Ayudas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal por la impartición de cursos de euskera durante el curso 2024-2025 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de ayudas económicas a euskaltegis públicos de titularidad municipal para la impartición de cursos de euskera durante el curso 2024-2025.

¿Quién puede solicitarlo?

Euskaltegis públicos de titularidad municipal inscritos en el Registro de HABE.

Requisitos principales

  • Estar inscrito en el Registro HABE de euskaltegis y tener los datos actualizados.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden recibir subvenciones según la ley.
  • Cumplimentar correctamente la solicitud y aportar la documentación requerida.
  • Respetar los derechos humanos y los valores de convivencia.
  • Aplicar el Currículo Básico para la Enseñanza de Euskera a Personas Adultas (HEOC).
  • Cumplir con los procedimientos de evaluación y certificación de competencias lingüísticas en euskera.
  • Cumplir con lo dispuesto en el Decreto 179/2003 en relación con los locales de enseñanza, el profesorado y el material didáctico.
  • Cumplir las instrucciones que dicte el Director de HABE para el curso 2024-2025.
  • Remitir a HABE la información relativa a la actividad subvencionable en los soportes y plazos señalados.

Plazos

Plazo de resolución: Se notificará antes del 20 de diciembre de 2024.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para el pago de las subvenciones, la persona beneficiaria debe constar en la base de datos del Gobierno Vasco. Para darse de alta o modificar los datos, dirigirse al Registro telemático de terceros: <a href="https://www.euskadi.eus/altaterceros">https://www.euskadi.eus/altaterceros</a>.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas económicas para euskaltegis públicos de titularidad municipal que impartan cursos de euskera durante el curso 2024-2025.

Quién puede usar este servicio: Euskaltegis públicos de titularidad municipal inscritos en el Registro de HABE.

Antes de empezar: Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Estar inscrito en el Registro HABE de euskaltegis.
  • Cumplir con los requisitos generales y específicos detallados en la convocatoria.

Costes y plazos:

  • No se especifican costes.
  • Plazo de resolución: Se notificará antes del 20 de diciembre de 2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Asegúrate de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepara la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Accede al formulario de solicitud online.

Información sobre cada etapa:

  • Solicitud: Rellena el formulario con la información requerida y adjunta la documentación necesaria.

Tiempos de espera:

  • La resolución se notificará antes del 20 de diciembre de 2024.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se notificará la resolución de la concesión de la ayuda.

Plazos de resolución:

  • Antes del 20 de diciembre de 2024.

Siguientes pasos:

  • En caso de concesión, justificar los gastos en los plazos establecidos.

Ayuda

Contacto:

  • Dirección: Calle Vitoria-Gasteiz, 3 - 6º (20018 DONOSTIA)
  • Teléfono: 943 022600
  • Fax: 943 022601

Recursos adicionales:

Justificación de la ayuda

Para justificar la ayuda concedida, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Certificación del interventor o interventora municipal sobre las retribuciones brutas del personal.
  • Formulario de Ingresos y Gastos del euskaltegi (Formulario de Ingresos y Gastos).
  • Memoria del curso 2024-2025.

Los plazos de entrega de estos documentos son:

  • 20 de febrero de 2025: Justificación de los gastos de octubre a diciembre de 2024 y presupuesto final detallado del euskaltegi del año 2024.
  • 17 de octubre de 2025: Justificación de los gastos de enero a septiembre de 2025 y Memoria del curso 2024-2025.

Otros trámites

  • Subsanación de la documentación: En caso de que la solicitud no cumpla con los requisitos, se requerirá la subsanación en un plazo de 10 días.
  • Desistimiento: Se puede desistir de la solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
  • Renuncia: Se puede renunciar a la continuación del procedimiento una vez que se haya dictado la resolución.

Preguntas frecuentes


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