En relación a los usuarios, los centros o servicios de tratamiento deberán garantizar a las personas asistidas el reconocimiento de los derechos que legalmente les correspondan, teniendo a disposición de las mismas o de sus familiares el correspondiente Libro de Reclamaciones.
Llevar un Libro de Registro de altas y bajas de personas asistidas, foliado y diligenciado por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.
Ofrecer una adecuación especial de sus instalaciones y recursos materiales al programa terapéutico que pretendan desarrollar siendo imprescindible, que el centro cuente con servicios de enfermería y servicio farmacéutico, o disponibilidad de medicación o instrumental preciso para atender las crisis de urgencia que puedan plantearse en los pacientes del centro como consecuencia del consumo de sustancias que puedan generar adicción o la adulteración de las mismas, según los casos.
Compromiso de facilitar toda la información relacionada con la actividad asistencial del centro o servicio que les sea requerida por la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos.
Cumplir la normativa vigente en materia de salud pública, higiene y seguridad en el trabajo y mantenimiento de las instalaciones.
Razones excepcionales de interés sanitario que aconsejen tal acreditación.
Garantizar que las actividades son desempeñadas por profesionales con titulación adecuada, debiendo estar dotados, como mínimo, con el siguiente personal propio o de referencia: un facultativo médico, un asistente social, un ayudante técnico-sanitario o diplomado en Enfermería, un licenciado en Farmacia.
Descripción en los mismos términos, del equipo encargado de realizar los tratamientos, incluyendo su experiencia en estas actividades.
Documentación de los medios técnicos de laboratorio, propios o de referencia, para el diagnóstico analítico, seguimiento y control terapéutico de los sujetos que vayan a ser sometidos a tratamientos.
Identificación del solicitante.
Dependencia patrimonial y, en su caso, funcional debidamente acreditadas.
Medidas y medios para la custodia de la medicación a emplear en los tratamientos que existen en el centro y responsable jurídico o institucional de la misma en el caso de que solicite responsabilizarse de la custodia y administración.
Memoria en la que se describan los programas de tratamiento que se pretenden aplicar, incluyendo los criterios sobre indicaciones de los mismos, su duración en términos generales y las actividades complementarias de los programas de tratamiento.
Modalidades previstas de diagnóstico y tratamiento de la patología asociada que pueda presentar el paciente, a través del propio centro o servicio de las instituciones sanitarias con responsabilidad en la atención al paciente.
Modelo, en su caso, de contrato terapéutico en el que se fijen los compromisos que adquiere el centro o servicio y el usuario que desee ser tratado.
Nombre, dirección, documento nacional de identidad y titulación del responsable médico de los programas de tratamiento, acompañados del currículum correspondiente.
VIGENCIA
La acreditación se otorgará por un período máximo de dos años. Será renovable previa solicitud de la misma.
MÁS INFORMACIÓN:
Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas
C/ Ildefonso Sánchez del Río nº 5, bajo, 33001 Oviedo
Teléfono: 985 66 81 53
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20022680
Tener establecidos mecanismos de colaboración con la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios en materia de prevención, asistencia, asesoramiento, docencia, investigación e información mediante las fórmulas que se convengan.
Tener previsto un sistema de coordinación con los centros o servicios asistenciales públicos que puedan derivar pacientes al centro.
Disponer de la autorización como centro o servicio de atención sociosanitaria a personas drogodependientes.
Disponer de un protocolo general de actividades en el que se indiquen objetivos, métodos y técnicas a emplear.
Disponer de una plantilla de personal, con las funciones y responsabilidades de los integrantes de la misma.
Estar realizando un seguimiento individualizado de todo el proceso de rehabilitación y reinserción con asesoramiento y atención a los familiares.
Plan económico de sostenimiento del centro, exponiendo las fuentes de financiación.
Documento en el que consten de forma específica y diferenciadora los distintos espacios del centro: servicios generales, espacio para el hábitat, espacio terapéutico-asistencial y administrativo, espacio para actividades educativas, laborales y de ocio y tiempo libre.
