Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Presentar un certificado de destrucción de vehículos al final de su vida útil mediante servicio electrónico.

    Requisitos

    1. Estar inscrito en el Registro de Producción y Gestión de Residuos del Principado de Asturias como CAT (centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil).

    2. Contar con un certificado electrónico, validado por @firma, para la entidad jurídica, el titular o en su defecto el representante legal.

    Necesitas

    1.

    Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1. EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO

      El certificado de destrucción de vehículos al final de su vida útil será expedido por el centro autorizado de tratamiento (centro de descontaminación), que deberá contar con la correspondiente autorización como gestor de residuos peligrosos.

    2. REQUISITOS DEL CERTIFICADO

      El certificado se ajusta al modelo y contenido establecidos en el anexo de la Orden INT/624/2008, de 26 de enero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil. La presentación de los certificados de destrucción de vehiculos al final de su vida útil por los centros autorizados de tratamiento ante la Administración del Principado de Asturias se efectuará obligatoriamente por medios electrónicos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Control Ambiental

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201053551

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la limitación de criterios de búsqueda por datos de carácter personal que son accesibles desde la página del Boletín Oficial del Principado de Asturias.

    Requisitos

    1.

    Ser el titular de los datos de carácter personal que se pretenden cancelar.

    Necesitas

    1. Indicación clara de los datos a cancelar, aportando al efecto los datos necesarios (título y código del anuncio afectado, fecha y número del boletín en que fue publicado).

    2. No es necesario motivar la solicitud pero sí es conveniente aportar cualquier información adicional relevante que describa que el interés de la privacidad prevalece sobre el interés público y la libertad de información o de expresión.

    3. Todos los documentos acreditativos de la inexactitud o falsedad de la información publicada.

    4. Todas las evidencias que acrediten que la información publicada es obsoleta o no relevante.

    5. Certificado Digital o DNI electrónico

    6. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    7. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en el territorio español.

    Te interesa saber

    1. LIMITACIÓN DE CRITERIOS DE BÚSQUEDA

      Este servicio se limita a la desindexación de los términos de búsqueda afectados por datos de carácter personal en las herramientas de búsqueda disponibles en nuestra sede electrónica. Es decir, una vez satisfecha la solicitud, no se podrá recuperar el anuncio que contiene sus datos de carácter personal, buscando por dichos datos. Sin embargo, el anuncio publicado no se alterará en ningún caso.

    2. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL BOPA

      En el BOPA se reproducen los documentos tal cual han sido entregados por la autoridad que ordena la inserción, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19 del Decreto 218/2008, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del Boletín Oficial del Principado de Asturias. En consecuencia, los datos personales no se pueden omitir de los textos recibidos, ni tampoco pueden ser eliminados de los textos publicados, pues el archivo original firmado digitalmente y publicado en la sede electrónica es inalterable.

    3. LÍMITES DEL “DERECHO AL OLVIDO”

      • Se debe tener en cuenta sistemáticamente el interés general de acceder a una información. Aquellas solicitudes que afecten a información de interés para el público, por su naturaleza o por afectar a una figura pública, no serán aceptadas (estafas financieras, negligencia profesional, condena penal, conducta como funcionario público, etc.).
      • Causas en las que motivar la solicitud: información ilícita o imprecisa; información inexacta o falsa; información incompleta o inadecuada; información obsoleta o ya no relevante; información excesiva o inadecuada por cualquier otra razón.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos, Documentación y Participación Ciudadana

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201053626

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita Presencialmente

    Consiste en

    Solicitar el pago de retribuciones e indemnizaciones por el desempeño de las funciones de jurado, tanto a candidatos como a miembros del tribunal del jurado.

    Requisitos

    1.

    Haber sido seleccionado como jurado, titular o suplente, o como candidato a jurados para una causa, previa citación judicial, y que se comparezca al proceso de selección.

    Necesitas

    1. Formulario de solicitud.

    2. Para los miembros del jurado, titulares y suplentes, certificación del juicio oral expedida por el/la secretario/a judicial de la Audiencia Provincial.

    3. Para los candidatos no seleccionados, certificación del proceso de selección expedida por el/la secretario/a judicial de la Audiencia Provincial.

