Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Realizar una solicitud de trabajadores para cubrir un puesto de trabajo a la Oficina del Servicio Público de Empleo.

    Te interesa saber

    1. ACTUACIÓN DE LA OFICINA DE EMPLEO

      Mediante consulta a su banco de datos, envía al empresario una preselección de candidatos aptos, a priori, para que sean entrevistados por él.

    2. OTROS SERVICIOS DE LA OFICINA DE EMPLEO

      • Informar sobre modalidades y normas de contratación. Informar sobre las medidas de Fomento de Empleo y su tramitación.
      • Informar sobre el mercado de trabajo.
      • Registrar los contratos de trabajo.
    3. ACCESO AL SERVICIO ELECTRÓNICO

      En el momento que inicies la solicitud entrarás en una aplicación del Servicio Estatal de Empleo, es necesario estar dado de alta en el sistema para poder utilizar la aplicación.

      Si no lo estás o has olvidado tu clave, desde la misma pantalla podrás acceder a un enlace para solucionarlo.

      Si ya estás dado de alta para el sistema Contrat@, puedes utilizar los mismos datos de autorización para entrar en la aplicación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Programas de Empleo

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20022938

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar un arbitraje en materia de transporte terrestre para resolver controversias de carácter mercantil.

    Requisitos

    1.

    Estar legitimado, como consecuencia de ser parte interviniente en un contrato de transporte terrestre, para plantear reclamaciones derivadas de incumplimiento del contrato de transporte terrestre o de las actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera.

    Necesitas

    1. Escrito de reclamación.

    2. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1. RECURSOS

      Los laudos de la Junta Arbitral del Transporte del Principado de Asturias producen efectos de cosa juzgada y frente a ellos puede ser interpuesta acción de anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, de conformidad con lo establecido por el art. 40 en relación con el art. 41.4, ambos de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, en un plazo de 2 meses desde su notificación.

      Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración, complemento o rectificación, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.

    2. ARBITRAJE

      En las controversias cuya cuantía exceda de 15.000 euros, las partes contratantes podrán pactar voluntaria y expresamente el sometimiento al arbitraje de la Junta Arbitral del Transporte, mientras que las controversias cuya cuantía no exceda de 15.000 euros estarán sometidas a dicho arbitraje salvo pacto en contrario.

    3. COMPETENCIAS DE LA JUNTA ARBITRAL

      Estarán excluídas de las competencias de la Junta Arbitral del Transporte las controversias de carácter laboral o penal.

    4. LAUDO ARBITRAL

      El plazo para resolver el procedimiento y dictar el laudo arbitral será de 6 meses de conformidad con el artículo 37 de la Ley 60/2003 de 23 de diciembre de Arbitraje.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Transportes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 20022939

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización de programas de actuación urbanística (aprobación de instrumentos de planeamiento).

    Requisitos

    1. Determinar el desarrollo de los sistemas de la estructura general de la ordenación urbanística del territorio.

    2. Haber sido aprobado incial y provisionalmente por las corporaciones locales correspondientes.

    Necesitas

    1. Memoria que refleje la información urbanística utilizada.

    2. Planos de información urbanística correspondientes a los terrenos objeto de actuación.

    3. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    UNIDADES URBANÍSTICAS INTEGRADAS

    Actuaciones que tratan de dotar de servicios y equipamientos suficientes para garantizar la satisfacción de las demandas propias de la población o de las actividades que en el ámbito de la actuación hayan de ubicarse, y las obras de infraestructura necesarias para garantizar la inserción de las mismas en la ordenación general en el momento de su puesta en servicio.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. BOPA

    Tu solicitud será tramitada por

    Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 20022961

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización de proyectos de urbanización municipal (aprobación de instrumentos de planeamiento).

    Requisitos

    1. Cuando la adaptación de detalle suponga alteración de las determinaciones sobre ordenación o régimen del suelo o de la edificación de los predios afectados por el proyecto, deberá aprobarse previa o simultáneamente la correspondiente modificación del Plan.

    2. Deberán resolver el enlace de los servicios urbanísticos con los generales de la ciudad y acreditar que tienen capacidad suficiente para atenderlos.

    3. Detallar y programar las obras con precisión, para que puedan ser ejecutadas por técnicos distintos al autor del proyecto.

    4. Haber sido aprobado inicial y provisionalmente por la corporación local correspondiente.

    5. Incluir en el Proyecto los servicios urbanísticos siguientes: redes de abastecimiento de agua, riego e hidrantes contra incendios, red de alcantarillado, red de distribución de energía eléctrica y red de alumbrado público, así como las que se estimen necesarias.

