Ayudas a las medidas de sanidad y bienestar de los animales 2024 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Compensar a las empresas acuícolas de la CAPV por la suspensión temporal de actividades de cosecha de moluscos debido a motivos de salud pública, o por la reducción de producción y ventas debido al brote de COVID-19.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas acuícolas de la CAPV (Comunidad Autónoma del País Vasco).
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos establecidos en la orden de la convocatoria.
- Estar dado de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco para poder recibir el pago de la ayuda.
Plazos
Los plazos de presentación de solicitudes se establecerán en la convocatoria anual.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La compensación por suspensión de actividades de cosecha solo se concederá si la contaminación de los moluscos se debe a la proliferación de plancton que produzca toxinas o contenga biotoxinas, y si la suspensión dura más de cuatro meses consecutivos o las pérdidas superan el 25% del volumen anual de negocios.
Resumen
Esta ayuda tiene como objetivo compensar a las empresas acuícolas de la CAPV (Comunidad Autónoma del País Vasco) por:
- La suspensión temporal de la cosecha de moluscos cultivados debido a motivos de salud pública.
- La reducción de la producción y ventas o los costes adicionales de almacenamiento como consecuencia del brote de COVID-19 (entre el 1 de febrero y el 30 de junio de 2020).
Quién puede usar este servicio:
Empresas acuícolas de la CAPV.
Antes de empezar:
Es importante revisar la normativa reguladora y las bases de la convocatoria para el año 2024.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud.
- Documentación adicional que se especifique en la convocatoria.
Requisitos previos:
- Cumplir con los requisitos establecidos en la orden de la convocatoria.
- Estar dado de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- Los plazos de presentación de solicitudes se indicarán en la convocatoria anual.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos.
- Solicitud: Presente la solicitud de forma electrónica o presencial.
- Electrónica: Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón de "Solicitud". Necesitará un medio de identificación electrónica.
- Presencial: Acceda al formulario de solicitud a través del botón de "Solicitud" y preséntelo en los lugares indicados.
- Seguimiento: Realice el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud puede guardarse y completarse en varias sesiones, pero debe presentarse dentro de los plazos establecidos.
- La Administración conservará los datos cumplimentados durante un mes.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La Administración revisará su solicitud y la documentación adjunta.
Plazos de resolución:
La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurrido este plazo no se ha notificado la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Siguientes pasos:
Si la resolución es favorable, recibirá la compensación correspondiente. Si es desfavorable, podrá interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
Dirección de Pesca y Acuicultura Iñaki Zubiete Teléfono: 944 03 14 62 Email: i-zubiete@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales:
- ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004
Otros trámites
- Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
- Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
- Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros
- Aportación de documentación
- Puede aportar documentación adicional a través de Mi carpeta.
- Modificación de los datos de notificación y comunicación
- Puede modificar sus datos de contacto en el apartado Mi perfil de Mi carpeta.
- Subsanación de la documentación
- Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días.
- Ampliación de plazo
- Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida.
- Desistimiento
- Puede desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
- Renuncia
- Puede renunciar a la continuación de un procedimiento en cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
- Ampliar información
- Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días.
- Requerimiento
- Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días.