Ayudas a la eficiencia energética y mitigación del cambio climático sin incremento de capacidad 2025 - Gobierno Vasco

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener ayudas para mitigar el cambio climático y mejorar la eficiencia energética de los buques pesqueros a través de inversiones en equipos, auditorías y estudios.

¿Quién puede solicitarlo?

Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluidas las comunidades de bienes.

Requisitos principales

  • Las inversiones deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la CAPV.
  • Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV.
  • Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV.
  • No haber comenzado las inversiones antes de la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos en el medio ambiente.
  • Comunicar si se han solicitado o recibido otras ayudas para el mismo gasto.
  • No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores.
  • No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
  • No haber solicitado la declaración de concurso ni estar incurso en otras situaciones de insolvencia.
  • No haber dado lugar a la resolución firme de contratos con la Administración.
  • No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal.
  • En el caso de asociaciones, no estar incursas en causas de prohibición.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La Administración conservará los datos cumplimentados durante un mes. Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica para la tramitación electrónica.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas destinadas a mitigar los efectos del cambio climático y mejorar la eficiencia energética de los buques pesqueros. Las ayudas se conceden para inversiones en equipos, auditorías de eficiencia energética y estudios relacionados.

Quién puede usar este servicio

Pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluyendo comunidades de bienes, que cumplan con los requisitos establecidos.

Antes de empezar

Es importante revisar los requisitos específicos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud.
  • Documentación adicional que se requiera según la normativa.

Requisitos previos

  • Las inversiones deben realizarse en la CAPV o en buques con puerto base en la CAPV.
  • Las personas físicas deben tener vecindad administrativa en la CAPV.
  • Las personas jurídicas deben tener su sede social en la CAPV.
  • No haber comenzado las inversiones antes de la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Las inversiones no deben tener efectos negativos significativos en el medio ambiente.
  • Comunicar si se han solicitado o recibido otras ayudas para el mismo gasto.
  • No estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores.
  • No estar sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
  • No haber solicitado la declaración de concurso ni estar incurso en otras situaciones de insolvencia.
  • No haber dado lugar a la resolución firme de contratos con la Administración.
  • No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal.
  • En el caso de asociaciones, no estar incursas en causas de prohibición.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo de resolución es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparación: Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos.
  2. Solicitud: Presente la solicitud de forma electrónica o presencial.
  3. Tramitación: La administración revisará la solicitud y la documentación.
  4. Resolución: Se emitirá una resolución en un plazo máximo de 6 meses.

Información sobre cada etapa

  • Solicitud electrónica: Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del enlace proporcionado y siga las instrucciones.
  • Solicitud presencial: Imprima el formulario de solicitud, rellénelo y preséntelo en las oficinas habilitadas.

Tiempos de espera

El plazo máximo para la resolución es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez emitida la resolución, se le notificará la decisión.

Plazos de resolución

El plazo máximo para la resolución es de 6 meses. Si no se recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considera estimada.

Siguiente pasos

Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda. Si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada.

Ayuda

Contacto

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas? Las ayudas están destinadas a pescadores o propietarios de buques pesqueros, incluyendo comunidades de bienes, que cumplan con los requisitos establecidos.
  • ¿Dónde deben realizarse las inversiones para ser subvencionables? Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • ¿Puedo solicitar la ayuda si ya he comenzado la inversión? No, las inversiones y gastos subvencionables no pueden haber comenzado antes de presentar la solicitud de ayuda.
  • ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? La resolución se dictará y notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación completa de la solicitud. Si transcurrido este plazo no hay resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución? Sí, se puede interponer un recurso de alzada contra la resolución. El plazo para interponerlo es de 1 mes si el acto es expreso y de 3 meses si es presunto.
  • ¿Qué necesito para presentar la solicitud electrónicamente? Para presentar la solicitud electrónicamente, es necesario disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  • ¿Qué ocurre si mi solicitud no cumple con los requisitos? Si la solicitud no cumple con los requisitos, se requerirá al solicitante para que la subsane en un plazo de 10 días. De no hacerlo, se considerará que ha desistido de la solicitud.
  • ¿Puedo retirar mi solicitud si ya no estoy interesado en la ayuda? Sí, puede desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución. Para ello, debe presentar el formulario de desistimiento en los lugares indicados.

Preguntas frecuentes


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