    6. No podrán contener determinaciones sobre ordenación, régimen del suelo o de la edificación.

    7. No podrán modificar las previsiones del Plan que desarrollen.

    Necesitas

    1. Cuadros de precios descompuestos.

    2. Mediciones.

    3. Memoria descriptiva de las características de las obras.

    4. Planos de información y de situación en relación con el conjunto urbano.

    5. Planos de proyecto y de detalle.

    6. Pliego de condiciones técnicas y de condiciones económico-administrativas de las obras y servicios.

    7. Presupuesto.

    8. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1. TIPOS DE PROYECTO

      Aprobación de proyectos cuya finalidad es llevar a la práctica en suelo urbano las determinaciones de los Planes Generales y en suelo urbanizable, las de los Planes Parciales, así como la ejecución de Planes Especiales de Reforma Interior.

    2. OBRAS DE URBANIZACIÓN

      Pavimentación de calzadas, aparcamientos, aceras, red peatonal y espacios libres.

      Redes de distribución de agua potable, de riego y de hidratantes contra incendios.

      Red de alcantarillado para evacuación de aguas pluviales y residuales.

      Red de distribución de energía eléctrica.

      Red de alumbrado público.

      Jardinería en el sistema de espacios libres.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Tu solicitud será tramitada por

    Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 20022962

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para realizar ocupaciones de terrenos en montes gestionados por esta Consejería.

    Requisitos

    1.

    Tener el consentimiento de la entidad titular, por acuerdo del órgano competente.

    Necesitas

    1. Plano de localización.

      Esta información deberá presentarse también en cualquiera de los siguientes formatos gráficos: (archivos tipo) “dwg”, “dxf”, “dgn”, “shp”, etc., georreferenciada con la proyección ETRS89, en el Huso correspondiente.

      • Estudio de afecciones a la Red Natura 2000 (Documento ambiental).

      • Documento de Evaluación de Impacto Ambiental ó Estudio Preliminar de Impacto Ambiental, según el caso.

      • Informe sobre afección a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural.

      • Levantamiento topográfico con las siguientes características:

        • Plano en papel con situación de la finca sobre cartografía (hoja correspondiente) escala 1/5000.
        • Coordenadas UTM (ETRS89, Huso que corresponda) de los puntos medidos, que representan los vértices o piquetes de la parcela.

        Esta información deberá presentarse también en cualquiera de los siguientes formatos gráficos: (archivos tipo) “dwg”, “dxf”, “dgn”, “shp”, etc., georreferenciada con la proyección ETRS89, en el Huso correspondiente.

      • Memoria o proyecto realizado por técnico competente y visado por el Colegio Profesional que corresponda.

    2. Certificado Digital o DNI electrónico

    3. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    4. Documento nacional de identidad

    Te interesa saber

    1.

    OCUPACIONES SUJETAS AL PAGO DE CANON

    Cuando se trate de una ocupación sujeta al pago de un canon, éste tendrá carácter anual y actualizable en función del IPC.

    Su cuantía se fijará según los perjuicios que pudiera ocasionar al monte , o bien teniendo en cuenta los beneficios que pudiera reportar al promotor, en cuyo caso, nunca será inferior al 3% de los mismos. Se considerará uno u otro criterio en atención al mayor beneficio que obtenga el titular del monte.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Montes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002298

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización para plantar especies forestales.

    Requisitos

    1.Ser titular del monte.

    Necesitas

    1. Evaluación preliminar de impacto ambiental, en su caso.

    2. Informe acerca de la posible afección a bienes integrantes del Patrimonio cultural, elaborado por técnico competente.

    3. Certificado Digital o DNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Montes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002299

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener una licencia para estudios sobre materias relacionadas directamente con el puesto de trabajo del personal funcionario.

    Requisitos

    1.Informe previo del Jefe del Servicio acerca de la relación de los estudios con el puesto de trabajo.

    Necesitas

    1. Petición del funcionario.

    2. Certificado Digital o DNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación personal

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Administración de Personal

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022992

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para realizar actividades de quema.

    Requisitos

    1.

    Ser propietario o llevador de una finca o monte o vecino con derecho al uso de un monte público.

    Necesitas

    1.

    Clave SAC o Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1. SOLICITUD

      • En caso de solicitud presencial deberá remitirse un impreso en modelo normalizado.
      • Al final de la solicitud deberán cubrirse los campos:
        • Órgano al que se dirige: Servicio de Montes.
        • Código de identificación (DIR): A03003873.
    2. ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN

      En todos los montes y terrenos forestales del Principado de Asturias, así como en los terrenos incluidos en la franja de 100 m colindante con los mismos, sea cual sea su clasificación urbanística, titularidad o pertenencia.

