Ayudas a la innovación en el sector pesquero 2024 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Fomentar la innovación en el sector pesquero a través del desarrollo tecnológico y la eficiencia energética, apoyando la creación o mejora de productos, equipos, procesos, técnicas, sistemas de gestión y organización, incluyendo la transformación y comercialización.
¿Quién puede solicitarlo?
Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluyendo comunidades de bienes, que realicen inversiones y gastos subvencionables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la misma.
Requisitos principales
- Las inversiones deben realizarse en el País Vasco o en buques con puerto base en la CAPV.
- Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV durante el año anterior a la solicitud.
- Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV.
- Las inversiones no deben haber comenzado antes de la solicitud.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
- Comunicar si se han solicitado o recibido otras ayudas para el mismo gasto.
- No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores relacionados con ayudas similares.
- No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, ni estar sujeto a intervención judicial.
- No haber dado lugar a la resolución firme de contratos con la Administración.
- No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal.
- En el caso de asociaciones, no estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002.
Plazos
La fecha límite para la presentación de solicitudes se indicará en la convocatoria anual correspondiente.
Duración del trámite
La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Información adicional
Es posible realizar trámites adicionales como aportar documentación, modificar datos de notificación, subsanar documentación, solicitar ampliación de plazo, desistir del procedimiento, renunciar al procedimiento, ampliar información o presentar un requerimiento.
Resumen
Este procedimiento tiene como objetivo fomentar un sector pesquero innovador en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), apoyando el desarrollo tecnológico y la eficiencia energética en la pesca y la acuicultura. Se dirige a pescadores y propietarios de buques pesqueros que deseen desarrollar o introducir mejoras en sus productos, equipos, procesos, técnicas, sistemas de gestión y organización, incluyendo la transformación y comercialización.
Quién puede usar este servicio:
Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes, que realicen inversiones y gastos subvencionables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la misma.
Antes de empezar:
- Asegúrese de cumplir con los requisitos establecidos.
- Prepare la documentación necesaria en formato digital.
- Tenga a mano un medio de identificación electrónica admitido.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud.
- Documentación adicional que se requiera en función de la línea de ayuda específica.
Requisitos previos:
- Las inversiones deben realizarse en el País Vasco o en buques con puerto base en la CAPV.
- Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV durante el año anterior a la solicitud.
- Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV.
- Las inversiones no deben haber comenzado antes de la solicitud.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
- Comunicar si se han solicitado o recibido otras ayudas para el mismo gasto.
- No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores relacionados con ayudas similares.
- No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente, ni estar sujeto a intervención judicial.
- No haber dado lugar a la resolución firme de contratos con la Administración.
- No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal.
- En el caso de asociaciones, no estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- La fecha límite para la presentación de solicitudes se indicará en la convocatoria anual correspondiente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir los requisitos.
- Solicitud: Presente la solicitud de forma electrónica o presencial.
- Tramitación: La administración revisará su solicitud y documentación.
- Resolución: Se le notificará la resolución en un plazo máximo de seis meses.
Información sobre cada etapa:
- Solicitud electrónica: Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud" y siga las instrucciones. Puede guardar el formulario y continuarlo en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante un mes.
- Solicitud presencial: Puede presentar la solicitud en las oficinas de la Dirección de Pesca y Acuicultura, el Servicio de Estructuras Pesqueras, el Servicio de Ordenación Pesquera, las oficinas de Zuzenean o en cualquier otro lugar previsto en la ley.
Tiempos de espera:
- La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y, si es necesario, le requerirá que subsane la documentación o aporte información adicional. Finalmente, se dictará una resolución que se le notificará.
Plazos de resolución:
La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, recibirá la ayuda correspondiente.
- Si la resolución es desfavorable, puede interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
Dirección de Pesca y Acuicultura
Iñaki Zubiete
Teléfono: 944 03 14 62
Email: i-zubiete@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Recursos adicionales:
- ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban, para el año 2024, las bases de la convocatoria de ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004
Preguntas frecuentes:
Consulte la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre este procedimiento.