    Te interesa saber

    1. RETRIBUCIONES

      • El desempeño de la función de jurado, titulares y suplentes, será retribuido con 67€ diarios.
      • Los candidatos que no sean seleccionados como jurados titulares o suplentes percibirán, por una sola vez, la retribución equivalente a media jornada (33,50€).
      • La retribución contemplada en el apartado anterior será también percibida por los jurados titulares y suplentes en el caso de que el comienzo del juicio oral no se realice el mismo día en que tenga lugar el proceso de selección.
    2. GASTOS DE VIAJE

      • Los gastos de viaje, cuando este se efectúe en línea regular de transporte colectivo, serán los correspondientes al importe del billete o pasaje utilizado dentro de la tarifa correspondiente a la clase segunda o turista.
      • Si se utiliza para el desplazamiento un vehículo particular se abonará a razón de 0,19€ por km y a 0,078€ en motocicleta.
      • Excepcionalmente y cuando la Dirección General de Justicia autorice previamente su utilización, se abonarán a los candidatos como gastos de viaje los desplazamientos acreditados que se efectúen en taxi entre la sede del tribunal y las estaciones de ferrocarril y autobuses.
      • En ningún supuesto se abonarán gastos de viaje a los candidatos a jurados y jurados vecinos del municipio sede de la capital de la provincia.
    3. GASTOS DE ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN

      • La Dirección General de Justicia, facilitará el alojamiento y la manutención de los candidatos a jurados y de los jurados durante el desempeño de su función.
      • Tendrán la consideración de dietas exceptuadas de gravamen las cantidades percibidas por los candidatos a jurado y por los jurados titulares y suplentes como consecuencia del cumplimiento de sus funciones.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Descarga la solicitud.

    Descargar formularios de solicitud


    Paso 2:

    Cumpliméntala.

    Paso 3:

    Preséntala en el lugar indicado.

    Dónde

    Dirección General de Justicia

    C/ Eduardo Herrera "Herrerita" s/n, 2ª planta

    33006 Oviedo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201153684

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la calificación de empresa o taller artesano así como la inscripción en el Registro de actividades artesanas del Principado de Asturias (RARTE).

    Requisitos

    1. Tener sede social en el Principado de Asturias o, si se trata de persona física, que esté empadronado en cualquiera de los concejos del Principado de Asturias.

    2. Realizar una actividad incluida en el Repertorio de oficios artesanos del Principado de Asturias.

    3. La actividad desarrollada debe ser preferentemente manual o individualizada, aunque incorporen utillaje o maquinaria auxiliar.

    4. El número de trabajadores empleados no excederá de 10 (sin contar cónyuge o familiares por línea directa).

    5. Estar ejerciendo como artesano en el Principado de Asturias por un periodo mínimo de 1 año, en el oficio correspondiente.

    Necesitas

    1. Cuatro fotografías y cualquier otro documento gráfico que permitan apreciar el proceso productivo y procedimiento de elaboración de las piezas efectuado por el artesano, materiales y herramientas utilizados, así como el resultado final obtenido.*

    2. Memoria explicativa del proceso productivo y procedimiento de elaboración, detallando materiales y herramientas empleados (especial mención de herramientas tradicionales o exclusivas del oficio).*

    3. Otra documentación acreditativa del carácter tradicional o interés histórico o antropológico de la artesanía que produce.*

    4. Cualquier otra documentación que se considere de interés.*

    5. Todos los documentos marcados con un * deberán presentarse para cada oficio en el que pretenda acreditarse (Consultar: "Repertorio de oficios artesanos del Principado de Asturias).

    6. En el caso de empresas, sociedades, comunidades de bienes o similar (personas jurídicas) además deberán presentar:

      • Escritura de constitución y copia compulsada de los CIF (poder en caso de representante).
      • Copia compulsada de los boletines de cotización (TC1 – TC2) de los trabajadores.
    7. Certificado Digital o DNI electrónico

    8. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    9. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    10. Certificado de empadronamiento.

    11. Certificado de IAE expedido por la Agencia Estatal de Tributos correspondiente a una actividad de producción artesanal.

    12. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    13. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    14. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    15. Certificación justificativa de estar de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos, en el caso de las personas físicas.