    3. EXCEPCIONES

      Los fuegos destinados a barbacoas o similares en las áreas recreativas en terrenos de monte y franja de 100 m colindante:

      • Únicamente en las barbacoas o instalaciones existentes para tal fin.
      • No exista máximo peligro de incendio (4 ó 5).
      • Quede completamente apagado al finalizar la actividad.
      • Se acaten las instrucciones indicadas por la Guardería del Medio Natural.
      • No exista prohibición expresa de la Consejería competente en materia forestal.
    4. PROHIBICIONES GENERALES

      • No se podrá realizar ninguna quema, precise autorización específica o no, cuando exista máximo peligro (4 ó 5) o se prohíba expresamente por la Consejería competente en materia forestal.
      • No iniciar las quemas antes de salir el sol y terminarlas dos horas antes de su puesta.
      • No quemar cuando se levante viento relevante o suspender la quema ya iniciada.
      • No se pueden abandonar las quemas hasta que el fuego esté totalmente apagado.
    5. UTILIZACIÓN DEL ÍNDICE DE RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES

      A cada permiso se asignará un valor de peligrosidad de la quema desde 1 (peligroso), hasta 3 (poco peligroso). Solamente se podrá quemar cuando esté calificada con un valor de peligrosidad igual o superior al índice de riesgo de incendio forestal establecido para el lugar y día de la quema. El índice de riesgo se gradúa en una escala de cero 0 (riesgo muy bajo) a cinco 5 (riesgo extremo) y se dará a conocer, todos los días, a través de los medios de comunicación y en la web corporativa del Principado de Asturias.

    6. MODALIDADES DE AUTORIZACIONES DE QUEMA Y VIGENCIA

      • Quema de restos en fincas agrícolas y 100 m colindantes a monte: residuos vegetales procedentes de trabajos efectuados en la propia finca (podas, desbroces, siegas, etc.). Validez máxima 1 año.
      • Quema a manta en fincas: fincas mixtas (matorral en mosaico con cultivo o prado) que estén cerradas o claramente delimitadas dentro de un área de ámbito agrícola (prados, sebes, serventías, etc.) y la superficie a quemar sea como máximo de una ha. Validez máxima 1 año.
      • Quema de restos en montes: restos de trabajos o aprovechamientos que se realicen en montones o cordones dentro de fincas forestales. Validez máxima 3 meses.
      • Quema de mantenimiento en brañas o camperas: quema de matas aisladas, o pequeñas islas o manchas de matorral de menos de 100 m2, en terrenos dedicados al pastoreo habitual por el ganado (brañas, camperas, pastizales, etc.). Validez máxima 1 año.
      • Quema controlada del monte: “quema controlada” o “quema prescrita”, como tratamiento previo a la realización de mejoras en el monte, protección o regeneración de masas forestales, mejora de pastos naturales, transformación de terrenos para su uso agrícola o establecimiento de pastizales, eliminación de matorral o combustibles forestales, apertura y mantenimiento de líneas de defensa, reducción de riesgo de incendio forestal, protección de construcciones o núcleos rurales o defensa de la población. Validez máxima 2 años.
    7. NORMAS GENERALES DE EJECUCIÓN

      • No se podrá quemar otra vegetación que la autorizada, poniendo especial cuidado en proteger árboles aislados, bosquetes, vegetación de vaguadas o arroyos y la existente en los lindes de la superficie autorizada.
      • Se procederá a apagar las quemas que se realicen en zonas próximas a carreteras cuando el viento dirija el humo hacia ellas, poniendo en peligro la seguridad vial.
      • Durante la quema deberán permanecer en el lugar, el número de personas que se haya señalado en la autorización, controlando el fuego, sin poder abandonarlo hasta que esté totalmente apagado y hayan transcurrido 2 horas sin que se observen humos. Estas personas deberán disponer de equipamiento y herramientas aptas para controlar o extinguir el fuego.
      • Las personas que efectúen la quema deberán portar la autorización de la misma, que deberá ser presentada a su requerimiento por los agentes de la autoridad.
      • El solicitante de la quema es el responsable de su adecuada realización de acuerdo con las condiciones que se establezcan en la autorización.
    8. NORMAS ESPECÍFICAS DE QUEMA

