Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el alta, modificación o baja de la inscripción en el Registro de producción y gestión de residuos como agente o negociante de residuos no peligrosos.

    Requisitos

    1. En caso de agente:

      • Ser una persona física o jurídica que organiza la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluso aunque no se tome posesión física de los residuos.
    2. En caso de negociante:

      • Ser una persona física o jurídica que actúe por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, incluso aunque no se tome posesión física de los residuos.

    Necesitas

    1. Anexo de gestión de residuos.

    2. En caso de disponer de acuerdos de gestión con los productores de los residuos, copia de los mismos.

    3. Original del ingreso de la tasa (tasa de residuos y suelos contaminados).

    4. Para la tramitación telemática deberá disponer de una tarjeta de débito o crédito.

    5. Certificado Digital o DNI electrónico

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. COMUNICACIÓN PREVIA

      Tras la entrada en vigor de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, los negociantes o agentes de residuos deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde tengan su sede social. Dicha comunicación será válida en todo el territorio nacional y se inscribirá, por la comunidad autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo Registro.

    2. COMUNICACIÓN COMO AGENTE Y COMO NEGOCIANTE

      En caso de que se desee comunicar ambas actividades, deberán presentarse dos comunicaciones: una comunicación como agente y otra como negociante.

    3. TASAS

      La Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015 ha modificado el Texto Refundido de las Leyes de tasas y precios públicos. Entre las modificaciones introducidas se crea una nueva tasa de residuos y suelos contaminados (cuyo código de concepto es: 327013). La tarifa de aplicación en el caso de la comunicación como agente o negociante será:

      • Si se trata de la primera inscripción en el Registro de Productores y Gestores de Residuos (Tarifa 1.5): 88,30 €.
      • Si se trata de una inscripción o anotación que modifique datos obrantes en el Registro de Productores y Gestores de Residuos (Tarifa 1.6): 58,40 €.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Autorizaciones Ambientales

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201500017

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar el alta, modificación o baja de la inscripción en el Registro de producción y gestión de residuos como agente o negociante de residuos peligrosos.

    Requisitos

    1. En caso de agente:

      • Ser una persona física o jurídica que organiza la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluso aunque no se tome posesión física de los residuos.
    2. En caso de negociante:

      • Ser una persona física o jurídica que actúe por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, incluso aunque no se tome posesión física de los residuos.
    3. Constituir una fianza con el objeto de responder frente a la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad.

      (La fianza se constituirá una vez que el Servicio de Residuos compruebe los datos comunicados y comunique al interesado el importe de la misma).

    Necesitas

    1. Anexo de gestión de residuos.

    2. En caso de disponer de acuerdos de gestión con los productores de los residuos, copia de los mismos.

    3. Original del ingreso de la tasa (tasa de residuos y suelos contaminados).

    4. Para la tramitación telemática deberá disponer de un tarjeta de débito o crédito.

    5. Certificado Digital o DNI electrónico

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. COMUNICACIÓN PREVIA

      Tras la entrada en vigor de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, los negociantes o agentes de residuos deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde tengan su sede social. Dicha comunicación será válida en todo el territorio nacional y se inscribirá, por la comunidad autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo Registro.

    2. COMUNICACIÓN COMO AGENTE Y COMO NEGOCIANTE

      En caso de que desee comunicar ambas actividades, deberán presentarse dos comunicaciones: una comunicación como agente y otra como negociante.

    3. TASAS

      La Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015 ha modificado el Texto Refundido de las Leyes de tasas y precios públicos. Entre las modificaciones introducidas se crea una nueva tasa de residuos y suelos contaminados (cuyo código de concepto es: 327013). La tarifa de aplicación en el caso de la comunicación como agente o negociante será:

      • Si se trata de la primera inscripción en el Registro de Productores y Gestores de Residuos (Tarifa. 1.5): 88,30 €.
      • Si se trata de una inscripción o anotación que modifique datos obrantes en el Registro de Productores y Gestores de Residuos (Tarifa 1.6): 58,40 €.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Autorizaciones Ambientales

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201500019

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Homologación de un curso modelo para impartir la formación CAP a conductores de autobús y de camión.

    Requisitos

    1. Para solicitar la homologación de un curso modelo o la renovación de la homologación, el centro deberán estar previamente autorizado para impartir la formación CAP a los conductores de autobús o de camión.

