Ayudas a la innovación, a través de la cooperación, en las cadenas de valor agroalimentaria y de la madera de Euskadi 2024, en el marco del PEPAC 2023-2027 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Apoyar proyectos innovadores en las cadenas de valor agroalimentaria y de la madera en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la cooperación entre Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación (AEI Agri) y Grupos de Cooperación.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas, incluyendo administraciones públicas, que formen parte de un Grupo Operativo o Grupo de Cooperación constituido para la ejecución de un proyecto innovador en el sector agroalimentario y/o forestal.
Requisitos principales
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Comunicar si se han solicitado o recibido otras subvenciones para el mismo gasto.
- Comunicar si se está incurso en un procedimiento de reintegro o sancionador.
- No estar sancionado penal ni administrativamente.
- No haber solicitado la declaración de concurso ni haber sido declarado insolvente.
- No haber sido sancionado con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- No haber dado lugar a la resolución firme de un contrato con la Administración por causa culpable.
- No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal.
- En el caso de asociaciones, no estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley Orgánica 1/2002.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea.
- Que las actividades subvencionables se realicen en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Que los gastos subvencionables no se hayan efectuado antes de la presentación de la solicitud.
Plazos
No especificado en el texto proporcionado.
Duración del trámite
Seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV.
Información adicional
Los Grupos Operativos y Grupos de Cooperación deben estar formados por al menos tres personas físicas o jurídicas con personalidad jurídica diferenciada y sin relaciones orgánicas o funcionales entre sí. Es obligatoria la participación de un representante del sector primario productivo en los GO de la AEI Agri. Los GO y GC deben incluir un agente de dinamización. La persona física o jurídica representante del consorcio GO o GC debe tener su sede social en la CAPV. El ámbito territorial del proyecto de innovación será la CAPV.
Resumen
Estas ayudas están diseñadas para impulsar proyectos de innovación en las cadenas de valor agroalimentaria y de la madera en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Se busca fomentar la cooperación entre los Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (AEI Agri) y los Grupos de Cooperación.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas, incluidas las administraciones públicas, que formen parte de un Grupo Operativo o Grupo de Cooperación.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Copia de la escritura de constitución y los estatutos de la entidad (si es persona jurídica).
- Declaración responsable de cumplimiento de requisitos.
- Documentación complementaria para cuantificar la ayuda.
- Documentación de todas las entidades participantes en el proyecto (en caso de agrupaciones).
Requisitos previos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores.
- Cumplir con las obligaciones y prohibiciones establecidas en la normativa vigente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
- Presentación de la solicitud: Puedes realizar la tramitación de forma electrónica o presencial.
- Tramitación electrónica: Accede a la aplicación de tramitación electrónica a través del siguiente enlace: Solicitud. Necesitarás un medio de identificación electrónica.
- Tramitación presencial: Presenta la documentación en la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, en las oficinas de Zuzenean, en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, o en cualquier otro lugar previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPV.
Efectos del silencio administrativo:
- Si no recibes respuesta en el plazo indicado, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
Recursos:
- Puedes interponer un recurso de alzada contra la resolución. Tienes la opción de realizar este trámite de forma electrónica o presencial. Para más información sobre cómo interponer un recurso de alzada, puedes consultar el siguiente enlace: Recurso de Alzada.
Ayuda
Contacto:
- Roberto Aramburu Bueno
- Teléfono: 945 01 82 51
- E-mail: r-aramburubueno@euskadi.eus
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Normativa:
Otros trámites
- Subsanación de la documentación: Si tu solicitud tiene errores o falta información, se te requerirá que la subsanes en un plazo de 10 días. Puedes hacerlo electrónicamente a través de Mi carpeta o presencialmente. Formulario: Subsanación de la documentación.
- Ampliación de plazo: Puedes solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar documentación, siempre que no sea un procedimiento de concurrencia competitiva. Formulario: Formulario para la ampliación del plazo de subsanación.
- Desistimiento: Puedes desistir de tu solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. Formulario: Formulario para solicitar el desistimiento.
- Renuncia: Puedes renunciar a la continuación del procedimiento una vez que se haya dictado la resolución. Formulario: Renuncia del procedimiento.
- Aportación de documentación: Puedes aportar documentación adicional a través de Mi carpeta o presencialmente. Formulario: Formulario para la aportación de documentación.
- Ampliación de información: Si se necesita ampliar información, se te requerirá que aportes nueva documentación en un plazo de 15 días. Formulario: Ampliación de información.
- Requerimiento: Si falta documentación, se te requerirá que la aportes en un plazo de 10 días. Formulario: Requerimiento.
- Modificación de los datos de notificación y comunicación: Puedes modificar tus datos de contacto a través de Mi carpeta o presencialmente. Formulario: Modificación de los datos de notificación y comunicación.
- Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros": Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, debes constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico. Más información y acceso a la aplicación: Acceso a la aplicación del Registro Telemático de Terceros.