Autorizaciones establecimientos obligados a disponer medidas de seguridad
Información Rápida
Objetivo
Permite a establecimientos obligados por el Reglamento de Seguridad Privada solicitar autorizaciones o exenciones de medidas de seguridad específicas.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades bancarias, joyerías, galerías de arte, estaciones de servicio, bingos, salones de juego, oficinas de farmacia, administraciones de lotería y casinos de juego.
Requisitos principales
- Estar dentro de los establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad según el Reglamento de Seguridad Privada.
- Cumplir con los requisitos específicos para cada tipo de establecimiento.
- Disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite a ciertos establecimientos, según el Reglamento de Seguridad Privada, solicitar autorizaciones o exenciones relacionadas con las medidas de seguridad que deben tener.
¿Quién debe realizar este trámite?
Establecimientos que, por su actividad, están obligados a tener medidas de seguridad específicas, como:
- Entidades bancarias
- Joyerías y compraventas de oro
- Galerías de arte y tiendas de antigüedades (con obras de valor superior a 500.000€)
- Estaciones de servicio, bingos (con más de 150 jugadores) y salones de juego (con más de 75 máquinas)
- Oficinas de farmacia
- Administraciones de lotería y casinos de juego
Lo que necesitas
Para solicitar una exención de medidas de seguridad, generalmente se requiere:
- Documentación que justifique la solicitud de exención.
- Identificación electrónica para realizar el trámite online.
- Documentos digitalizados.
Cómo hacerlo
El trámite se realiza online:
- Asegúrate de tener un medio de identificación electrónica válido.
- Prepara la documentación necesaria en formato digital.
- Accede al formulario online a través del enlace proporcionado y completa la solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Firma y envía la solicitud.
- Realiza el seguimiento del expediente a través de Mi carpeta.
Medidas de seguridad específicas
Las medidas de seguridad varían según el tipo de establecimiento. Algunos ejemplos incluyen:
- Joyerías y compraventas de oro: Sistema de alarma conectado a central, cámaras de seguridad, puertas blindadas, cajas fuertes de alta seguridad, etc.
- Galerías de arte: Similar a joyerías, con sensores sísmicos adicionales.
- Estaciones de servicio, bingos y salones de juego: Sistema de alarma, cámaras de seguridad, caja fuerte con características específicas.
- Oficinas de farmacia: Dispositivos de seguridad en la ventanilla de atención al público.
- Administraciones de lotería y casinos de juego: Sistema de alarma, cámaras de seguridad, caja fuerte de alta seguridad, separación física entre el público y los empleados.
- Bancos y entidades de crédito: Sistemas de seguridad de grado 3, cámaras, dispositivos de detección de ataques, pulsadores de alarma, recintos de caja blindados, control de accesos, etc.
Para información detallada, consulta el Reglamento de Seguridad Privada (html:abbrR.D.</html:abbr> 2364/1994) y la Orden INT/317/2011.
Ayuda
- Unidad de seguridad privada:
- Teléfono: 946079260
- Email: seguridadprivada@ertzaintza.eus
Enlaces de interés
- Guía para la identificación electrónica
- Guía para digitalizar documentos
- Medios de identificación electrónica admitidos
- Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
- Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.
- Tramitación electrónica
- Solicitud