    2. Abonar la tasa correspondiente según el modelo 046-A1.

    Necesitas

    1. Presentar una memoria en la que se hará constar lo establecido en el anexo III del RD 1032/2007 de 20 de julio:

      • El programa desarrollado de conocimientos que serán impartidos en el curso conforme a las materias contenidas en el anexo I del citado real decreto
      • Duración del curso y de cada uno de los módulos o partes que en él intervengan
      • Número de horas dedicadas a prácticas de conducción, indicando, en su caso, cuántas de ellas se realizarán en simuladores de alto nivel.
      • Número de profesores necesarios para impartir el curso, indicando su titulación o nivel de experencia y las materias impartidas por cada uno de los profesores en función de su especialización.
      • Número máximo de alumnos que podrán concurrir, el cual no podrá ser en ningún caso superior a 20.
    2. Justificante de haber abonado la tasa.

    Tasas

    El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página

    Te interesa saber

    1. TASAS

      • Importe: 109,28 €
      • Código de la tasa: 327.002
    2. VALIDEZ DE LA HOMOLOGACIÓN

      • Será de 5 años, pudiendo renovarse.
    3. TITULARIDAD MÚLTIPLE DE CENTROS

      • Cuando una misma persona física o jurídica fuese titular de diversos centros autorizados, podrá impartir en todos ellos los cursos que le hubieran sido homologados a cualquiera de los mismos, sin necesidad de una nueva homologación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Por correo electrónico : por e-mail dirigido al centro para comunicar la homologación del curso. Dicha homologación se entregará en la tercera planta, sector derecho, del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples (EASMU) sito en la C/Trece Rosas s/n (33005) Oviedo.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Transportes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201500023

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar al órgano competente la planificación de las inspecciones previstas un mes antes de su inicio.

    Requisitos

    1.Estar autorizada como Estación de Inspección de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios (ITEAF)

    Necesitas

      • Autorización emitida por el órgano competente autonómico

      • Memoria técnica según el artículo 8.1.b del Decreto 9/2015, de 11 de febrero (BOPA 43 DE 21/2/15)

      • Póliza de seguro de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras

    1. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    Las ITEAF deberán comunicar la planificación de sus inspecciones con un mes de antelación a su inicio a la Dirección General competente en materia de Sanidad Vegetal.

    Plazo de solicitud

    Todo el año La comunicación debe realizarse con un mes de antelación a la inspección

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Por correo electrónico
    2. Notificación telefónica
    3. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Desarrollo Agroalimentario

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201500025

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorizacion para impartir la formación CAP a los conductores de autobús y camión.

    Requisitos

    1.

    Los contemplados en el anexo II del RD 1032/2007 de 20 de julio por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (BOE 2 de agosto de 2007).

    (Ver: "Más información" > "Requisitos de los centros CAP").

    Necesitas

    1. Si se trata de persona física, deberá aportar:

      • NIF o NIE (no será necesario si no se opone a su consulta).
      • Si procede, autorización de residencia permanente o autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.

      Si se trata de persona jurídica:

      • NIF o NIF provisional.
      • Documento de constitución debidamente registrado.
    2. Firma electrónica reconocida por un prestador de servicios de certificación.

    3. Plantilla de personal:

      • Documentación acreditativa de la titulación y experiencia del director.
      • Documentación acreditativa de la titulación o experiencia o concertación de cada profesor que figure en la solicitud.
      • Alta en la Seguridad Social o contrato mercantil o certificación acreditativa de la vinculación profesional de cada profesor.
    4. Disponibilidad de locales:

      • Licencia municipal de apertura.
      • Plano del centro en el que se constate el cumplimiento de los requisitos previstos.
      • Si procede, licencia municipal de instalaciones y medios para la realización de las prácticas o justificación documental de haberlas concertado.
    5. Disponibilidad de vehículos:

      • Si procede, permiso de circulación y fichas técnicas en vigor o justificación documental de haberlas concertado.
    6. Material didáctico:

      • Declaración responsable de disponibilidad del material reseñado.
      • Si procede, justificación de haber concertado prácticas que impliquen maniquí de reanimación.
    7. Programa de cualificación y formación:

      • Documento impreso de las indicaciones previstas.
    8. Si se solicitan cursos polivalentes:

      • Autorización del órgano competente en materia vial.

    Tasas

    El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página

    Te interesa saber

    1.

    TASAS

    • Deberá abonarse según el modelo 046-A1, una vez otorgada la autorización como centro CAP.
    • Importe: 327,75 €
    • Código de la tasa: 327.002

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Por correo electrónico : e-mail al centro para comunicarle que la autorización de centro CAP ha sido gestionada y que se encuentra a su disposición.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Transportes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201500027

    Más información

  • Información

    Consiste en

    Acceder a las diferentes disposiciones en materia de casinos, juegos y apuestas.