    Te interesa saber

    1. EXCEPCIONES

      • Aquellas empresas que superen el número de 10 trabajadores, si cumplen los demás requisitos previstos, podrán ser consideradas empresa o taller artesano teniendo en cuenta la naturaleza y especiales características de la actividad desarrollada.
      • También podrán obtener la calificación artesana aquellas formulas asociativas, dedicadas exclusivamente a la comercialización de productos artesanos, siempre que todos sus integrantes sean a su vez empresa o talleres artesanos.
      • No podrán obtener la calificación de empresa o taller artesano aquellas personas o empresas que ejerzan su actividad de forma ocasional o accesoria, salvo en el caso de la artesanía tradicional de interés histórico o antropológico.
    2. REQUISITO IMPRESCINDIBLE

      La calificación como empresa o taller artesano, así como la inscripción en el RARTE, es requisito imprescindible para:

      • Obtener subvenciones o cualquier tipo de ayuda económica por parte de la consejería competente en materia de comercio interior.
      • Asistir a determinadas ferias, certámenes o exposiciones de artesanía.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Calidad Comercial

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201153720

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Renovar anualmente, durante el mes de febrero, el documento de Calificación como Empresa o Taller Artesano.

    Requisitos

    1.

    Disponer de la Calificación como Empresa o Taller Artesano. lo que supone también estar inscrito en el Registro de Actividades Artesanas del Principado de Asturias (RARTE).

    Necesitas

    1. Certificado Digital o DNI electrónico

    2. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    3. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    4. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    5. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    6. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    7. Certificación justificativa de estar dado de alta en el impuesto de Actividades Económicas (IAE) expedido por la Agencia Estatal de la Aministración Tributaria.

    8. En el caso de las personas físicas:

      • Certificación justificativa de estar de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos.

    Te interesa saber

    1. RENOVACIÓN FUERA DE PLAZO

      En el caso de que la documentación para la renovación se presente fuera de plazo, el mes de febrero, el interesado perderá su antigüedad en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias.

      No obstante, podrá solicitar la renovación en los 11 meses siguientes. Para hacerlo deberá aportar, junto con la documentación anteriormente citada, los recibos que justifiquen el pago a la Seguridad Social, desde el mes de febrero correspondiente hasta el momento en que se aporte la documentación.

    2. PÉRDIDA DE LA CALIFICACIÓN

      Transcurrido un año sin haber efectuado la renovación se producirá la pérdida de la calificación artesana y la baja en el RARTE.

    Plazo de solicitud

    Todo el año La renovación se realizará durante el mes de febrero de cada año.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Calidad Comercial

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201153722

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar a la Consejería competente en materia de comercio la pretensión de los comerciantes de efectuar este tipo de promociones.

    Requisitos

    1.

    Ser comerciante en el ámbito territorial del Principado de Asturias o actuar por cuenta del mismo.

    Necesitas

    1.

    Certificado Digital o DNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 10 días al inicio efectivo de la promoción de saldos.

    El plazo de días previos al inicio de la promoción se contarán desde el momento en que la comunicación se haya efectuado correctamente.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Calidad Comercial

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201153740

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Información

    Consiste en

    Desde aquí obtendrás información acerca de la oferta de vivienda protegida en el Principado de Asturias.

    Te interesa saber

    1. Si eres promotor

    2. Si quieres consultar la oferta

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda
    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 201153746

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Información

    Consiste en

    Dende equí puedes inscribite nel Rexistru de Vivienda Protexida del Principáu d’Asturies y xestionar la to solicitú.

    Te interesa saber

    1. Pa dir al Rexistru de Solicitantes de Vivienda

    2. Listados Ordenados de demandantes de vivienda protegida en régimen de compra

    3. Listados ordenados de demandantes de vivienda en régimen de alquiler

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda
    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 201153747

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita Presencialmente

    Consiste en

    Adherirse con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, denominado EMAS (Eco Management and Audit Schemme), que permite la evaluación y mejora del comportamiento medioambiental de una organización y la difusión de la información oportuna al público y a otras partes interesadas.

    Requisitos

    1.

    Ser una organización que realice su actividad, total o parcialmente, en el ámbito territorial del Principado de Asturias y se proponga mejorar su comportamiento medioambiental global mediante su adhesión al sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales del reglamento EMAS.

    Necesitas

    1. Formulario de solicitud.

    2. Datos del centro según modelo normalizado.

      En caso de la inscripción de varios centros bajo un mismo registro EMAS, es necesario adjuntar un anexo por cada centro.