      • Quemas de restos en fincas agrícolas y otras zonas colindantes a monte: los montones o cordones estarán separados del terreno colindante una distancia, como mínimo, de 4 m a cultivo o pradera, 12 m a monte de frondosas que no sean eucaliptos, matorral o cierre de fincas con sebes y 20 m a montes de resinosas y eucaliptos.
      • Quemas a manta en fincas: se realizará una franja cortafuegos de, al menos, 2 m de anchura. Cuando la superficie colindante esté formada por masas forestales pobladas con árboles se ampliará hasta un mínimo de 5 m.
      • Quema de los restos en los montes: los restos del arbolado (tocones, fuste y ramas) han de quedar reunidos en cordones en línea de máxima pendiente. Los cordones deberán estar separados entre sí 5 m como mínimo. Deberá romperse la continuidad de los cordones; para ello no deberán tener una longitud superior a 20 m. Los cordones tendrán anchos máximos de 2 m y una altura que no debe superar 1,5 m.
      • Quema de mantenimiento en brañas o camperas: podrán realizarse con carácter general en el período comprendido entre el día 1 de octubre y el día 30 de abril del año siguiente. La superficie ocupada y cubierta por el matorral, en relación al área de actuación, deberá ser inferior al 40%. Solo se podrán quemar las matas de matorral colonizador de menos de 100 m2. El área total de actuación no superará las 30 ha. La pendiente media del área no superará el 40. Podrá ser necesaria la presencia de la Guardería del Medio Natural. Antes de realizar la quema, el interesado deberá avisar a la Guardería del Medio Natural, con una antelación mínima de 24 horas.
      • Quemas controladas o prescritas: podrán realizarse con carácter general en el período comprendido entre el día 15 de octubre y el día 15 de abril del año siguiente. No se concederán autorizaciones para quemar en esta modalidad si no han transcurrido, al menos, 3 años desde la última vez que se quemaron o que sufrieron un incendio forestal. Es necesaria la presencia de un Guarda del Medio Natural o de personal técnico director o supervisor de la misma.
    9. PLAZO DE SOLICITUD

      • Quemas de restos en fincas agrícolas u otras zonas colindantes a monte, las quemas a manta en fincas y las quemas de restos en montes, así como otros supuestos autorizables: se podrán solicitar todo el año, excepto cuando se prohíba expresamente por la Consejería Competente en materia de prevención de incendios forestales.
      • Quemas de mantenimiento de brañas o camperas y las quemas controladas del monte: se solicitarán exclusivamente entre los días 1 de octubre y 15 de enero del año siguiente ambos inclusive.

    Plazo de solicitud

    Todo el año Las quemas controladas y de mantenimiento en brañas o camperas se solicitarán exclusivamente entre los días 1 de octubre y 15 de enero del año siguiente.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    También puedes

    Consulta y descarga del documento

    Te respondemos mediante

    1. Por SMS : en caso de haber solicitado la obtención del documento por internet.
    2. Notificación personal : oficinas comarcales.
    3. Notificación por correo ordinario : si no es posible la notificación personal.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Montes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002300

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización de roturación para cultivos agrícolas en montes.

    Requisitos

    1. Los montes deben ser técnica y económicamente aptos para su aprovechamiento agrícola.

    2. Ser titular del monte o terreno forestal.

    Necesitas

    1. Evaluación preliminar del impacto ambiental para superficies superiores a 3 Has, elaborado por un técnico competente.

    2. Informe acerca de la afección al patrimonio cultural, elaborado por un técnico competente.

    3. Para Entidades Locales:

      • Acuerdo del Pleno y nombramiento del representante.
    4. Para asociaciones, fundaciones y mutualidades:

      • Acuerdo del órgano competente y nombramiento del representante.
    5. Para empresas:

      • Acuerdo del órgano competente y nombramiento del representante.
    6. Certificado Digital o DNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Montes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002301

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para permutar parcelas en Montes de Utilidad Pública y cualesquiera otros catalogados, por otras de superficie equivalente de propiedad particular o cuyo titular sea una entidad pública.

    Requisitos

    1. Para PARTICULARES:

      • Ser propietario.
    2. Para ENTIDADES LOCALES:

      • Ser titular.

    Necesitas

    1. Para PARTICULARES:

      • Título de propiedad -escritura pública registrada-.
    2. Para ENTIDADES LOCALES:

      • Título que ostente.
      • Acuerdo del órgano competente.
    3. Plano con localización de la parcela.

    4. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    PERMUTAS

    Las permutas deberán ser elevadas a escritura pública que se inscribirá en el Registro de la Propiedad, de la que se entregará copia autorizada a la Administración Forestal.

    Plazo de solicitud

    Todo el año Se puede presentar siempre, no finalizando su vigencia con el fin del año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Montes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002312

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

Cinco Días
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.