizará,desde BIOEF a las entidades beneficiarias de los proyectos subvencionados,de la siguiente manera:

  • BIOEF abonará la base imponible de las facturas aportadas por la entidad beneficiaria
  • El pago se realizará una vez presentadas las facturas y justificación documental de la realización de la actividad subvencionada,así como los justificantes de pago de las facturas correspondientes.

Si el beneficiario constatase que,por causas justificadas,no pudiere culminar el proyecto de investigación financiado,deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de BIOEF,acompañando informe sobre el estado de desarrollo científico del proyecto y balance económico.

A quién va dirigido

Podrán acceder a las ayudas las personas físicas o jurídicas,que lleven a cabo una actividad empresarial en Euskadi,que cumplan los requisitos para las microempresas,pequeñas y medianas empresas y grandes empresas.

Normativa

Organismos

Organismo que convoca

Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto

Zuzenean:Servicio de atención a la ciudadanía

Solicitud y aportación de documentación

Para solicitar la subvención,hay que presentar el formulario de solicitud,junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La continuación de la tramitación se realizará a través de "Mi carpeta".

Pueden presentar solicitudes representantes de entidades con certificado electrónico admitido:

  • a) Si la persona representante se ha identificado con un certificado electrónico de representante de entidad,no debe realizar ninguna gestión para su acreditación.

  • b) Si la persona representante se ha identificado con un certificado de persona física,la representación debe estar acreditada en el registro electrónico de representantes.

  • Tramitación electrónica

Más información

Resolución y recursos

Plazo de resolución

6 meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Recurso de alzada

Más información

Justificacion

El proceso de justificación de la ejecución del proyecto por parte del beneficiario tendrá las siguientes características:

a) El plazo de justificación técnica y económica finalizará el 16 de enero de 2025. b) Se presentará una memoria final técnica de actividad por cada proyecto,en la que se detalle la descripción de las actividades realizadas y el estado alcanzado (Anexo 4. Memoria técnica justificativa) y una memoria económica por cada beneficiario (Anexo 5. Memoria económica justificativa). c) Se acompañará de las facturas y justificantes de pago realizados.

Más información

Otros trámites

Subsanación de la documentación

Más información

Renuncia

Más información

Modificación de los datos de notificación y comunicación

Más información

Desistimiento

Más información

Ampliación de plazo

Más información


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