    Te interesa saber

    1. AUTORIZACIONES DISPONIBLES SOBRE CASINOS, APUESTAS Y JUEGO

      Autorización de instalación de máquinas de juego

      Autorización de instalación y permiso de funcionamiento de una sala de bingo

      Autorización de transmisión de máquinas recreativas

      Autorización para la celebración de una rifa

      Autorización para la celebración de una tómbola

    2. OTROS SERVICIOS DISPONIBLES SOBRE CASINOS, APUESTAS Y JUEGO

      Cambio de titularidad de locales autorizados para la instalación de máquinas recreativas

      Carné profesional de juego

      Comunicación de traslado de máquinas de juego

      Comunicación previa para la realización de una combinación aleatoria

      Diligencia de guía

      Expedición de guías de circulación

      Expedición de guías de circulación

      Inscripción de empresas dedicadas a la fabricación o comercialización de material de juego y apuestas

      Inscripción de empresas operadoras

      Inscripción de establecimientos de hostelería

      Inscripción de modelos de máquinas de juego

      Inscripción de salones de juego

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Juego
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201500036

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización para la celebración de tómbolas de bienes expuestos al público entre quienes adquieran billetes o boletos.

    Requisitos

    1. Disponer de papeleta, billete, o impreso que sirva para participar en la actividad.

    2. Requisitos de los premios:

      • Deberán ser en especie, no podrá existir sobre los mismos ningún tipo de carga o gravamen y no podrán consistir en dinero o signo que lo represente.
      • Deberán ser previamente adquiridos, o deberá constituirse aval por la cuantía de su valor, o consignarse el importe, en todo caso con carácter previo a la celebración de aquel.
      • En el caso de los inmuebles, se hará constar su situación y características, así como la acreditación de que los mismos se afecten al fin del sorteo.
      • Los bienes deberán estar libres de toda carga o gravamen, en caso contrario, no se concederá la autorización para la celebración del sorteo.
    3. El importe total de los billetes, boletos o papeletas será como mínimo igual al precio del bien o bienes sorteados.

    4. La autorización de la tómbola está condicionada al pago de la tasa fiscal.

    5. Ver en el apartado "Más información": Titulares de las autorizaciones.

    Necesitas

    1. Solicitud en modelo normalizado.

    2. En caso de entidades, además:

      • Estatutos sociales, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
    3. En caso de personas jurídicas constituidas en sociedad, además:

      • Testimonio notarial de la escritura de constitución y estatutos de sociedad.
    4. Memoria en la que se exprese:

      • Forma y procedimientos que aseguren la transparencia, prevención de fraudes y procesos de control contable de la tómbola.
      • Destino de los beneficios a obtener con la celebración del juego.
      • Relación detallada de los vendedores autorizados.
      • Ámbito territorial de la tómbola, duración de la misma, la forma de venta de los billetes y lugar donde vaya a celebrarse el sorteo.
      • Número y características de los billetes, boletos o papeletas a emitir, con indicación de sus precio unitario.
      • Proyectos de publicidad y anuncios que se van a utilizar.
    5. Modelos de los billetes que vayan a ser utilizados.

      Estos tendrán un precio en metálico, estarán numerados correlativamente, constarán cuantos datos sean necesarios para asegurar el conocimiento del sorteo y, en todo caso, los premios, duración, fecha de celebración y término de caducidad (que no podrá ser inferior a tres meses desde la celebración del sorteo).

    6. Relación detallada del premio que haya de otorgarse, con indicación de su precio, su forma de adjudicación, así como el lugar donde se encuentren depositados o expuestos.

    7. Acreditación documental de la previa adquisición del bien mediante factura o equivalente o documento de constitución del aval o consignación del importe del valor del premio y en todo caso con carácter previo a la celebración del sorteo.

    8. Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas, a través del modelo 046.

    9. Declaración responsable de no incurrir el solicitante o, en el caso de personas jurídicas, sus administradores o representantes en alguna de las circunstancias descritas en el artículo 29.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas.

    10. Declaración responsable del solicitante en la que conste la asunción por este de las responsabilidades y obligaciones que se deriven de las actuaciones de los vendedores autorizados.

    11. Certificado Digital o DNI electrónico

    12. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    13. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    14. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    15. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    16. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1.

    SOLICITANTES

    Lo podrán solicitar las personas físicas o jurídicas.

    Plazo de solicitud

    Todo el año Todo el año, con un plazo mínimo de un mes antes de la fecha del sorteo.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Juego

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201500043

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para la instalación de máquinas de juego en un local inscrito en el Registro general del juego y apuestas del Principado de Asturias.

    Requisitos

    1.

    Ver en apartado "Más información": Titulares de las autorizaciones.

    Necesitas

    1. Autorización de instalación de máquinas de juego.

    2. Contrato de arrendamiento, escritura de propiedad o documento que acredita la disponibilidad del local.

      (Original y copia que habrá de ser compulsada por el Servicio de Juego).

    3. Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas, a través del modelo 046.

      • Copia de la constitución de la sociedad registrada en el Registro mercantil.

