Asignaciones individualizas de transporte escolar para el curso 2024-2025del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco financiado por el depar

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Esta ayuda económica está destinada a cubrir los gastos de transporte escolar del alumnado de niveles no universitarios para el curso 2024-2025.

¿Quién puede solicitarlo?

Alumnado matriculado en el curso 2024-2025 en tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio.

Requisitos principales

  • Estar matriculado en el curso 2024-2025 en los niveles educativos correspondientes (tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio).
  • Cumplir con los requisitos de distancia entre el domicilio y el centro educativo, que varían según el nivel educativo y las necesidades especiales del alumno.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones señaladas en la Ley Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • No estar sancionado penal o administrativamente con la pérdida de obtención de subvenciones o ayudas públicas.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes se ha ampliado hasta el 31 de enero de 2025.

Duración del trámite

La resolución se realiza en un plazo de seis meses desde la publicación de la orden.

Información adicional

La ayuda puede cubrir la totalidad del coste del transporte y se calcula considerando dos viajes diarios (ida y vuelta). En casos especiales, como la no utilización del servicio de comedor, se computarán hasta cuatro viajes por día lectivo.

Resumen

Este trámite permite solicitar una ayuda económica para cubrir los gastos de transporte escolar de alumnos de niveles no universitarios en el curso 2024-2025.

Quién puede usar este servicio:

Alumnado matriculado en el curso 2024-2025 que curse las enseñanzas de tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio.

Antes de empezar:

Es importante revisar los requisitos específicos para cada nivel educativo y las necesidades especiales del alumno.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Recibos de transporte (billetes, facturas de taxi, declaración responsable en caso de vehículo particular).
  • En caso de alumnado con NEE, certificado de discapacidad si no consta en el registro y, si el desplazamiento es en taxi, tres presupuestos.

Requisitos previos:

  • Estar matriculado en el curso 2024-2025 en los niveles educativos correspondientes.
  • Cumplir con los requisitos de distancia entre el domicilio y el centro educativo, que varían según el nivel educativo y las necesidades especiales del alumno.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones señaladas en la Ley Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • No estar sancionado penal o administrativamente con la pérdida de obtención de subvenciones o ayudas públicas.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste directo para el solicitante.
  • El plazo de presentación de solicitudes se ha ampliado hasta el 31 de enero de 2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios según tu situación.
  2. Presentar la solicitud: Puedes hacerlo de forma electrónica o en papel.
    • Electrónicamente: Accede a la dirección web https://www.euskadi.eus/servicios/0168910 y utiliza el aplicativo informático habilitado al efecto, para lo cual será preciso disponer de firma electrónica con certificado digital en vigor (DNI, Tarjeta Izenpe) o Juego de Barcos (B@kq).
    • En papel: Imprime el formulario de solicitud que generará la aplicación, fírmalo y preséntalo ante el director o la directora del centro docente donde la alumna o alumno curse los estudios. También podrá presentarse en las dependencias a las que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. Seguimiento de la solicitud: Realiza el seguimiento a través de "mi carpeta" en la sede electrónica.

Información sobre cada etapa:

  • Solicitud electrónica: Requiere firma electrónica y permite adjuntar la documentación escaneada.
  • Solicitud en papel: El centro educativo será el encargado de introducir los datos y documentos en la aplicación informática.

Tiempos de espera:

La resolución definitiva y la notificación de las ayudas se realizará en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el BOPV.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución y se realizará el pago de la ayuda en dos plazos.

Plazos de resolución:

La resolución se realizará en un plazo de seis meses desde la publicación de la orden.

Siguientes pasos:

Al finalizar el curso escolar, deberás justificar el importe de la ayuda presentando los recibos de transporte correspondientes.

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Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.


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