Documento justificativo de la autorización. Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos establecidos anteriormente.
Medidas y medios existentes para la custodia de los medicamentos, en el supuesto de que se empleen en los tratamientos, y responsable jurídico o institucional de dicha custodia.
Memoria descriptiva de la actividad desarrollada por el centro o servicio en el año anterior a la solicitud de acreditación.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20022679
Más información
Tener establecidos mecanismos de colaboración con la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios en materia de prevención, asistencia, asesoramiento, docencia, investigación e información mediante las fórmulas que se convengan.
Tener previsto un sistema de coordinación con los centros o servicios asistenciales públicos que puedan derivar pacientes al centro.
Disponer de la autorización como centro o servicio de atención sociosanitaria a personas drogodependientes.
Disponer de un protocolo general de actividades en el que se indiquen objetivos, métodos y técnicas a emplear.
Disponer de una plantilla de personal, con las funciones y responsabilidades de los integrantes de la misma.
Estar realizando un seguimiento individualizado de todo el proceso de rehabilitación y reinserción con asesoramiento y atención a los familiares.
Plan económico de sostenimiento del centro, exponiendo las fuentes de financiación.
Documento en el que consten de forma específica y diferenciadora los distintos espacios del centro: servicios generales, espacio para el hábitat, espacio terapéutico-asistencial y administrativo, espacio para actividades educativas, laborales y de ocio y tiempo libre.
Documento justificativo de la autorización.Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos establecidos anteriormente.
Medidas y medios existentes para la custodia de los medicamentos, en el supuesto de que se empleen en los tratamientos, y responsable jurídico o institucional de dicha custodia.
Memoria descriptiva de la actividad desarrollada por el centro o servicio en el año anterior a la solicitud de acreditación.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20022679
Establecer las normas para acreditar entidades de formación para adiestradores caninos y cuidadores de animales de compañía que podrán obtener el certificado de capacitación exigido en la normativa.
1.
Disponer de personal docente especializado debidamente acreditado, instalaciones adecuadas propias o contratadas para tal fin, y medios apropiados para la impartición de esta materia.
??Datos de la identidad de la personalidad del solicitante y, en su caso, del representante legal que formula la petición.
?Para los casos de personas jurídicas, fotocopia del NIF de la persona jurídica, fotocopia del justificante del poder de representación del que formula la solicitud y fotocopia del documento de constitución de la sociedad y estatutos.
Descripción completa de los cursos de formación a impartir, de manera que permita comprobar el cumplimiento de los requisitos del resuelvo siguiente y que se garantice un nivel adecuado de capacitación en el cuidado y manejo de los animales respetuoso con las normas de protección y bienestar animal y/o para el adiestramiento.
Descripción y localización de las instalaciones, y relación de los medios materiales de que dispone para el desarrollo del curso.
Relación del personal docente, adjuntando justificantes que acrediten la capacitación, formación y experiencia necesarias para impartir las clases prácticas y teóricas.
Declaración responsable de que la entidad dispondrá de una póliza de seguro de responsabilidad civil en lo referente a las dependencias y animales que puedan ser utilizados en las prácticas, cuando dichas prácticas estén expresamente previstas en el programa aportado; así como de que la entidad se compromete a suscribir una póliza de seguro de accidentes personales que cubra a cada uno de los alumnos del curso.
Compromiso de cumplir con las obligaciones establecidas en el resuelvo sexto.
Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
1.
OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES DE FORMACIÓN ACREDITADAS
Paso 1:
Iniciar solicitud
Código: 201153780
Más información
Establecer las normas para acreditar entidades de formación para adiestradores caninos y cuidadores de animales de compañía que podrán obtener el certificado de capacitación exigido en la normativa.
1.
Disponer de personal docente especializado debidamente acreditado, instalaciones adecuadas propias o contratadas para tal fin, y medios apropiados para la impartición de esta materia.
??Datos de la identidad de la personalidad del solicitante y, en su caso, del representante legal que formula la petición.