    4. Certificado Digital o DNI electrónico

    5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    6. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    7. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    8. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    9. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. SOLICITANTES

      Lo podrán solicitar el titular de la explotación del local conjuntamente con una empresa operadora.

    2. LUGARES DE INSTALACIÓN DE LAS MÁQUINAS

      • Las máquinas de azar (tipo C) solo podrían instalarse en casinos de juego.
      • Las máquinas recreativas (tipo B) podrán instalarse en bares, cafeterías, discotecas o restaurantes, salas de bingo o salones de juego inscritos en el Registro general del juego y apuestas del Principado de Asturias y donde puedan instalarse las máquinas de azar (tipo C).

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Juego

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201500044

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización para la instalación y explotación de una máquina recreativa.

    Requisitos

    1.

    El modelo de máquina deberá estar homologado e inscrito en el Registro general del juego y apuestas del Principado de Asturias.

    (Ver: Más información - Titulares de las autorizaciones).

    Necesitas

    1. Solicitud en modelo normalizado.

    2. Los ejemplares de la guía de circulación expedidos por la consejería competente en materia de casinos, juegos y apuestas, firmadas y selladas por la empresa fabricante, y firmadas por persona legitimada para ello de la empresa operadora.

    3. Copia de la factura de adquisición de la máquina recreativa, no siendo admitida la compra mediante contrato de leasing o arrendamiento financiero.

    4. Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas, a través del modelo 046.

    5. Cuando la diligencia de la guía no se efectúe al amparo de una máquina en situación de baja administrativa:

      • Justificante de haber realizado el pago de la tasa fiscal, a través del modelo 045.
    6. Certificado Digital o DNI electrónico

    7. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    8. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    9. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    10. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    11. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1.

    SOLICITANTES

    Lo podrán solicitar las empresas operadoras inscritas en el Registro general del juego y apuestas del Principado de Asturias.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Juego

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201500047

    Más información

  • Tramita Presencialmente

    Consiste en

    Documento en el que se acredita la comprobación por parte de la Administración del Principado de Asturias de que las facultades o poderes de una o varias personas físicas son suficientes para actuar en nombre y representación de una determinada persona jurídica en la realización de determinadas actuaciones ante la Administración del Principado de Asturias, y sus organismos autónomos, empresas y entes del sector público autonómico.

    Te interesa saber

    1. QUIÉN REALIZA EL BASTANTEO DE PODERES

      • Corresponde al Servicio Jurídico del Principado de Asturias el bastanteo de poderes legalmente exigibles para la participación en procedimientos de contratación convocados por la administración autonómica, organismos autónomos, empresas y entes del sector público autonómico.
      • También corresponde al Servicio Jurídico el bastanteo de poderes para prestar avales y seguros de caución a favor de la Administración del Principado de Asturias.
    2. A QUIÉN VA DESTINADO

      • Personas físicas que estén apoderadas para actuar en nombre y representación de una determinada persona jurídica (empresas contratistas).
      • Personas físicas que estén apoderadas para actuar en nombre y representación de entidades financieras y aseguradoras (prestación de avales y seguros de caución).
    3. NECESITAS

      Para realizar el bastanteo se requiere aportar:

      • Escritura original o copia legitimada por notario del poder, donde resulten claros los datos de identificación (nombre y DNI) del apoderado, así como las facultades que ostenta, debiendo constar que dicha escritura está inscrita en el Registro Mercantil, con la salvedad de los poderes especiales.
      • Escritura de constitución de la persona jurídica (original o copia legitimada por notario).
      • Escrituras de modificaciones de la persona jurídica.
      • Copia simple del DNI del apoderado o apoderados a cuyo nombre se solicita el trámite del bastanteo.

      Por el solicitante se facilitará un teléfono de contacto o una cuenta de correo electrónico para comunicar posibles deficiencias en la documentación aportada, susceptibles o no de subsanación.

    4. TE INTERESA SABER

      • No es un trámite inmediato. Máximo 2 días hábiles.
      • El documento del bastanteo será válido mientras no se modifique el poder notarial. Se aconseja conservar el documento original y presentar copias compulsadas en los procedimientos de contratación.
      • Es necesario indicar el nombre de las personas de las que se solicita el bastanteo.
      • Además de la normativa general, se aplicará el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rija el contrato.
      • Se facilitará un teléfono de contacto por el solicitante del bastanteo para comunicar posibles deficiencias en la documentación aportada, susceptibles o no de subsanación.

    5. MÁS INFORMACIÓN

      A través del teléfono del Servicio Jurídico del Principado de Asturias (985105316) o de la cuenta de correo electrónico serviciojuridico@asturias.org.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Dónde

    Servicio Jurídico del Principado de Asturias

    C/Trece Rosas 2, 6ª planta, sector derecho

    33005 Oviedo

    Tu solicitud será tramitada por

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