Ayudas a las organizaciones productoras de frutas y hortalizas 2025 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Apoyar a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH) mediante la cofinanciación de los Fondos Operativos, que son utilizados para llevar a cabo los Programas Operativos.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones productoras de frutas y hortalizas.
Requisitos principales
- Las OPFH reconocidas que constituyan un fondo operativo y que obtengan la aprobación de un programa operativo.
Plazos
Solicitud de ayuda financiera antes del 15 de febrero del año siguiente sobre el que se solicita la ayuda.
Duración del trámite
Seis meses desde la presentación de solicitudes.
Información adicional
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un <a href="https://euskadi.net/y22-izapide2/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/certificados_electronicos.html">certificado electrónico</a>.
Resumen
Este trámite está dirigido a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH) reconocidas. El objetivo es impulsar el asociacionismo en el sector para mejorar su competitividad y sostenibilidad.
La Intervención sectorial de frutas y hortalizas apoya a las OPFH cofinanciando los Fondos Operativos, que se utilizan para llevar a cabo los Programas Operativos.
A quién va dirigido
Organizaciones productoras de frutas y hortalizas (OPFH) reconocidas.
Requisitos
- Estar reconocida como OPFH.
- Constituir un fondo operativo.
- Obtener la aprobación de un programa operativo.
Normativa
- Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
- Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.
- Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027
- Real Decreto 856/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agraria Común.
- Real Decreto 855/2022, de 11 de octubre, por el que se modifica Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115, contempla requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027.
- Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común, constituye la base del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) de España para el período 2023-2027
Cómo hacerlo
Solicitud y aportación de documentación
El trámite se realiza de forma electrónica.
- Rellene los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Documentación a presentar:
- Solicitud de aprobación de Programa Operativo (sólo el primer año en programas operativos nuevos)
- Certificado del Valor de la Producción Comercializada
- Certificado de Constitución del Fondo Operativo
- Información y documentación mínima a remitir anualmente por las organizaciones de productores y las asociaciones de organizaciones de personas productoras (ver instrucciones detalladas en el documento original).
Resolución y recursos
- Plazo de resolución: Seis meses desde la presentación de solicitudes.
- Tipo de concesión: No concursal.
- Efectos del silencio: Desestimatorios.
Recurso de alzada
Se puede interponer un recurso de alzada contra actos que no pongan fin a la vía administrativa. El plazo para interponerlo es de 1 mes si el acto es expreso y 3 meses si es presunto. La Administración tiene 3 meses para resolverlo. Si no se notifica la resolución en ese plazo, el recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto y desestimado si es expreso.
Solicitud ayuda/modificación anualidad no comenzada (MANCO)
El trámite se realiza de forma electrónica.
- Rellene los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Certificado del Valor de la Producción Comercializada
- Certificado de Constitución del Fondo Operativo
- Declaración responsable
Solicitud modificación anualidad comenzada (MAC)
El trámite se realiza de forma electrónica.
- Rellene los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Solicitud justificación/pago
El trámite se realiza de forma electrónica.
- Rellene los formularios solicitados.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Después de hacerlo
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros
Ayuda
Otros trámites
Aportación de documentación
Modificación de los datos de notificación y comunicación
Ampliación de plazo
Desistimiento
Renuncia
Subsanación de la documentación
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
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Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco
Delegación Territorial de Bizkaia
En esta página
- Resumen
- A quién va dirigido
- Requisitos
- Normativa
- Cómo hacerlo
- Solicitud y aportación de documentación
- Resolución y recursos
- Solicitud ayuda/modificación anualidad no comenzada (MANCO)
- Solicitud modificación anualidad comenzada (MAC)
- Solicitud justificación/pago
- Después de hacerlo
- Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
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