?Para los casos de personas jurídicas, fotocopia del NIF de la persona jurídica, fotocopia del justificante del poder de representación del que formula la solicitud y fotocopia del documento de constitución de la sociedad y estatutos.
Descripción completa de los cursos de formación a impartir, de manera que permita comprobar el cumplimiento de los requisitos del resuelvo siguiente y que se garantice un nivel adecuado de capacitación en el cuidado y manejo de los animales respetuoso con las normas de protección y bienestar animal y/o para el adiestramiento.
Descripción y localización de las instalaciones, y relación de los medios materiales de que dispone para el desarrollo del curso.
Relación del personal docente, adjuntando justificantes que acrediten la capacitación, formación y experiencia necesarias para impartir las clases prácticas y teóricas.
Declaración responsable de que la entidad dispondrá de una póliza de seguro de responsabilidad civil en lo referente a las dependencias y animales que puedan ser utilizados en las prácticas, cuando dichas prácticas estén expresamente previstas en el programa aportado; así como de que la entidad se compromete a suscribir una póliza de seguro de accidentes personales que cubra a cada uno de los alumnos del curso.
Compromiso de cumplir con las obligaciones establecidas en el resuelvo sexto.
Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
1.
OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES DE FORMACIÓN ACREDITADAS
Paso 1:
Iniciar solicitud
Código: 201153780
Obtener la acreditación de experto/a cualificado/a para la realización de inspecciones periódicas de eficiencia energética en las instalaciones térmicas en los edificios.
Se emitirán dos tipos de acreditaciones en función de la potencia de las instalaciones a inspeccionar:
Presentar la correspondiente solicitud, según modelo normalizado
Acreditar su residencia en el Principado de Asturias
Disponer de alguna de las siguientes titulaciones, reconocimientos o certificaciones:
Instalaciones de cualquier potencia térmica nominal instalada
Instalaciones con potencia térmica nominal instalada menor o igual que 70 kW
Superar una prueba (examen) sobre conocimientos de la materia. (Acceso a la convocatoria)
Copia del título de formación profesional, certificado de profesionalidad, documento de reconocimiento de competencia profesional adquirida por experiencia laboral, certificación otorgada por entidad acreditada para la certificación de personas o carné profesional según corresponda.
Copia del DNI/NIF/NIE
Se incorporarán los siguientes datos, emitida la correspondiente acreditación, en el registro de expertos/as cualificados/as creado al efecto:
Todos los expertos/as incluidos/as en el registro están obligados/as a comunicar a la Dirección General competente en materia de Industria, en el plazo de un mes, la siguiente información:
TASA
El importe a liquidar en la tasa (Modelo 046 ) se ajustará a la tarifa 3.2 - Expedición de renovación de carnés profesionales o certificados de cualificación individual y similares, por unidad - de las Tasas de Industria (Art. 39), atendiendo a lo dispuesto en el vigente Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por le que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. (Cuantía ejercicio 2017: 28.08 ?)
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201500048
Más información
Tener Libro de Registro de altas y bajas de personas asistidas, foliado y diligenciado por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.
Haber suscrito un acuerdo individual con la Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Adecuación de las dependencias dedicadas a consulta y de los recursos materiales de que estén dotadas al programa terapéutico que se pretende desarrollar siendo imprescindible contar con los recursos necesarios para atender las crisis de urgencia que puedan plantearse en los pacientes.
Compromiso de facilitar toda la información relacionada con la actividad asistencial del centro o servicio que les sea requerida por la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos.
Cumplimiento de la normativa vigente en materia de salud pública, higiene y seguridad en el trabajo por parte de las instalaciones de consulta.
Titulación del solicitante.
Certificaciones o justificantes acreditativos de la experiencia mínima de tres años en tratamientos con opiáceos a toxicómanos.
Descripción en los mismos términos del personal adscrito a la consulta.
Documentación de los medios técnicos de laboratorio de referencia, para el diagnóstico analítico, seguimiento y control terapéutico de los pacientes que vayan a ser sometidos a los tratamientos.