    3. Declaración medioambiental validada por un verificador medioambiental (ejemplar original en soporte papel y ejemplar en formato electrónico).

    4. Declaración del verificador medioambiental sobre las actividades de verificación y validación realizadas.

    5. Las pruebas materiales o documentales que se consideren necesarias para verificar que la organización cumple todos los requisitos legales aplicables en materia de medio ambiente.

      • Solicitud de excepción para organizaciones pequeñas.

    Te interesa saber

    1. VIGENCIA

      • La vigencia de esta inscripción será de 3 años, estando obligada la organización a solicitar su renovación tres meses antes de que finalice ese plazo.
      • Adicionalmente, cada año la organización deberá actualizar su inscripción: anualmente las organizaciones inscritas en el Registro EMAS prepararán una declaración medioambiental actualizada, la someterán a validación por un verificador medioambiental y la remitirán al organismo competente.
      • Estos plazos se ampliarán a 4 años para la renovación y 2 para la actualización para aquellas organizaciones que soliciten su consideración como organizaciones pequeñas y que cumplan los condicionantes para ello indicados en el artículo 10 del Decreto 39/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la incorporación de organizaciones al sistema europeo de gestión y auditoría medioambientales en el Principado de Asturias.
    2. SUSPENSIÓN

      El organismo competente suspenderá la inscripción de una organización en el Registro EMAS del Principado de Asturias en los siguientes supuestos:

      • Si no presenta la declaración medioambiental validada, la declaración medioambiental actualizada o la declaración firmada por el verificador medioambiental, en la que manifieste que la verificación y la validación se ha realizado de acuerdo con el Reglamento EMAS.
      • Si no solicita la renovación de la inscripción en el registro.
      • Si el organismo competente recibiese un informe de supervisión del organismo de acreditación o autorización en el que se demostrase que las actividades del verificador medioambiental no se han realizado de forma adecuada para garantizar que la organización sigue cumpliendo los requisitos del reglamento EMAS y del decreto 39/2011.
      • Si el organismo competente fuera informado por la autoridad o autoridades competentes en la aplicación de la legislación medioambiental del incumplimiento por parte de la organización de cualquier requisito legal aplicable en materia de medio ambiente.
    3. CANCELACIÓN

      Se podrá proceder a cancelar la inscripción de una organización en el Registro EMAS del Principado de Asturias en los siguientes supuestos:

      • Si desaparece la estructura de la organización registrada.
      • Si la organización informa de que no quiere seguir inscrita en el Registro EMAS.
      • Si la inscripción de una organización en el Registro ha sido suspendida 3 veces en el plazo de 3 años.

      Todos los supuestos de suspensión de la inscripción de la organización en el registro podrán ser, asimismo, motivos de cancelación en función de la naturaleza y el alcance de los mismos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Descarga la solicitud.

    Descargar formularios de solicitud


    Paso 2:

    Cumpliméntala.

    Paso 3:

    Preséntala en el lugar indicado.

    Dónde

    Registro General del Principado de Asturias

    C/ Trerce Rosas 2, planta plaza

    33005 Oviedo

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Cambio Climático, Información y Participación Ambiental

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201153775

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener el reconocimiento de la competencia profesional exigida a los profesionales que manipulan gases fluorados.

    Requisitos

    1.

    Dependerá de la habilitación profesional que se solicite y de la titulación o experiencia profesional en el sector que se posea. Puede ser necesaria la realización de un curso previo de formación.

    (Ver: "Más información > Requisitos").

    Necesitas

    1. Solicitud en modelo normalizado.

    2. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1. VALIDEZ DEL CERTIFICADO

      Las certificaciones personales tendrán validez en toda España y en la Unión Europea.

    2. HABILITACIÓN DE LA EMPRESA

      Una vez obtenido este certificado personal, deberá ser presentado ante la Dirección General de Industria, perteneciente a la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, que procederá, en su caso, a habilitar a la empresa.

    3. PLAZO DE RESOLUCIÓN

      Un mes transcurrido el cual se entenderá desestimada la solicitud. (Artículo 5.5 del RD 115/2017, de 17 de febrero - BOE 18-02-2017).

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Programación, Gestión y Seguimiento de la Formación para el Empleo

    Tu solicitud será resuelta por

    Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA)

    Código: 201153776

    Más información

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.