Autorización de obras en oficina de farmacia - Gobierno Vasco

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener la autorización administrativa sanitaria para realizar obras en una oficina de farmacia que afecten al acceso, ampliación, reducción de superficie o modificación de la estructura interna.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares o cotitulares de oficinas de farmacia, sus representantes legales o herederos.

Requisitos principales

  • Ser titular o cotitular de una oficina de farmacia, o representante legal o heredero.

Plazos

Para el recurso de alzada: 1 mes si el acto es expreso, 3 meses si es presunto. La Administración tiene 3 meses para resolver. Para el recurso potestativo de reposición: 1 mes si el acto es expreso. La Administración tiene 1 mes para resolver.

Duración del trámite

La autorización de funcionamiento se considera concedida si transcurren dos meses desde la solicitud sin resolución expresa.

Información adicional

Para la tramitación electrónica se necesita certificado electrónico de persona jurídica y física. Es un derecho no presentar documentos ya en poder de la Administración. La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de <a href="https://www.euskadi.eus/micarpeta">Mi carpeta</a>.

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización administrativa sanitaria para realizar obras en una oficina de farmacia. Según el artículo 23 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, se controlan las obras que afecten al acceso, la ampliación o reducción de la superficie, o la variación de la distribución interna que modifique la estructura existente. No se incluyen las obras de primera instalación o traslado de la farmacia.

Quién puede usar este servicio:

Titulares o cotitulares de oficinas de farmacia, o sus representantes legales o herederos.

Cierre de la farmacia:

La autorización de las obras puede requerir el cierre de la farmacia. En municipios con una única farmacia, se puede solicitar el traslado de la oficina si las obras implican el cierre temporal.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Plano de distribución interna actual de la farmacia, con descripción de las distintas zonas y superficie útil, firmado por técnico competente.
  • Plano de distribución interna según la reforma propuesta, con descripción de las distintas zonas y superficie útil, firmado por técnico competente.
  • Memoria descriptiva del proyecto de reforma firmada por técnico competente.
  • Justificante de ingreso de tasas.
  • En municipios con farmacia única y cuando proceda: Documentación relativa a los locales donde se pretenda el traslado provisional.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Rellene los formularios solicitados.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.

Tramitación electrónica:

Para realizar la tramitación electrónica de estas solicitudes, es necesario:

  • Certificado electrónico de persona jurídica (Tarjeta de Entidad de Izenpe, certificado de la FNMT, ...) del centro que realiza la solicitud.
  • Certificado electrónico de persona física (DNI electrónico, Tarjeta de Ciudadano Izenpe, ...) de la persona que consta como titular del centro o que esté inscrita en el Registro electrónico de Representantes del Gobierno Vasco (puede consultar más información a través de este enlace).

Acceda al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:

  1. Cumplimentar la solicitud.
  2. Adjuntar los documentos y formularios preparados.
  3. Firmar la solicitud.
  4. Enviar la solicitud y la documentación aportada.

Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.

Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.

Después de hacerlo

Reanudación de actividad:

Si la realización de obras conlleva el cierre provisional de la oficina de farmacia, la reanudación de la actividad requerirá la correspondiente autorización de funcionamiento.

Se concederá la autorización de funcionamiento una vez comprobado, mediante la correspondiente acta de inspección, que se han cumplido las condiciones y requisitos establecidos.

Si la propuesta contenida en el Acta de Inspección es favorable, la oficina de farmacia podrá reanudar su actividad provisionalmente, sin perjuicio de lo que establezca la autorización de funcionamiento

La autorización de funcionamiento se considerará concedida si transcurre dos meses desde la fecha de su solicitud sin que haya recaído resolución expresa.

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