Ayudas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la atención a gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz en el ejercicio 2024 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Esta ayuda busca apoyar económicamente a los ayuntamientos del País Vasco que cuentan con Juzgados de Paz, para cubrir los gastos de funcionamiento de estos juzgados.

¿Quién puede solicitarlo?

Ayuntamientos del País Vasco con Juzgados de Paz.

Requisitos principales

  • Ser un ayuntamiento con Juzgado de Paz en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Cumplir con las obligaciones generales establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Solicitar la ayuda dentro del plazo establecido tras la publicación de la orden.

Plazos

El plazo para solicitar la ayuda es de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Duración del trámite

Máximo 6 meses.

Información adicional

El pago se realiza en un único abono tras la publicación de la orden de concesión, siempre y cuando el ayuntamiento haya solicitado la ayuda previamente.

Resumen

Este trámite ofrece apoyo económico a los Ayuntamientos del País Vasco con Juzgados de Paz para cubrir sus gastos de funcionamiento.

Quién puede usar este servicio: Ayuntamientos del País Vasco que cuenten con un Juzgado de Paz.

Antes de empezar: Es necesario que el Ayuntamiento disponga de un certificado electrónico para realizar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de solicitud telemática.
  • Memoria explicativa o declaración jurada (Anexo II) que justifique los gastos realizados.

Requisitos previos:

  • Ser un ayuntamiento con Juzgado de Paz en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Cumplir con las obligaciones generales establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Solicitar la ayuda dentro del plazo establecido tras la publicación de la orden.

Costes y plazos:

  • Coste: Gratuito.
  • Plazo de solicitud: Un mes a partir del día siguiente de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Rellenar los formularios solicitados.
  2. Preparar la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud.
  4. Asegurarse de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se realiza de forma telemática y requiere certificado electrónico.
  • Es importante adjuntar la documentación justificativa de los gastos.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta.
  • Se emitirá una resolución en un plazo máximo de seis meses.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la entrada en vigor de la orden.

Siguientes pasos:

  • Si la resolución es favorable, se realizará el pago de la ayuda.
  • En caso contrario, se podrá interponer un recurso de reposición.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Justificación

Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario en el plazo previsto en la orden de la convocatoria y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.

Documentación

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