Identificación del lugar donde radica la consulta y acreditación de la titularidad de la misma.
Medidas y medios para la custodia de la medicación a emplear y responsable de su custodia y administración, en su caso.
Memoria del instrumental y medicación que se dispone para atender las crisis de urgencia que puedan plantearse en los pacientes como consecuencia del consumo de sustancias que puedan generar adicción o la adulteración de las mismas según los casos.
Memoria en la que se describan los programas de tratamiento que se pretenden aplicar, su duración en términos generales y las actividades complementarias posibles de los programas de tratamiento, así como los indicadores de evaluación de resultados.
Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
VIGENCIA
La acreditación se otorgará por un período máximo de dos años. Será renovable previa solicitud efectuada con antelación a la fecha de terminación de su vigencia.
USUARIOS
En relación a los usuarios, se deberán garantizar a las personas asistidas el reconocimiento de los derechos que legalmente les correspondan, teniendo a disposición de las mismas o de sus familiares el correspondiente Libro de Reclamaciones.
RESOLUCIÓN
La resolución sobre la concesión o denegación de la acreditación se dictará previo informe preceptivo y vinculante de la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos del Principado de Asturias.
CONDICIONES
Estas autorizaciones tendrán un carácter excepcional y sólo podrán concederse bien cuando no existan dispositivos públicos en el área sanitaria en donde radique la consulta del facultativo que pretenda su autorización, ni esté previsto por la Administración su creación en los 12 meses siguientes a la petición de la solicitud, o bien cuando existiendo estos dispositivos la Administración considere que se mejoraría notablemente la calidad de la asistencia al paciente, debido a la demanda de tratamiento existente en la red sanitaria pública.
MÁS INFORMACIÓN
Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas
C/ Ildefonso Sánchez del Río nº 5, bajo, 33001 Oviedo
Teléfono: 985 66 81 53
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20022677
Más información
Tener Libro de Registro de altas y bajas de personas asistidas, foliado y diligenciado por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.
Haber suscrito un acuerdo individual con la Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Adecuación de las dependencias dedicadas a consulta y de los recursos materiales de que estén dotadas al programa terapéutico que se pretende desarrollar siendo imprescindible contar con los recursos necesarios para atender las crisis de urgencia que puedan plantearse en los pacientes.
Compromiso de facilitar toda la información relacionada con la actividad asistencial del centro o servicio que les sea requerida por la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos.
Cumplimiento de la normativa vigente en materia de salud pública, higiene y seguridad en el trabajo por parte de las instalaciones de consulta.
Titulación del solicitante.
Certificaciones o justificantes acreditativos de la experiencia mínima de tres años en tratamientos con opiáceos a toxicómanos.
Descripción en los mismos términos del personal adscrito a la consulta.
Documentación de los medios técnicos de laboratorio de referencia, para el diagnóstico analítico, seguimiento y control terapéutico de los pacientes que vayan a ser sometidos a los tratamientos.
Identificación del lugar donde radica la consulta y acreditación de la titularidad de la misma.
Medidas y medios para la custodia de la medicación a emplear y responsable de su custodia y administración, en su caso.
Memoria del instrumental y medicación que se dispone para atender las crisis de urgencia que puedan plantearse en los pacientes como consecuencia del consumo de sustancias que puedan generar adicción o la adulteración de las mismas según los casos.
Memoria en la que se describan los programas de tratamiento que se pretenden aplicar, su duración en términos generales y las actividades complementarias posibles de los programas de tratamiento, así como los indicadores de evaluación de resultados.
Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
VIGENCIA
La acreditación se otorgará por un período máximo de dos años. Será renovable previa solicitud efectuada con antelación a la fecha de terminación de su vigencia.
USUARIOS
En relación a los usuarios, se deberán garantizar a las personas asistidas el reconocimiento de los derechos que legalmente les correspondan, teniendo a disposición de las mismas o de sus familiares el correspondiente Libro de Reclamaciones.
RESOLUCIÓN
La resolución sobre la concesión o denegación de la acreditación se dictará previo informe preceptivo y vinculante de la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos del Principado de Asturias.
CONDICIONES
Estas autorizaciones tendrán un carácter excepcional y sólo podrán concederse bien cuando no existan dispositivos públicos en el área sanitaria en donde radique la consulta del facultativo que pretenda su autorización, ni esté previsto por la Administración su creación en los 12 meses siguientes a la petición de la solicitud, o bien cuando existiendo estos dispositivos la Administración considere que se mejoraría notablemente la calidad de la asistencia al paciente, debido a la demanda de tratamiento existente en la red sanitaria pública.
MÁS INFORMACIÓN
Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas
C/ Ildefonso Sánchez del Río nº 5, bajo, 33001 Oviedo
Teléfono: 985 66 81 53
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20022677
Disponer de las medidas y medios de seguridad adecuados para la custodia de los opiáceos.
Contar permanentemente con las existencias mínimas determinadas reglamentariamente.
Descripción de las medidas y medios de custodia de los opiáceos, debiendo acreditar la disponibilidad como mínimo de un armario especial con cierre de seguridad para el almacenamiento de estos productos, con indicaciones de las personas que tengan acceso al mismo.
Descripción en los mismos términos de la persona o personas responsables de la elaboración de las fórmulas magistrales.
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante o, en su caso, de la representación que ostenta.
Identificación de la Oficina de Farmacia y domicilio.
Memoria descriptiva del utillaje y de los medios técnicos de laboratorio de que dispone.
Nombre, dirección, documento nacional de identidad y titulación de todo el personal que desarrolla sus funciones en la Oficina de Farmacia.
Compromiso de contar permanentemente en la Oficina de Farmacia con las existencias mínimas de opiáceos.
Planos de planta de la Oficina de Farmacia con indicación de las dependencias de la misma, y en particular de la dependencia que dentro de la Oficina de Farmacia se destine a la administración de la medicación y que en todo caso deberá ser independiente de la de atención al público.
RESOLUCIÓN
La resolución sobre la concesión o denegación de la acreditación se dictará previo informe preceptivo y vinculante de la Comisión de acreditación, evaluación y control de Centros o Servicios de Tratamiento con Opiáceos.
VIGENCIA
La acreditación se otorgará por un período máximo de dos años. Será renovable previa solicitud efectuada con un mínimo de dos meses de antelación a la fecha de terminación de su vigencia.
MÁS INFORMACIÓN:
Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas
C/ Ildefonso Sánchez del Río nº 5, bajo, 33001 Oviedo
Teléfono: 985 66 81 53
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20022678
Más información
Participar en acciones formativas dirigidas al perfeccionamiento profesional, a la promoción y a la especialización de los miembros de los Bomberos, del 112, de Protección Civil, de Salvamento en Playas y de aquellos otros colectivos que desarrollen su actividad en el ámbito de la seguridad pública.
PARTICIPANTES
Personal integrante de alguno de los siguientes colectivos:
CÓMO SOLICITARLO
Para inscribirse en acciones formativas programadas:
Para inscribirse en cursos básicos de ingreso:
PLAZO DE SOLICITUD
En el caso de acciones formativas programadas desde 10/01/2012 hasta 01/02/2012.
En el caso de cursos básicos de ingreso y las plazas ofertadas al personal del Plan SAPLA, podrán presentarse por parte de las Entidades o Administraciones de pertenencia hasta con 20 días de antelación a la fecha de inicio que se dé a conocer a través de la publicación en el tablón de anuncios de la Escuela de Seguridad Pública.
PLAZAS DISPONIBLES
Si quedasen plazas disponibles en alguna de las actividades a celebrar, la Escuela de Seguridad Pública podrá cubrir las vacantes mediante invitación a personal de cualquier entidad que preste servicios en el ámbito de la Seguridad Pública del Principado de Asturias y cuya participación se estime de especial interés para el desarrollo de la actividad o para el organismo de procedencia.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
(*)Ver: Normativa relacionada con el servicio (Resolución de 20 de diciembre de 2011).
Código: 20061932
Más información